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Document 52007XC1212(03)

Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) n° 1857/2006 de la Comisión, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) n°  70/2001

DO C 300 de 12.12.2007, p. 16–20 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

12.12.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 300/16


Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

(2007/C 300/11)

Ayuda no: XA 152/07

Estado miembro: República de Eslovenia

Región: Območje občine Bovec

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Finančne intervencije za ohranjanje in razvoj kmetijstva in podeželja v občini Bovec

Base jurídica: Pravilnik o finančnih intervencijah za ohranjanje in razvoj kmetijstva in podeželja v občini Bovec po Uredbi za skupinske izjeme

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa:

 

2007: 6 260 EUR

 

2008: 7 000 EUR

 

2009: 7 500 EUR

 

2010: 8 000 EUR

 

2011: 8 500 EUR

 

2012: 9 000 EUR

 

2013: 9 500 EUR

Intensidad máxima de la ayuda: Indíquese la intensidad máxima de la ayuda o la cuantía máxima de la ayuda por concepto subvencionable:

hasta el 50 % de los costes subvencionables resultantes de las inversiones en zonas desfavorecidas, o el 40 % en las demás regiones, para inversiones en la producción animal y vegetal en las explotaciones agrarias.

la ayuda económica que aporte el municipio incluirá únicamente el gasto suplementario que genere la utilización de los materiales tradicionales necesarios para mantener las características patrimoniales en los edificios. Dicho gasto suplementario se cofinancia hasta el 100 %.

hasta el 100 % de los costes subvencionables en el sector de la educación y formación de agricultores y trabajadores agrarios, en los servicios de sustitución y asesoría, en la organización de foros de intercambio de conocimientos entre empresas, concursos, exposiciones y ferias y participación en esos eventos, y publicaciones, como los catálogos y páginas web. La ayuda se concederá en especie mediante servicios subvencionados y no podrá consistir en pagos directos en efectivo a los productores.

Fecha de aplicación: 3 de julio de 2007.

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013.

Objetivo de la ayuda: Ayuda a las PYME (pequeñas y medianas empresas).

Mención de los artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, y costes subvencionables: El reglamento sobre las intervenciones financieras para la conservación y el desarrollo agrícola y rural en el municipio de Bovec en virtud del Reglamento relativo a las exenciones por categorías incluye medidas que constituyen ayuda estatal de conformidad con los siguientes artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas, y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001 (DO L 358 de 16.12.2006, p. 3):

Artículo 4: Inversiones en explotaciones agrarias,

Artículo 5: Conservación de paisajes y edificios tradicionales,

Artículo 15: Asistencia técnica al sector agrario.

Sector o sectores económicos afectados: Agricultura: cultivos herbáceos y cría de ganado.

No se ha señalado ningún subsector en concreto.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Občina Bovec

Trg golobarskih žrtev 8

SLO-5230 Bovec

Dirección web: http://www.uradni-list.si/1/ulonline.jsp?urlid=200752&dhid=89919

Información adicional: La ayuda concedida en base a la medida correspondiente a la conservación de paisajes y edificios tradicionales está en conformidad con el artículo 5, apartado 3, segundo párrafo, segunda frase, del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión. En lo que respecta a las inversiones, el municipio ofrece apoyo económico de hasta el 100 % únicamente para los gastos suplementarios que genere la utilización de materiales tradicionales.

El reglamento del municipio cumple los requisitos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, que se refieren a las medidas que tomará el municipio, así como las disposiciones comunes establecidas (condiciones previas a la concesión de la ayuda, concurrencia de ayudas, transparencia y control de éstas).

Firma del responsable:

Danijel Krivec

El Alcalde

Ayuda no: XA 153/07

Estado miembro: República de Eslovenia

Región: Območje občine Dobrova – Polhov Gradec

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Programi razvoja podeželja v občini Dobrova – Polhov Gradec 2007-2013

Base jurídica: Pravilnik o ukrepih za razvoj podeželja na območju Občine Dobrova — Polhov Gradec od leta 2007 do leta 2013 (2. Poglavje) Uradni list 53/07, 15.6.2007

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa: El importe del valor medio anual de los créditos en el periodo 2007-2013 asciende a 64 000 EUR.

La cuantía global de la ayuda concedida para el mismo periodo asciende, en promedio, a 450 000 EUR.

Intensidad máxima de la ayuda: La intensidad de la ayuda para cada medida particular señalada a continuación está en conformidad con las disposiciones del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión. Así mismo, se han tenido en cuenta las disposiciones relativas a las restricciones señaladas anteriormente en lo que respecta a la ayuda permitida (inversiones en explotaciones agrarias).

hasta el 40 % de los costes subvencionables en las zonas desfavorecidas y hasta el 30 % de los costes subvencionables para inversiones en las demás regiones,

hasta el 50 % de los costes subvencionables en las inversiones destinadas a la producción primaria en las zonas desfavorecidas o hasta el 40 % en las demás regiones, siempre y cuando los beneficiarios sean jóvenes agricultores y si las inversiones las realizan en los cinco años siguientes a su instalación,

la subvenciones están destinadas a las inversiones en rehabilitación de instalaciones agrícolas, a la compra de equipamiento para la producción agraria, a las inversiones en cultivos permanentes y pastos, a las mejoras agrarias e infraestructuras privadas en la explotación.

para las inversiones destinadas a la conservación de los aspectos patrimoniales sin finalidad productiva: hasta el 50 % de los costes subvencionables en el caso de inversiones en zonas desfavorecidas o hasta el 40 % en las demás regiones,

hasta el 60 % de los costes subvencionables para inversiones destinadas a la conservación de los aspectos patrimoniales con finalidad productiva de las explotaciones, como los edificios agrarios, siempre que esa inversión no entrañe ningún aumento de la capacidad de producción de la explotación,

ayuda de hasta el 60 % de los costes subvencionables para cubrir los gastos suplementarios que genere la utilización de los materiales tradicionales en las zonas desfavorecidas (cuando se trate de inversiones para la conservación de los aspectos patrimoniales sin finalidad productiva).

hasta el 100 % de los costes en especie mediante servicios subvencionados en el sector de la educación, en la formación de agricultores, en los servicios de asesoría, en la organización de foros, concursos, exposiciones, ferias y publicaciones, la ayuda no podrá consistir en pagos directos en efectivo a los productores.

Fecha de aplicación: Julio de 2007 (o a partir del día de entrada en vigor del reglamento).

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013.

Objetivo: Ayuda a las PYME (pequeñas y medianas empresas).

Mención de los artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión y gastos subvencionables: El capítulo II de la propuesta del Reglamento relativo a las medidas adoptadas para el desarrollo rural en el municipio de Dobrova-Polhov Gradec para el periodo 2007-2013 incluye medidas que constituyen ayuda estatal de conformidad con los siguientes artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas, y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001 (DO L 358 de 16.12.2006, p. 3):

Artículo 4: Inversiones en explotaciones agrarias,

Artículo 5: Conservación de paisajes y edificios tradicionales,

Artículo 15: Asistencia técnica al sector agrario.

Sector o sectores económicos afectados: Agricultura: cultivos herbáceos y cría de ganado.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Občina Dobrova – Polhov Gradec

Ulica Vladimirja Dolničarja 2

SLO-1356 Dobrova

Dirección web: http://www.uradni-list.si/1/ulonline.jsp?urlid=200753&dhid=89975

Información adicional: A través de la medida «Conservación de paisajes y edificios tradicionales», el municipio ofrece más ayuda en lo que respecta la utilización de materiales tradicionales cuando se trate de inversiones en aspectos patrimoniales sin finalidad productiva (el 10 % en zonas desfavorecidas y el 20 % en las demás regiones), lo que está de conformidad con las disposiciones del artículo 5 del Reglamento (CE) no 1857/2006.

El reglamento del municipio cumple los requisitos establecidos por el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión que se refieren a las medidas que tomará el municipio, así como las disposiciones comunes establecidas (condiciones previas a la concesión de la ayuda, concurrencia de ayudas, transparencia y control de éstas).

Firma de la persona responsable:

Mateja Tavčar

Secretaria en funciones

Ayuda no: XA 154/07

Estado miembro: Alemania

Región: Niedersachsen

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Förderung nicht investiver Projekte im Bereich von landwirtschaftlichen Qualitätserzeugnissen aus ökologischem Landbau (VO (EWG) Nr. 2092/91). Durchführung durch das Kompetenzzentrum Ökolandbau Niedersachsen (KÖN)

Base jurídica: Erlass des ML zur Förderung nicht investiver Projekte im Bereich von landwirtschaftlichen Qualitätserzeugnissen aus ökologischem Landbau (VO (EWG) Nr. 2092/91). Durchführung durch das Kompetenzzentrum Ökolandbau Niedersachsen (KÖN); Landeshaushaltsordnung Niedersachsen

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa: Cada año se financian unos ocho proyectos. El coste total previsto de los proyectos es de 400 000 o 500 000 EUR, como máximo 100 000 EUR anuales por proyecto o por beneficiario

Intensidad máxima de la ayuda: Hasta un 100 % de los gastos subvencionables.

Fecha de aplicación: La ayuda se inicia como continuación de la ayuda en virtud del Reglamento (CE) no 1257/1999; concesión a partir de 2007.

Duración del régimen o de la ayuda individual: El régimen concluirá en diciembre de 2010, mes límite para el último pago.

Objetivo de la ayuda: Subvención de productos de calidad destinada a gastos que no son de inversión de conformidad con el Reglamento (CEE) no 2092/91 (agricultura ecológica). Se encargará de realizar los proyectos el KÖN. Los beneficiarios de las ayudas son las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas procedentes de la agricultura ecológica, o pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas que tienen la intención de convertirse a la agricultura ecológica.

Los proyectos comprenden los siguientes contenidos:

Observación general de la evolución del mercado de la agricultura ecológica [artículo 14, apartado 2, letra a), del Reglamento (CE) no 1857/2006].

Introducción de sistemas de garantía de la calidad [artículo 14, apartado 2, letra b), del Reglamento (CE) no 1857/2006].

Educación y formación de los agricultores, así como asesoramiento en el ámbito de la agricultura ecológica, por ejemplo, para la conversión a la agricultura ecológica, que no constituya una actividad continua o periódica [artículo 15, apartado 2, letras a) y c), del Reglamento (CE) no 1857/2006].

Foros de intercambio de conocimientos entre empresas, y exhibiciones y ferias [artículo 15, apartado 2, letra d), del Reglamento (CE) no 1857/2006].

Divulgación de conocimientos científicos e información factual sobre sistemas de calidad [artículo 15, apartado 2, letra e), del Reglamento (CE) no 1857/2006].

Publicaciones [artículo 15, apartado 2, letra f), del Reglamento (CE) no 1857/2006].

Sector o sectores afectados: Dentro de los proyectos debe abarcarse en la medida de lo posible a todos los agentes económicos activos en la producción agrícola primaria de todos los sectores.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Niedersächsisches Ministerium für den ländlichen Raum, Ernährung, Landwirtschaft und Verbraucherschutz

Calenberger Str. 2

D-30169 Hannover, Referat 107.2

Dirección web: http://www.ml.niedersachsen.de/master/C659683_N8970_L20_D0_I655.html

(en nicht investive Projekte)

Información adicional:

Niedersächsisches Ministerium für den ländlichen Raum, Ernährung, Landwirtschaft und Verbraucherschutz

Calenberger Str. 2

D-30169 Hannover

Dr. Schrörs

Jefe de Unidad

Ayuda no: XA 155/07

Estado miembro: República de Eslovenia

Región: Območje občine Radeče

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Finančne pomoči v kmetijstvu iz proračuna občine Radeče

Base jurídica: Pravilnik o dodeljevanju državnih pomoči za ohranjanje in razvoj kmetijstva in podeželja v občini Radeče

Gasto anual previsto según el programa que figura en el presupuesto adoptado:

 

2007: 17 944 EUR

 

2008: 19 195 EUR

 

2009: 19 300 EUR

 

2010: 19 600 EUR

 

2011: 20 000 EUR

 

2012: 20 300 EUR

 

2013: 20 500 EUR

Intensidad máxima de la ayuda:

1)   Inversiones en explotaciones agrarias dedicadas a la producción primaria:

hasta el 50 % de los costes subvencionables en las zonas desfavorecidas,

y hasta el 40 % de los costes subvencionables en las demás regiones.

Las ayudas están destinadas a las inversiones relacionadas con la rehabilitación de instalaciones agrícolas, a la compra de equipamiento para la producción agrícola, a las inversiones en cultivos permanentes, mejoras agrarias y para el cuidado de los pastos y accesos en las explotaciones agrarias.

2)   Conservación de paisajes y edificios tradicionales:

hasta el 100 % de los costes reales correspondientes a inversiones en instalaciones sin finalidad productiva,

hasta el 60 %, o el 75 % en las zonas desfavorecidas, de los costes reales correspondientes a inversiones en instalaciones con finalidad productiva, siempre y cuando dicha inversión no entrañe un aumento de la capacidad de producción,

podrán concederse ayudas complementarias que cubran hasta el 100 % de los gastos suplementarios que genere la utilización de los materiales tradicionales necesarios para mantener las características patrimoniales del edificio.

3)   Traslado de edificios agrarios por interés público:

hasta el 100 % de los costes reales, cuando el traslado consista sencillamente en desmantelar, retirar y erigir de nuevo las instalaciones existentes,

cuando el traslado dé lugar a que el agricultor disfrute de unas instalaciones más modernas, éste deberá aportar al menos el 60 %, o el 50 % en las zonas desfavorecidas, del aumento del valor de las instalaciones en cuestión después del traslado. Si el beneficiario es un joven agricultor, la aportación será, como mínimo, del 55 % y el 45 %, respectivamente,

cuando, como consecuencia del traslado, se produzca un aumento de la capacidad de producción, la aportación del beneficiario será como mínimo del 60 %, o del 50 % en las zonas desfavorecidas, de los gastos relacionados con ese aumento. Si el beneficiario es un joven agricultor, la aportación será, como mínimo, del 55 % y el 45 %, respectivamente.

4)   Ayudas para el pago de primas de seguros:

el municipio aportará la ayuda correspondiente a la diferencia entre el importe de las primas de seguros cofinanciadas con cargo al presupuesto nacional y lo que reste hasta alcanzar el 50 % de los costes subvencionables de las primas de seguros para asegurar tanto los cultivos y frutos contra fenómenos climáticos adversos asimilables a catástrofes naturales, como a los animales frente al riesgo de muerte por enfermedad.

5)   Ayudas para concentración parcelaria:

hasta el 100 % de los costes reales derivados de los gastos legales y administrativos.

6)   Ayudas para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad:

ayudas de hasta el 100 % de los costes reales originados que se concederán en especie mediante servicios subvencionados y no podrán consistir en pagos directos en efectivo a los productores.

7)   Asistencia técnica al sector agrario:

hasta el 100 % de los costes correspondientes a: la educación y formación de agricultores; los servicios de asesoría prestados por terceros; la organización de foros de intercambio de conocimientos entre empresas, concursos, exposiciones y ferias; la divulgación de conocimientos científicos y los costes de publicación. La ayuda no podrá consistir en pagos directos en efectivo a los productores.

Fecha de aplicación: Julio de 2007 (o a partir del día de entrada en vigor del reglamento).

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2003.

Objetivo: Ayuda a las PYME (pequeñas y medianas empresas).

Mención de los artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión y gastos subvencionables: El reglamento relativo a la concesión de ayudas estatales para la conservación y el desarrollo agrícola y rural en el municipio de Radeče incluye medidas que constituyen ayuda estatal de conformidad con los siguientes artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrarios, y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001 (DO L 358 de 16.12.2006, p. 3):

Artículo 4: Inversiones en explotaciones agrarias dedicadas a la producción primaria,

Artículo 5: Conservación de paisajes y edificios tradicionales, así como de los valores naturales protegidos con arreglo a la ordenanza municipal,

Artículo 6: Traslado de edificios agrarios por interés público,

Artículo 12: Ayudas para el pago de primas de seguros,

Artículo 13: Ayudas para concentración parcelaria,

Artículo 14: Ayudas para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad,

Artículo 15: Asistencia técnica al sector agrario.

Sector o sectores económicos afectados: Agricultura.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Občina Radeče

Milana Majcna 1

SLO-1433 Radeče

Dirección web: http://www.uradni-list.si/1/ulonline.jsp?urlid=200760&dhid=90457

Información adicional: La medida correspondiente al pago de primas de seguros para asegurar los cultivos y frutos incluye los siguientes fenómenos climáticos adversos asimilables a catástrofes naturales: heladas de primavera, granizo, rayos e incendios que puedan provocar, tormentas e inundaciones.

El reglamento del municipio cumple los requisitos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, que se refieren a las medidas que tomará el municipio, así como las disposiciones comunes establecidas (condiciones previas a la concesión de la ayuda, concurrencia de ayudas, transparencia y control de éstas).

Ayuda no: XA 156/07

Estado miembro: Eslovenia

Región: Območje Mestne občine Nova Gorica

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Podpore programom razvoja kmetijstva v Mestni občini Nova Gorica 2007-2013

Base jurídica: Pravilnik o dodeljevanju finančnih pomoči za programe in investicije v kmetijstvu v Mestni občini Nova Gorica

Gastos anuales previstos en el marco del régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa: El importe anual medio para el periodo 2007-2013 asciende a 55 188 EUR.

Intensidad máxima de la ayuda:

1)   Inversiones en explotaciones agrarias dedicadas a la producción primaria:

hasta el 50 % de los costes subvencionables para inversiones en la zonas desfavorecidas y el 40 % en las demás regiones.

Las ayudas están destinadas al cuidado de parcelas, accesos en la instalación y de pastos, así como a las inversiones en equipamiento para la producción agraria.

2)   Ayudas para el pago de primas de seguros:

el municipio aportará la ayuda correspondiente a la diferencia entre el importe de las primas de seguros cofinanciadas con cargo al presupuesto nacional y lo que reste hasta alcanzar el 50 % de los costes subvencionables de las primas de seguros para asegurar los cultivos y frutos contra los fenómenos climáticos adversos asimilables a catástrofes naturales, así como a los animales frente al riesgo de muerte por enfermedad.

3)   Ayudas para concentración parcelaria:

hasta el 100 % de los costes reales derivados de los gastos legales y administrativos.

4)   Ayudas para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad:

hasta el 100 % de los costes subvencionables mediante servicios subvencionados.

5)   Asistencia técnica al sector agrario:

hasta el 100 % de los costes en el sector de la educación y formación de agricultores, en la organización de foros, concursos, exposiciones, ferias, publicaciones, catálogos y páginas web, y en la difusión de los conocimientos científicos. La ayuda se concede en especie mediante servicios subvencionados y no podrá consistir en pagos directos en efectivo a los productores.

Fecha de aplicación: Julio de 2007 (o a partir del día de entrada en vigor del reglamento).

Duración del régimen o de la ayuda individual: 31 de diciembre de 2013.

Objetivo de la ayuda: Ayuda a las PYME (pequeñas y medianas empresas).

Sector o sectores económicos afectados: Agricultura.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Mestna občina Nova Gorica

Trg E. Kardelja 1

SLO-5000 Nova Gorica

Dirección web: http://www.uradni-list.si/1/ulonline.jsp?urlid=200760&dhid=90451

Información adicional: La medida correspondiente al pago de primas de seguros para asegurar los cultivos y frutos incluye los siguientes fenómenos climáticos adversos asimilables a catástrofes naturales heladas tardías de primavera, granizo, rayos e incendios que puedan provocar, tormentas e inundaciones.

El reglamento del municipio cumple los requisitos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, que se refieren a las medidas que tomará el municipio, así como las disposiciones comunes establecidas (condiciones previas a la concesión de la ayuda, concurrencia de ayudas, transparencia y control de éstas).

Tatjana Gregorčič

Jefe del Departamento de Economía


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