EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52004AE0102

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema«Las industrias culturales en Europa»

DO C 108 de 30.4.2004, p. 68–77 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

30.4.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 108/68


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema«Las industrias culturales en Europa»

(2004/C 108/14)

El 9 de abril de 2003, en una carta de la Comisaria Viviane Reding, la Comisión pidió al Comité Económico y Social Europeo, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, que elaborara un dictamen exploratorio sobre el tema «Las industrias culturales en Europa».

El 15 de abril de 2003, la Mesa del Comité encargó a la Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo la preparación de los trabajos en este asunto. La sección aprobó su dictamen el 16 de diciembre de 2003 (ponente: Sr. RODRÍGUEZ GARCIA CARO).

En su 405o Pleno de los días 28 y 29 de enero de 2004 (sesión del 28 de enero), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 72 votos a favor, 7 en contra y 5 abstenciones, el presente Dictamen.

1.   INTRODUCCIÓN

1.1.   Motivación del Dictamen

1.1.1.

Con fecha nueve de abril de 2003, la Comisaria Viviane Reding solicita, mediante escrito dirigido al Presidente del Comité, un dictamen exploratorio sobre la industria cultural europea.

Según la Comisaria, el CESE, por su posición dentro de la sociedad civil y por representar los intereses de la empresa y de los trabajadores, se encuentra bien situado para, entre otras cuestiones:

Aportar una opinión experta en esta materia.

Realizar una síntesis de los intereses que están en juego.

Y formular mensajes que provienen del acuerdo entre los interlocutores socioeconómicos.

En ese sentido, la Comisión pretende, en principio, proponer a comienzos de 2004 nuevos instrumentos comunitarios en los sectores cultural y audiovisual.

1.1.2.

Según la Comisión, los principales desafíos que tienen que afrontar estas industrias son los siguientes:

La competencia exterior al ámbito europeo.

La piratería ligada a las nuevas tecnologías.

El equilibrio entre grandes operadores y las empresas independientes (acceso al mercado y diversidad cultural).

Tratamiento fiscal diferenciado.

Déficit de expertos y de formación en ciertas materias de estos sectores.

1.1.3.

La situación planteada provoca la necesidad, a criterio de la Comisión, de emprender un proceso de reflexión sobre los siguientes aspectos:

Retos a los que se enfrentan estas industrias.

Desafíos que deben afrontar.

Contribución que Europa puede aportar, para ayudar a dar una respuesta a estos desafíos, sobre todo en el contexto de la ampliación.

1.1.4.

El Parlamento Europeo, en sesión celebrada el 4 de septiembre de 2003, aprobó la Resolución «Industrias Culturales», de la que fue ponente la Eurodiputada Myrsini Zorba.

1.1.4.1.

Este amplio y completo texto es el producto de una rigurosa metodología que el Parlamento Europeo ha seguido para elaborar un proyecto de resolución con sugerencias operativas para las instituciones competentes de la Unión Europea y de los Estados miembros sobre posibles medidas que se podrían adoptar.

1.1.4.2.

En la audiencia pública previa, celebrada el 22 de abril de 2003, se presentaron los resultados de un cuestionario enviado a doscientas asociaciones profesionales, federaciones de distintos sectores, empresas y expertos en estas materias, los cuales expusieron como principales problemas de la industria cultural europea los siguientes:

Falta de inversión.

Problemas relacionados con la distribución.

Tamaño insuficiente del mercado.

Diversidad lingüística.

Piratería en el sector.

1.1.4.3.

Según el referido documento presentado en la audiencia, los profesionales del sector se sienten insatisfechos con las políticas culturales a nivel nacional y europeo.

1.2.   Contenido del Dictamen exploratorio

1.2.1.

El Dictamen que el Comité Económico y Social Europeo ha elaborado, contiene aquellas pistas que, en su conjunto, se consideran pertinentes para desarrollar una futura intervención comunitaria.

1.2.2.

El Comité debe responder, fundamentalmente, a dos cuestiones que se plantean:

Cuáles son los retos culturales y socioeconómicos que las industrias culturales tienen que afrontar en Europa.

Qué contribución puede aportar Europa para responder de forma perdurable a estos retos.

2.   EUROPA Y LA CULTURA

2.1.   Cultura

2.1.1.

En general, los diccionarios definen la palabra «cultura», cuando se refieren al concepto en su globalidad, en términos similares. Así podríamos decir que cultura es el conjunto de conocimientos, costumbres y grados de desarrollo artístico y científico en una época o grupo social.

2.1.1.1.

Los europeos compartimos, con determinados grados de afinidad, conocimientos, costumbres, grados de desarrollo y valores, que avalan, con todos los respetos a las señas de identidad más locales, la existencia de una cultura europea o de un espacio cultural europeo.

2.1.1.2.

Al mismo tiempo y desde la perspectiva del objeto del Dictamen que presentamos, cultura puede definirse como el conjunto de producciones y de productos culturales y artísticos relacionados con la música, el teatro, la cinematografía, la televisión, el libro, etc. En este caso la cultura se enmarca en terrenos más cercanos a la dimensión económica y entra de lleno en el ámbito de la industria, de la industria cultural.

2.1.2.

Pero la cultura no es un ente abstracto, es algo que parte de la propia existencia de quienes la hacen posible. No existe cultura si no existen creadores, artistas, intérpretes, etc. que con su inspiración pongan a disposición de los ciudadanos obras que quedan en el acervo cultural de la humanidad, de una humanidad que las contempla y valora en toda su dimensión.

2.1.3.

Por tanto las creaciones culturales, las obras de la cultura, no tendrían razón de ser si los ciudadanos no tuviésemos posibilidades de acceder a ellas. El acceso a la cultura engrandece las posibilidades del ser humano. Pero no hemos de olvidar que haciendo un uso perverso de la misma, puede convertirse en un factor de control de poder. Fortalecer la cultura y favorecer y promover el acceso libre de los ciudadanos a la misma puede ser un elemento de contraposición a cualquier modelo de hegemonía, que intente imponerse utilizando como vehículo la cultura.

2.2.   Política cultural y espacio cultural europeo

2.2.1.

Hasta la entrada en vigor del Tratado de Maastricht, la Unión Europea careció de una base jurídica que avalara una política cultural. Con una base jurídica sólida y con la puesta en marcha de programas específicos en este ámbito de la política comunitaria, la posición de la Unión Europea en el contexto internacional deja de aparecer solo por su configuración geográfica y por su posición política, social y económica, sino que comienzan a resaltar los aspectos más importantes del terreno cultural compartido de la Europa comunitaria.

2.2.2.

En ese sentido el Comité también considera que la cultura constituye un elemento esencial y unificador en la vida cotidiana y la identidad de los ciudadanos de Europa (1).

2.2.3.

Aunque no exista una política común sobre los distintos sectores culturales y a pesar de las limitaciones del artículo 151 del Tratado CE, sería necesario que los Estados miembros y la Unión con sus Instituciones contribuyan a dar una visión común para el futuro que permita al conjunto de la Unión una intervención más acusada en el ámbito de la cultura.

2.2.3.1.

En ese sentido, entendemos que una política cultural a nivel europeo debería tender a favorecer el acceso de los ciudadanos de la Unión al conocimiento de la identidad cultural que nos une y al conocimiento de la diversidad cultural de las diferentes regiones de Europa, para que nos comprendamos mejor quienes participamos de esa diversidad.

2.2.4.

El Parlamento Europeo en su resolución de 5 de septiembre de 2001 consideraba oportuno, para el futuro de la Unión, reforzar la dimensión cultural, tanto a nivel político como a nivel presupuestario, favoreciendo la cooperación entre los Estados miembros, a fin de permitir la instauración de un «Espacio Cultural Europeo».

2.2.4.1.

La constitución de ese Espacio Cultural Europeo comporta una doble riqueza. La riqueza cultural entendida por sí misma, y la riqueza económica que imprime a través de las industrias culturales. A través de ellas se produce el acceso de los ciudadanos de la Unión a la cultura y a través de ellas debe igualmente efectuarse la extensión y exportación de nuestra cultura más allá de las fronteras comunitarias.

2.2.5.

Aunque el objetivo del presente Dictamen no es el debate sobre la política cultural de la Unión Europea, desde el Comité creemos que es un asunto de enorme importancia, y que debería ser tratado en profundidad.

3.   LOS PROGRAMAS COMUNITARIOS QUE APOYAN LA CULTURA Y LAS INDUSTRIAS CULTURALES

3.1.   Base jurídica

3.1.1.

Hasta la aprobación del Tratado de Maastricht la Unión Europea careció de marco jurídico que le permitiera abordar una política cultural en el ámbito de la Comunidad. El Tratado de Roma no contenía ningún artículo ni apartado específico en ese sentido, solo el preámbulo del mismo aludía a la cultura como elemento unificador de los pueblos y promotor del desarrollo socioeconómico.

3.1.1.1.

El artículo 151 del Tratado CE establece una base de actuación para promover, apoyar y complementar las actividades de los Estados miembros, respetando la diversidad nacional y regional y poniendo especial énfasis en el patrimonio cultural común de los ciudadanos de la Unión. Cualquier acción armonizadora queda expresamente excluida del ámbito de aplicación de este artículo.

3.1.2.

Una de las misiones que tiene encomendada la Unión Europea es garantizar las condiciones necesarias para la competitividad de la industria comunitaria. El artículo 157 del Tratado establece que la acción de la Comunidad estará encaminada a acelerar la adaptación de la industria a los cambios estructurales y a fomentar un entorno favorable a la iniciativa y a la cooperación entre las empresas, entre otras.

3.1.2.1.

La Unión Europea debe contribuir a crear un entorno favorable al desarrollo de las industrias culturales para que puedan beneficiarse de los frutos de la investigación, de los avances tecnológicos, de un mejor acceso a la financiación y de las ventajas de la cooperación en un espacio europeo de la cultura.

3.2.   Programas específicos en el ámbito de la cultura

3.2.1.

Contando con el marco jurídico apropiado, el artículo 151 del Tratado, entre 1996 y 1997 la Unión Europea puso en marcha tres programas específicos en el ámbito de la cultura: Kaleidoscopio (2), destinado a fomentar la creación artística y promover el conocimiento y la difusión de la cultura de los pueblos de Europa en el sector del arte; Ariadna (3), destinado a desarrollar la cooperación entre los Estados miembros en el sector del libro y de la lectura y promover un mayor conocimiento de las obras literarias y de la historia de los pueblos a través de la traducción; y Rafael (4) que está destinado a fomentar la cooperación entre los Estados miembros en lo referente a patrimonio cultural con dimensión europea.

3.2.2.

En febrero de 2000 se produjo la aprobación del primer programa marco comunitario europeo a favor de la cultura. (5) Con este programa se simplifica la acción comunitaria concentrándola en un solo instrumento de financiación y gestión de la cooperación cultural. Esta cooperación entre los actores culturales contribuye al establecimiento de un espacio cultural europeo, al desarrollo de la creación artística y literaria, al conocimiento de la historia y la cultura europeas, a la difusión internacional de la cultura, a la revalorización del patrimonio de relevancia europea y al diálogo intercultural.

3.2.2.1.

«Cultura 2000» pretende la creación de un espacio cultural común que esté caracterizado por la diversidad cultural y por la herencia cultural compartida de Europa. La participación en el programa se extiende a los países del Espacio Económico Europeo y a los países candidatos a la adhesión. El programa apoya aquellos proyectos artísticos y culturales que poseen una dimensión europea a nivel de su concepción, organización y realización. La mayoría de los proyectos incluyen una dimensión multimedia para la creación de páginas en internet y foros de discusión.

3.2.2.2.

«Cultura 2000», establecido para el periodo 2000-2004, tiene prevista su prolongación a través de una nueva Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión no 508/2000/CE (6). Con esta propuesta se pretende que el programa continúe en los mismos términos hasta el año 2006.

3.3.   Programas comunitarios que inciden en el ámbito de la cultura

3.3.1.

MEDIA, cuyas siglas en francés se corresponden con Medidas para Apoyar el Desarrollo de la Industria Audiovisual, pretende reducir las debilidades de las industrias europeas de contenidos audiovisuales y multimedia, caracterizadas por la insuficiente circulación de obras europeas entre los diferentes países y el déficit crónico de inversión en desarrollo de proyectos, formación continua, distribución de las obras y promoción de las mismas. Estas carencias son más significativas si además se hacen comparaciones con las obras de origen norteamericano.

3.3.1.1.

Por lo tanto, los programas MEDIA suponen un apoyo a la cultura, a través de actuaciones en favor de las industrias audiovisuales que producen este tipo de obras culturales. En concreto los programas MEDIA-formación (7) y MEDIA Plus (8), herederos de los programas MEDIA I y MEDIA II, están destinados a la formación de los profesionales de la industria europea de programas audiovisuales (MEDIA-formación) y a estimular el desarrollo, la distribución y la promoción de obras audiovisuales (MEDIA Plus).

3.3.1.2.

La Comisión ha realizado una consulta pública para proponer, en base a la misma y a los resultados de la evaluación de los programas en curso, una nueva generación de programas para la industria audiovisual europea.

3.3.2.

Otros programas y acciones de la Unión Europea, no relacionados directamente con el apoyo a la cultura, contienen líneas de acción y sostienen proyectos que inciden en aspectos muy diversos de la cultura en general y del patrimonio cultural en particular.

3.3.2.1.

En ese sentido, entre los programas más importantes y las actividades culturales en las que intervienen se encuentran los siguientes:

a)

V Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico, en el que algunos de los programas en él encuadrados desarrollan actuaciones a favor de la preservación del patrimonio cultural, y en particular el Programa Europeo de Investigación «Tecnologías de la Sociedad de la Información».

b)

Numerosos proyectos financiados por los programas de educación y formación de la Unión Europea Sócrates y Leonardo tienen por objeto el aprendizaje y el conocimiento de las artes y el establecimiento de asociaciones entre instituciones culturales y educativas, con el objetivo de conseguir que los europeos conozcan y aprecien las obras de arte y se formen en profesiones relacionadas con la cultura en sus múltiples facetas.

c)

El Fondo Social Europeo, en lo que respecta a la formación, incluye formación artística, como puede ser la restauración y conservación del patrimonio fotográfico en Italia. En este mismo contexto, debemos mencionar la iniciativa comunitaria EQUAL.

d)

El programa Juventud financia anualmente encuentros para jóvenes de 15 a 25 años. Algunos de estos encuentros se realizan en torno a actividades artísticas.

e)

El Programa eContent, dentro del Plan de Acción eEuropa, desarrolla tecnologías de traducción automática que contribuyen a preservar la diversidad lingüística de las obras literarias que se realizan en Europa y apoya la producción de contenidos europeos digitales.

f)

La política regional de la Unión Europea también contribuye a financiar espacios de creación y difusión artística, tales como escuelas de música, salas de concierto, estudios de grabación, etc.

g)

Dentro del Programa MEDA (programa de cooperación con los países mediterráneos) Euromed Heritage es un programa regional de apoyo al desarrollo del legado cultural euromediterráneo. En él se inscribe Eumedis que es una iniciativa destinada a desarrollar los servicios digitales en los países mediterráneos, entre ellos los servicios de acceso multimedia al patrimonio cultural y al turismo.

h)

El Programa URB-AL apoya la cooperación entre ciudades de la Unión Europea y de América Latina en cuestiones relativas a la problemática urbana, incluida la conservación del patrimonio urbano. En el mismo sentido el programa ASIA-URB es el equivalente para Asia, y la conservación y revalorización del patrimonio también son objeto de cooperación con los países de África, Caribe y Pacífico en el marco del Acuerdo de Cotonú.

i)

El Fondo Europeo de Desarrollo Regional financia proyectos de restauración del patrimonio programados en el marco de los de desarrollo regional. Las iniciativas comunitarias: Urban para las zonas urbanas en crisis, e Interreg que fomenta la cooperación entre las regiones de la Unión Europea en diferentes ámbitos, como el desarrollo urbano, actúan apoyando proyectos de esas características.

j)

El Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola apoya acciones de desarrollo de las zonas rurales. La iniciativa Leader contribuye también a la renovación y revalorización cultural de los edificios, yacimientos, mobiliario y materiales en dicho ámbito.

k)

Dentro del VI Programa Comunitario de Acción para el Medio Ambiente, el Programa LIFE III contribuye a la política medioambiental de la Unión, favoreciendo la revalorización y la gestión turística de entornos naturales y culturales.

3.3.3.

A juicio del Comité, la secuencia de programas relacionada anteriormente refleja el creciente interés de las Instituciones comunitarias por favorecer y apoyar la cultura, pero también pone de manifiesto una dispersión de esfuerzos y actuaciones que, aunque de forma separada están consiguiendo indudables progresos, de forma coordinada quizás podrían sumar sinergias y ofrecer un mejor resultado y una mayor eficiencia en la consecución de los objetivos relacionados con la cultura.

3.3.3.1.

Varios de estos programas dependen de una sola Dirección General, sobre todo los más directamente relacionados con la cultura y la industria cultural del sector audiovisual, pero existen otras actuaciones en programas con diversa dependencia que deberían llevar a una reflexión sobre la conveniencia de una mayor coordinación entre los mismos.

4.   INDUSTRIAS CULTURALES

4.1.   ¿Qué entendemos por industrias culturales?

4.1.1.

Desde el Comité no pretendemos dar una definición cerrada y limitativa de lo que entendemos por industrias culturales; ya que el objetivo que debe perseguir la misma, debe ser, la determinación de los sectores que deben ser incluidos dentro de las industrias culturales y de creación.

4.1.1.1.

De hecho, el conceptuar a unos u otros sectores de actividad como industrias culturales depende de las fuentes consultadas. En ese entorno se pueden incluir actividades tan diversas como las artes escénicas con todas sus manifestaciones de interpretación teatral, musical, danza, etc.; las artes plásticas en cualquiera de sus manifestaciones de pintura, escultura, etc; la artesanía cultural; la edición de libros; la edición de música, los medios audiovisuales y el cine; los medios de comunicación; el patrimonio cultural sobre todo arquitectónico; las actividades de conservación y restauración de obras y del patrimonio cultural; e incluso el turismo, cuando su objeto es el acercamiento a un patrimonio cultural determinado bien sea urbano o rural, sin olvidar los museos, las bibliotecas y otros espacios de cultura.

4.1.2.

Para la UNESCO, la creatividad, que es una parte importante de la identidad cultural de los seres humanos, se expresa de distintos modos. Reproducidas y multiplicadas mediante procedimientos industriales y difundidas mundialmente, las obras de la creatividad humana se convierten en productos de industrias culturales como la edición de libros, la edición musical de discos, la producción cinematográfica y videográfica y, más recientemente, la edición electrónica multimedia (9).

4.1.2.1.

Efectivamente, esta definición de la UNESCO se aproxima con gran exactitud al concepto de industria cultural, a la que deberíamos añadir aquellos sectores que incluyen obras culturales no reproducibles en masa pero que atraen el interés, la contemplación directa o indirecta de las mismas, o el desplazamiento de los ciudadanos para disfrutar de ellas. De esta forma aparecen industrias que no necesitan reproducir una obra, sino que a través del turismo cultural aproximan a millones de ciudadanos al patrimonio cultural no reproducible.

4.1.2.2.

Por ese motivo, y para hacer eficiente una política europea en el ámbito de la cultura y, como consecuencia de ello, de apoyo a las industrias culturales, desde el Comité apoyamos la clarificación conceptual que ha solicitado el Parlamento Europeo en su Resolución del 4 de septiembre de 2003, y aportamos nuestra aproximación a esa definición con los criterios recogidos en los puntos 4.1.2. y 4.1.2.1. del presente documento.

4.2.   ¿Cómo podríamos agrupar las industrias culturales?

4.2.1.

A efectos meramente didácticos y admitiendo cualquier otra forma de clasificación, las industrias culturales pueden ser agrupadas de la forma siguiente:

Manifestaciones culturales, que incluyen las manifestaciones artísticas como el espectáculo teatral, la manifestación musical directa, la danza, y todas aquellas otras que contemplamos en vivo.

Obras culturales y obras de arte como el patrimonio artístico y arquitectónico y el patrimonio mobiliario, y todas las importantes facetas de conservación y restauración que garantizan su perdurabilidad en el tiempo.

Instituciones culturales como museos, galerías y bibliotecas.

Industria cultural de productos editoriales, que incluiría la edición de libros, la edición fonográfica y la edición fotográfica, así como la cinematografía y la reproducción en video y DVD.

Industria cultural de flujo, que incluye la radio y la televisión y los medios de comunicación en general.

El sector multimedia, en el que se encuadran los nuevos soportes digitales y la información de tipo cultural en línea a través del acceso a internet por medio de la banda ancha.

4.2.2.

Con estos parámetros nadie puede dudar de la importancia económica de los productos culturales y de las industrias que los soportan. La creciente importancia económica de los mismos hace de las industrias culturales una importante fuente de actividad económica y de progresiva creación de empleo. De esta forma y a juicio del Comité, las industrias culturales de la Unión Europea constituyen una importante fuente de aproximación al cumplimiento de los objetivos de Lisboa en cuanto a la consecución de empleo.

4.2.2.1.

En una sociedad que cada vez valora más el ocio y las actividades relacionadas con el mismo, las industrias culturales facilitan conocimiento, entretenimiento y empleo, por lo que en buena lógica deben ser apoyadas por los poderes públicos estatales y comunitarios, favoreciendo su expansión y desarrollo, especialmente en lo que se refiere a la transformación tecnológica.

4.2.2.2.

Se necesitan medidas específicas destinadas a la cultura particular de los pueblos indígenas y las minorías, tanto para su práctica activa como para su consumo.

5.   EL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO, LA CULTURA Y LAS INDUSTRIAS CULTURALES

5.1.

El Comité Económico y Social Europeo, por su papel privilegiado como expresión de la sociedad civil organizada y de los interlocutores socioeconómicos, puede y debe aportar no solo una opinión que represente las inquietudes y aspiraciones de dichos interlocutores, sino también una visión desde el punto de vista de los usuarios de estas industrias culturales, proporcionando así una perspectiva enriquecedora e integradora al debate planteado.

5.2.

A lo largo de los años el Comité se ha pronunciado en reiteradas ocasiones tanto en lo referente a la cultura en general como a las industrias culturales en particular. En este último sentido el Comité ha expresado su opinión sobre las industrias del sector audiovisual en relación con los diferentes dictámenes emitidos con motivo de la aprobación de las diferentes fases del Programa MEDIA.

5.3.

En dichos dictámenes el Comité ha expresado de forma clara cuál es su posición tanto en relación con la identificación de problemas, retos y desafíos que afectan a las industrias audiovisuales, como en relación con la búsqueda de posibles vías de solución que podrían emprenderse para potenciar, favorecer y apoyar a las referidas industrias, en la perspectiva de promocionar el acceso y la difusión de la cultura europea en general y la cultura de los estados y regiones en particular.

5.4.

Como recordatorio y a la vez reafirmación de aquellas opiniones, relacionamos dichos Dictámenes, que pueden y de hecho tienen total vigencia en la actualidad.

5.4.1.

Dictamen sobre la Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la participación comunitaria en el Observatorio Europeo del Sector Audiovisual (10)

5.4.2.

Dictamen sobre la Propuesta de Decisión del Consejo por la que se modifica la Decisión 90/685/CEE relativa a la aplicación de un programa de fomento de la industria audiovisual europea (MEDIA) (1991-1995) (11)

5.4.3.

Dictamen sobre la Propuesta de Decisión del Consejo relativa a un Programa de formación para los profesionales de la industria europea de programas audiovisuales y la Propuesta de Decisión del Consejo relativa a un Programa de estímulo al desarrollo y la distribución de obras audiovisuales europeas (12)

5.4.3.1.

En el apartado 3 de las observaciones generales, el Comité realizó un serio análisis de las deficiencias del sector, manifestadas por la Comisión en su Propuesta de Decisión, aportando una serie de reflexiones que mantienen toda su vigencia, por lo que las apoyamos nuevamente sin reservas.

5.4.3.2.

Hoy en día asistimos, nuevamente, a la identificación y reiteración de las mismas dificultades expresadas años atrás y ante las que el Comité expresó su opinión. Entendemos que, sobre todo en el sector audiovisual, las medidas tomadas, las acciones emprendidas y los proyectos apoyados no han conseguido aún poner solución a los problemas estructurales que hace años se pusieron de manifiesto. Eso, a juicio del Comité, también representa un problema puesto que se evidencia que, a pesar de todo, las instituciones de la Unión Europea no han sido eficaces en su resolución.

5.4.4.

Dictamen sobre la Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la ejecución de un programa de formación para los profesionales de la industria europea de programas audiovisuales (MEDIA Formación) y la Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la ejecución de un programa de estímulo al desarrollo y la promoción de obras audiovisuales europeas (MEDIA Plus) (13)

5.4.4.1.

Si en la referencia al anterior Dictamen mencionábamos la reiteración en la identificación de los problemas sin resolver que afectaban y afectan al sector audiovisual, en los apartados 1.3 y 1.4. de este Dictamen se vuelven a poner de manifiesto una vez más en términos muy similares, añadiendo algunos otros desafíos detectados.

5.4.4.2.

En el apartado 3.1., de las observaciones, el Comité apoya la propuesta de Decisión al tratarse de medidas complementarias que favorecen la difusión del patrimonio cultural común, si bien puntualizaba que al tratarse de la promoción de nuestra identidad cultural, debería resaltarse dicha circunstancia.

5.4.4.3.

Por último destacamos del referido Dictamen la observación expresada en el apartado 3.3. del mismo. Nos parece de tal acierto, que no debemos hablar de los problemas y soluciones de las industrias culturales, sin dejar sentada por anticipado dicha observación, cuya vigencia reiteramos en nuestro Dictamen exploratorio.

5.4.4.4.

El Comité manifiesta lo siguiente: «El Comité lamenta que la propuesta no haya tenido en cuenta que la importancia de la industria audiovisual europea no radica únicamente en su dimensión empresarial sino también en su potencial como vehículo para promover nuestra cultura y nuestros valores democráticos». En definitiva el Comité plantea el reconocimiento de la dimensión cultural de la industria audiovisual.

5.4.5.

El pasado 24 de septiembre de 2003, el Pleno del Comité aprobó un nuevo Dictamen sobre la Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión no 163/2001/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de enero de 2001, relativa a la ejecución de un programa de formación para los profesionales de la industria europea de programas audiovisuales y la Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión 821/2000/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2000, relativa a la ejecución de un programa de estímulo al desarrollo, la distribución y la promoción de obras audiovisuales europeas. (14)

5.4.5.1.

En los apartados 2.1 y 2.2 del referido Dictamen el Comité considera que hubiera sido más conveniente que la Comisión hubiese creado las condiciones y adoptado las medidas necesarias para anticipar el debate y la presentación de los nuevos programas plurianuales, en lugar de limitarse a prolongar la vigencia de los actuales. Así mismo el Comité reitera, una vez más, su esperanza de que se tengan en cuenta las sugerencias y propuestas formuladas tanto en este Dictamen como en los anteriormente reseñados.

5.5.   El Comité Económico y Social Europeo y el Programa Cultura 2000

5.5.1.

El Comité lamenta no haber podido aportar sus observaciones al referido Programa, debido a la expresa limitación que realiza el apartado 5 del artículo 151 del Tratado de la CE. El referido artículo no prevé que el Comité sea consultado cuando se trate de poner en marcha medidas de fomento de la cultura, aunque gracias a las previsiones del artículo 157 sí debe ser consultado cuando se trata de medidas de apoyo a la industria en general y a las industrias culturales en particular.

5.5.2.

Si el Comité representa a la sociedad civil organizada, no es comprensible la ausencia de la opinión del Comité cuando se debaten aspectos de la política cultural de la Unión, ya que el Comité considera que la cultura forma parte del modelo social europeo.

5.5.3.

En abril de 2003 la Comisión publicó un documento de consulta pública denominado «Diseñar el futuro programa de cooperación cultural de la Unión Europea después de 2006» (15). Este documento pretende abrir el debate para futuras actuaciones después de Cultura 2000.

5.5.4.

Con objeto de que sea conocida la opinión del Comité en este Programa, que directa o indirectamente afectará a los actores de la cultura, desde creadores hasta productores o editores, para terminar incidiendo en las industrias culturales, el Comité debería elaborar un dictamen de iniciativa que reflejara la opinión del mismo.

6.   RETOS CULTURALES Y SOCIOECONÓMICOS QUE LAS INDUSTRIAS CULTURALES TIENEN QUE AFRONTAR EN EUROPA

6.1.   Necesidad de definir qué se entiende por industrias culturales e identificar los sectores de actividad que comprenden.

6.1.1.

A lo largo del presente documento, hemos ido constatando una serie de problemas, desafíos y retos a los que se enfrenta la industria cultural europea. La identificación de estos problemas proviene de los numerosos estudios y análisis realizados a lo largo de los años.

6.1.2.

Como anteriormente hemos referido, dentro del concepto de industrias culturales caben muy diversos tipos de actividades productivas relacionadas con la cultura. Cada sector de actividad, dentro del marco de las industrias culturales, posee una problemática y unos intereses definidos, que hacen difícil simplificar problemas y soluciones que puedan afectar y valer al conjunto de las industrias culturales.

6.1.3.

Por ello sería necesario determinar cuáles son las actividades que se encuadran dentro de las denominadas industrias culturales, para identificar los problemas específicos que afectan a cada sector de actividad y las posibles soluciones que de forma concreta se pueden aplicar a cada uno.

6.1.4.

Desde el Comité, en el apartado 4 del presente Dictamen, aportamos nuestra opinión sobre lo que entendemos por industrias culturales y los sectores que las conforman. Al tratarse de sectores muy variados y con una problemática dispersa, consideramos que la visión del Comité debe ser general, abarcando una perspectiva horizontal sobre los grandes retos y desafíos que afectan a las industrias culturales en su conjunto o que inciden en más de uno de los sectores de actividad identificados en nuestro Dictamen.

6.2.   Desafíos derivados de la diversidad lingüística

6.2.1.

En todos los análisis que se han realizado, la diversidad linguística de Europa aparece como una fortaleza y a la vez como una debilidad. Fortaleza porque enriquece en cuanto que representa una multiplicidad de formas de expresión que aportan cada una de ellas lo mas positivo de la cultura de la que proceden. Debilidad porque al entenderlo, no desde el aspecto cultural sino del aspecto industrial, representa un factor de encarecimiento de la producción y un factor de entorpecimiento a la distribución. Esta debilidad es normal que se produzca en una Europa multilingüe; no obstante, el Comité considera que los poderes públicos de la Unión, de los Estados y de las regiones de Europa deben contribuir al fortalecimiento de esa diversidad, apoyando todas las actuaciones e investigaciones que tiendan a resolver dicha debilidad.

6.3.   Problemas específicos de las empresas del sector cultural

6.3.1.

Al tratarse de un sector que comprende muy diversos tipos de industrias, las empresas que desarrollan su producción en este ámbito tienen problemas de muy diversa índole. Convendría elaborar una norma que permitiese recopilar de modo uniforme los datos estadísticos de la industria cultural a escala europea. Sobre la base de los datos recogidos se podría desarrollar un programa de acción común que tomase como referencia tanto los distintos sectores como las regiones y en el que se definiesen objetivos, estrategias y medidas.

6.3.2.

Al igual que asistimos a una gran concentración de empresas editoriales, también contemplamos como el sector audiovisual continúa excesivamente atomizado como para poder hacer frente a su máximo competidor, la industria norteamericana. Tanto a lo largo del presente documento, como en los debates del grupo de estudio encargado de la elaboración del presente Dictamen, así como en la Resolución del Parlamento Europeo elaborada por la Eurodiputada Myrsini Zorba, se ponen de manifiesto unos elementos comunes que aparecen como principales retos a los que sigue enfrentándose la industria cultural y sobre todo la industria audiovisual. Estos elementos son fundamentalmente los siguientes:

a)

Falta de inversión con un déficit crónico de la misma y una incapacidad manifiesta para movilizar recursos financieros, lo cual provoca riesgos en la viabilidad comercial de las empresas.

b)

Baja inversión económica en la planificación y en la realización de los proyectos audiovisuales, lo cual hace disminuir la rentabilidad de las obras y reduce la capacidad de inversiones futuras.

c)

Insuficiente capitalización de las empresas, lo que debilita su estrategia industrial de desarrollo a escala internacional.

d)

Falta de apoyo reglamentario en aspectos como la fiscalidad, específicamente en lo referente al impuesto sobre el valor añadido, por ser tan diversa en cuanto a su aplicación a los diferentes productos culturales y en cuanto a la aplicación de la misma en los diferentes países.

e)

Falta de apoyo reglamentario para eliminar las trabas a la movilidad de los artistas y creadores. Sigue habiendo más trabas para los ciudadanos que para las mercancías, si por tales entendiéramos las obras culturales.

f)

Problemas relacionados con la distribución, que se caracteriza por su debilidad con respecto a la distribución norteamericana y por una escasa circulación transnacional de las obras, a lo que se une la dificultad para establecer catálogos de obras o listas de producciones disponibles para la distribución. Estos problemas afectan a las empresas relacionadas con productos audiovisuales y editoriales tanto escritos como fonográficos.

g)

Tamaño insuficiente del mercado, fundamentalmente derivado de la fragmentación y compartimentación de los mercados nacionales, así como de la diversidad lingüística entendida solamente desde un punto de vista industrial debido al factor de encarecimiento de la producción que representa y a la dificultad de distribución que conlleva. Esta fragmentación de los mercados nacionales o regionales debilita la circulación transnacional de los productos culturales en Europa.

h)

Debilidad de las inversiones en la promoción y publicidad a nivel europeo e internacional.

i)

Creciente piratería y usurpación de la marca en el sector audiovisual y fonográfico, lo cual puede llevar a las empresas a una situación insostenible. El derecho a la propiedad intelectual debe primar sobre el derecho a reproducir una obra para uso particular. La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo del Comité Económico y Social Europeo ha elaborado un Dictamen (16) sobre la Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las medidas y procedimientos que tienden a asegurar el respeto de los derechos de la propiedad intelectual.

6.4.   Retos relacionados con la globalización

6.4.1.

A juicio del Comité uno de los principales problemas a los que se enfrentan las industrias culturales y en particular las industrias audiovisuales y fonográficas de la Unión Europea, proviene de la mano de la globalización del intercambio de productos culturales en el que nos movemos. La posición de la industria norteamericana es evidente, siendo enorme el excedente comercial de productos audiovisuales de los Estados Unidos en relación con la Unión Europea.

6.4.2.

Para competir con esa industria hay que ser imaginativos y no restrictivos. Debemos reforzar la cooperación en Europa y propiciar un clima favorable al desarrollo de la industria europea, fomentando su expansión en la propia Europa y apoyando su exportación fuera de nuestras fronteras.

6.5.   Problemas que debe afrontar la Unión Europea

6.5.1.

El Comité considera que no podemos decir que exista una estrategia global dentro de la Unión Europea en esta materia. Si queremos apoyar a nuestra industria cultural tenemos que plantear una política cultural desde la Unión Europea, respetando por supuesto, el principio de subsidiariedad, coordinando las políticas nacionales en un objetivo común cultural que permita sostener una industria cultural europea competitiva.

6.5.1.1.

El Comité entiende que es necesario plantear esa política a nivel de la Unión, estableciendo estrategias claras, fortaleciendo el Espacio Cultural Europeo y promocionando la cultura europea más allá de nuestras fronteras.

6.5.2.

La política cultural es efectivamente una política transversal que debe interrelacionar las políticas comunitarias para conformar una sinergia que apoye de forma clara y precisa los esfuerzos que se llevan a cabo. Existe una notable dispersión de esfuerzos y actuaciones, en los diferentes programas que hemos relacionado en el presente documento, que de forma separada están consiguiendo indudables progresos, pero que de forma coordinada quizás podrían sumar sinergias y ofrecer un mejor resultado La descentralización, provocada por la transversalidad que representa la política cultural, no debe afectar en ningún caso a la eficiencia que se debe demostrar en la consecución de los objetivos fijados.

6.5.3.

Las industrias culturales de la Unión Europea pueden constituir una importante fuente de aproximación al cumplimiento de los objetivos de Lisboa en cuanto a la consecución de empleo.

6.5.3.1.

La dotación presupuestaria para las actuaciones de apoyo a la cultura y por extensión a las industrias culturales es un problema que debe afrontar la Unión Europea. A nadie escapa que el presupuesto asignado a los diferentes programas directamente relacionados con la cultura y con las industrias audiovisuales, más las asignaciones a los proyectos enmarcados en las líneas de acción de otros programas que tienen relación con la cultura, son realmente escasos como para pretender un despegue del sector audiovisual en particular y de la industria cultural en general. Las Instituciones europeas deben analizar cuáles son los sectores productivos con mayor proyección y en los que se prevé la creación de más empleo, y en ese sentido apoyar de forma clara al sector industrial cultural que, a través de sus diferentes formas de expresión, cada vez ofrece mayores perspectivas de crecimiento.

7.   CONTRIBUCIÓN QUE PUEDE APORTAR EUROPA PARA RESPONDER DE FORMA PERDURABLE A ESTOS RETOS

Sin reiterarnos en las opiniones ya manifestadas por el Comité a lo largo del presente documento y más concretamente en los apartados 5 y 6 del mismo, podemos hacer las siguientes reflexiones sobre la forma de afrontar algunos de los problemas que afectan a las industrias culturales.

7.1.   Política cultural para la Unión Europea

7.1.1.

El Comité entiende que una política cultural a nivel europeo debería tender a favorecer el acceso de los ciudadanos de la Unión al conocimiento de la identidad cultural que nos une, a la recuperación de los valores característicos de Europa y al conocimiento de la diversidad cultural de las diferentes regiones de Europa, para aprender a vivir en la diversidad.

7.1.2.

En ese sentido el Comité comparte la opinión expresada en la Resolución del Parlamento Europeo del 4 de septiembre 2003, de que la cultura constituye un elemento esencial y unificador en la vida cotidiana y de la identidad de los ciudadanos de Europa.

7.1.3.

Por lo tanto la existencia de una política cultural común para la Unión Europea no debería entenderse desde la perspectiva de la intromisión en las competencias regionales y/o estatales, sino como un elemento dinamizador de la propia cultura para promocionar lo que nos une.

7.2.   Por un Espacio Cultural Europeo

7.2.1.

El Comité comparte plenamente el contenido de la resolución de 5 de septiembre de 2001 del Parlamento Europeo que consideraba oportuno, para el futuro de la Unión, reforzar la dimensión cultural, tanto a nivel político como a nivel presupuestario, favoreciendo la cooperación entre los Estados miembros, a fin de permitir la instauración de un  «Espacio Cultural Europeo».

7.2.2.

La constitución de ese Espacio Cultural Europeo comporta una doble generación de riqueza. La riqueza cultural entendida por sí misma, y la riqueza económica y social que imprime a través de la industrias culturales.

7.2.3.

La cooperación entre los diversos actores culturales contribuye al establecimiento del Espacio Cultural Europeo, al desarrollo de la creación artística y literaria, al conocimiento de la historia y la cultura europeas, a la difusión interior e internacional de la cultura, a la revalorización del patrimonio de especial relevancia europea y al dialogo intercultural.

7.2.4.

Por ello, desde el Comité proponemos tomar en consideración las siguientes iniciativas:

Establecimiento de incentivos para la promoción de la creación artística y la aportación de instrumentos, que permitan a los creadores lograr que sus producciones lleguen a los ciudadanos.

Respaldo a los intercambios de espectáculos en vivo y ampliación de los circuitos de los mismos mas allá de las fronteras nacionales.

Sistema de apoyo para que las producciones audiovisuales entren en la difusión via internet, televisión por satélite y televisión temática.

Conexión más estrecha de las industrias culturales con investigación y desarrollo tecnológico, para poder ofrecer productos y servicios innovadores con alto valor añadido.

7.3.   Definición de industrias culturales

7.3.1.

El Comité considera que no se puede hablar de industrias culturales sin haber previamente delimitado su campo de actuación, aunque este sea lo más extenso posible y sin necesidad de aplicar criterios restrictivos a la conceptualización, la cual puede mantener una lista no restrictiva.

7.3.2.

La diversidad de sectores incluidos dentro del concepto «industrias culturales» nos sumerge en una problemática tan variada como los diferentes sectores a los que nos referímos. Con el objeto de poder determinar cuáles son los problemas y soluciones que pueden encontrarse para el conjunto de las industrias y para cada sector específico, es necesario, a juicio del Comité, definir qué entendemos por «industrias culturales» y relacionar los sectores de actividad creativa y productiva que los integran.

7.3.2.1.

En ese sentido, el Comité aporta su colaboración a través de los criterios expresados en el apartado cuatro del presente Dictamen.

7.3.3.

Desde esa perspectiva las medidas encaminadas al apoyo del sector cultural serán realizadas con una estrategia más integradora y globalizante, a pesar de la transversalidad que debe presidir una política cultural.

7.4.   Apoyo a la industria cultural

7.4.1.

En la perspectiva de la aplicación del artículo 157, la Unión Europea tiene la obligación con las industrias culturales, como con cualquier otro sector industrial, de crear un entorno favorable a su desarrollo para que puedan beneficiarse de los frutos de la investigación, de los avances tecnológicos, de un mejor acceso a la financiación y de las ventajas de la cooperación en un espacio europeo de la cultura.

7.4.1.1.

Las industrias creativas no disfrutan, generalmente, de un modelo de acceso a la financiación que sea efectivo para los requerimientos del sector. Habitualmente, los bancos y los servicios financieros consideran que las industrias creativas son empresas de alto riesgo.

7.4.1.2.

Con un sistema de garantía de préstamos, una entidad financiera podría cubrir todo o parte del riesgo de la financiación otorgada a una industria creativa, en el caso de que la misma no pudiese reembolsarlo.

7.4.1.3.

En ese sentido podría considerarse la creación de un apoyo comunitario a través del Banco Europeo de Inversiones, con la participación de la Comisión Europea, que fuera desarrollado a través de escogidos intermediarios financieros de los Estados miembros.

7.4.1.4.

En este contexto debe mencionarse también la iniciativa de la Comisión para establecer un programa de acción comunitario para la promoción de los organismos activos a escala europea en el ámbito de la cultura.

7.4.2.

Los retos derivados de los problemas que afectan a las empresas del sector cultural deben ser analizados en profundidad y abordados con la seguridad de su resolución, evitando la perpetuación de anomalías, tal y como sucede en el sector audiovisual, en el que se identifican una y otra vez los mismos problemas sin que se alcance una solución perdurable a los mismos.

7.4.3.

La Comisión y los Estados miembros deben tomar las medidas necesarias para asegurar que los ciudadanos relacionados con las industrias creativas puedan disfrutar de los mismos derechos de movilidad que sus productos y obras, y de establecimiento conforme a las disposiciones del Tratado.

7.4.4.

Dado que algunos de los problemas a los que deben hacer frente los operadores en estos sectores provienen de su falta de conocimientos y capacidad de gestión, o de dificultad en el acceso a los mismos, la Comisión y los Estados miembros deberían propiciar los medios necesarios para que las industrias creativas recibieran asistencia, información y formación, en la línea de la que se ofrece a las pequeñas y medianas empresas, pero con una oferta específica orientada a este tipo de industrias. En ese sentido se trataría de extender, a otros ámbitos, iniciativas del tipo de Media Desk.

7.5.   Educación y sensibilización en la cultura

7.5.1.

Las industrias culturales tienen, ante todo, necesidad de un público, de espectadores, de oyentes, de consumidores. Hace falta que los ciudadanos, y sobre todo los jóvenes, sean sensibilizados y sientan el gusto por las obras culturales. Por ello será necesario promover e intensificar las acciones relacionadas con la educación y la iniciación a la cultura sobre todo en las escuelas. De hecho es sobre todo en la familia y en la escuela donde puede transmitirse una actitud abierta hacia la cultura y la diversidad del patrimonio cultural europeo.

7.5.2.

Los poderes públicos y la escuela tienen un importante papel que jugar en este campo. La televisión y la radio, medios de titularidad tanto pública como privada presentes en todos los hogares, deben incitar a la cultura difundiendo programas de educación cultural y de valorización del patrimonio cultural.

7.5.3.

Convendría crear una plataforma a nivel europeo para fijar medidas comunes sobre la sensibilización e interconectar iniciativas nacionales.

7.6.   Apoyo a los creadores y los artistas

7.6.1.

La Comisión y los Estados miembros deben trabajar por la efectiva desaparición de las trabas y dificultades que aún puedan existir para la libre circulación de los artistas y creadores. Es tan necesario permitir la circulación de las mercancías culturales como la circulación de sus creadores, autores e intérpretes.

7.6.2.

Por ello y con objeto de propiciar la solución de los múltiples problemas que afectan a creadores y artistas, compartimos la opinión expresada en la Resolución del Parlamento Europeo del 4 de septiembre de 2003 sobre la creación de un «estatuto del artista» que permita dar protección social a los artistas y creadores, favorecer su movilidad, y en el que se incluya de forma clara la legislación relativa a los derechos de propiedad intelectual.

7.6.3

Convendría apoyar también a las pequeñas empresas y microempresas en el desarrollo de sus actividades comerciales estableciendo a tal fin plataformas de cooperación y ofreciendo la formación continua correspondiente. Proporcionar apoyo con motivo de exposiciones, ferias, presentaciones y misiones económicas puede ayudar a estas empresas a ser operativas en mercados internacionales.

7.7.   Industria cultural, libertad y pluralismo

7.7.1.

«La cultura nos hace libres» es una expresión cuyo sentido conocen quienes viven en países con instituciones democráticas consolidadas.

7.7.2.

Fortalecer la cultura y favorecer y promover el acceso libre de los ciudadanos a la misma es, por tanto, fundamental para garantizar el respeto del derecho a la libertad de expresión y de información establecido en el artículo 11 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

7.7.3.

Más allá de la dimensión económica y social, la importancia de la industria cultural europea radica, por tanto, también en su potencial como vehículo para promover los valores democráticos de Europa. Asimismo, mediante una actualización del marco jurídico, resulta, por tanto, fundamental garantizar la competencia y el pluralismo de la industria cultural con respecto a la progresiva globalización de los mercados, la creciente convergencia de los medios favorecida por la incorporación de las tecnologías digitales y la concentración progresiva de los grupos empresariales.

7.7.4.

Por eso es preciso manifestar una vez más nuestro apoyo a todas las iniciativas y propuestas europeas dirigidas a defender el pluralismo de la información y de la cultura, así como a garantizar el control de cualquier concentración.

Bruselas, 28 de enero de 2004.

El Presidente

del Comité Económico y Social Europeo

Roger BRIESCH


(1)  Resolución del Parlamento Europeo sobre las industrias culturales, considerando A. [P5_TA-PROV (2003)0382].

(2)  Decisión 719/1996/CE.

(3)  Decisión 2085/1997/CE.

(4)  Decisión 2228/1997/CE.

(5)  Decisión 508/2000/CE.

(6)  COM(2003) 0187.

(7)  Decisión 163/2001/CE.

(8)  Decisión 821/2000/CE.

(9)  http://www.unesco.org/culture/industries/html_sp/index_sp.shtml.

(10)  DO C 329 del 17.11.1999.

(11)  DO C 148 del 30.5.1994.

(12)  DO C 256 del 2.10.1995.

(13)  DO C 168 del 16.6.2000.

(14)  DO C 10 del 14.1.2004.

(15)  http://europa.eu.int/comm/culture/eac/archive/consult_pub_en.html

(16)  COM(2003) 46 final.


ANEXO

al Dictamen del Comité Económico y Social Europeo

Aunque obtuvieron por lo menos una cuarta parte de los votos emitidos, fueron rechazadas las siguientes enmiendas:

Nuevo punto 2.1.1.3.

«La noción de cultura varía según las personas, por lo que es difícil delimitar su definición. También son cultura los distintos tipos de eventos deportivos y todas las actividades que se llevan a cabo en toda Europa a través de asociaciones para la práctica de, por ejemplo, la música y la danza populares o la artesanía.»

Resultado de la votación:

Votos a favor: 16, Votos en contra: 37, Abstenciones: 7.

Nuevo punto 2.1.1.4

«En Europa tenemos el deber de preservar y desarrollar la cultura lapona, así como las culturas específicas de otros pueblos indígenas y minorías. En este sentido, la lengua tiene una importancia particular.»

Resultado de la votación:

Votos a favor: 21, Votos en contra: 44, Abstenciones: 9.

Nuevo punto 2.1.2.1

«La cultura no son sólo quienes la practican, sino quienes la consumen. El acceso a la cultura presenta hoy por hoy grandes desequilibrios, y se trata de un aspecto esencial de la política cultural. Todos los ciudadanos deben tener el derecho y la posibilidad de acceder a la cultura, en su ejercicio activo y como consumidores.»

Resultado de la votación:

Votos a favor: 30, Votos en contra: 36, Abstenciones: 4.

Nuevo punto 4.2.2.2

«En una Unión Europea con una diversidad cultural cada vez mayor, resulta especialmente importante proteger la cultura específica de los nuevos Estados miembros.»

Resultado de la votación:

Votos a favor: 26, Votos en contra: 31, Abstenciones: 8


Top