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Document 52003XC1206(02)

Anuncio relativo a los derechos antidumping vigentes con respecto a las importaciones en la Comunidad de determinados tubos sin soldadura y tubos de hierro o de acero sin alear originarios, entre otros lugares, de la República Checa: modificación del nombre de una empresa sujeta a un tipo de derecho antidumping individual

DO C 296 de 6.12.2003, p. 4–4 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

52003XC1206(02)

Anuncio relativo a los derechos antidumping vigentes con respecto a las importaciones en la Comunidad de determinados tubos sin soldadura y tubos de hierro o de acero sin alear originarios, entre otros lugares, de la República Checa: modificación del nombre de una empresa sujeta a un tipo de derecho antidumping individual

Diario Oficial n° C 296 de 06/12/2003 p. 0004 - 0004


Anuncio relativo a los derechos antidumping vigentes con respecto a las importaciones en la Comunidad de determinados tubos sin soldadura y tubos de hierro o de acero sin alear originarios, entre otros lugares, de la República Checa: modificación del nombre de una empresa sujeta a un tipo de derecho antidumping individual

(2003/C 296/03)

Las importaciones de determinados tubos sin soldadura y tubos de hierro o de acero sin alear originarios, entre otros sitios, de la República Checa, están sujetas a derechos antidumping definitivos, impuestos por el Reglamento (CE) n° 2320/97 del Consejo(1).

Nova Hut a.s., empresa establecida en la República Checa y cuyas exportaciones de determinados tubos sin soldadura y tubos a la Comunidad están sujetas a un derecho antidumping individual del 5,1 % en virtud del Reglamento antes mencionado, ha informado a la Comisión de que a partir del 11 de abril de 2003 cambió de nombre pasando a llamarse Ispat Nova Hut a.s..

La empresa ha solicitado a la Comisión que confirme que el cambio de nombre no afecta al derecho de la empresa a beneficiarse del tipo de derecho individual aplicado a la misma bajo su nombre anterior de Nova Hut a.s..

La Comisión ha examinado la información facilitada, que demuestra que ninguna de las actividades de la empresa vinculadas a la fabricación, venta y exportación de determinados tubos sin soldadura y tubos de hierro o de acero sin alear resulta afectada por el cambio de nombre. Por ello, la Comisión ha determinado que el cambio de nombre de la empresa no afecta en modo alguno a las conclusiones del Reglamento (CE) n° 2320/97 del Consejo. Por lo tanto, la referencia a Nova Hut a.s. que figura en el apartado 2 del artículo 1 del Reglamento (CE) n° 2320/97 del Consejo deberá entenderse como una referencia a Ispat Nova Hut a.s..

El Código Taric adicional 8463 atribuido anteriormente a Nova Hut a.s. se aplicará a Ispat Nova Hut a.s..

(1) DO L 322 de 25.11.1997, p 1.

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