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Dokument 62007CA0274
Case C-274/07: Judgment of the Court (Second Chamber) of 11 September 2008 — Commission of the European Communities v Republic of Lithuania (Failure of a Member State to fulfil obligations — Directive 2002/22/EC — Universal service and users' rights relating to electronic communications networks and services — Article 26(3) — Single European emergency call number — Making available caller location information)
Asunto C-274/07: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 11 de septiembre de 2008 — Comisión de las Comunidades Europeas/República de Lituania (Incumplimiento de Estado — Directiva 2002/22/CE — Servicio universal y derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas — Artículo 26, apartado 3 — Número de llamada de urgencia único europeo — Puesta a disposición de información relativa a la ubicación de las personas que efectúan llamadas a dicho número)
Asunto C-274/07: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 11 de septiembre de 2008 — Comisión de las Comunidades Europeas/República de Lituania (Incumplimiento de Estado — Directiva 2002/22/CE — Servicio universal y derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas — Artículo 26, apartado 3 — Número de llamada de urgencia único europeo — Puesta a disposición de información relativa a la ubicación de las personas que efectúan llamadas a dicho número)
DO C 285 de 8.11.2008, s. 10–10
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
8.11.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 285/10 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 11 de septiembre de 2008 — Comisión de las Comunidades Europeas/República de Lituania
(Asunto C-274/07) (1)
(Incumplimiento de Estado - Directiva 2002/22/CE - Servicio universal y derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas - Artículo 26, apartado 3 - Número de llamada de urgencia único europeo - Puesta a disposición de información relativa a la ubicación de las personas que efectúan llamadas a dicho número)
(2008/C 285/15)
Lengua de procedimiento: lituano
Partes
Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: G. Braun y A. Steiblytė, agentes)
Demandada: República de Lituania (representante: D. Kriaučiūnas, agente)
Objeto
Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo establecido, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 26, apartado 3, de la Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva «servicio universal») (DO L 108, p. 51).
Fallo
1) |
Declarar que la República de Lituania ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 26, apartado 3, de la Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva servicio universal), al no haber velado por garantizar en la práctica que las empresas operadoras de redes telefónicas públicas pongan a disposición de las autoridades receptoras de llamadas de urgencia información relativa a la ubicación de las personas que efectúan llamadas al número único europeo de llamada de urgencia «112», en la medida en que sea técnicamente posible. |
2) |
Condenar en costas a la República de Lituania. |