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Document 92001E000758

PREGUNTA ESCRITA P-0758/01 de Werner Langen (PPE-DE) a la Comisión. Programa de la UE para el sacrificio de bóvidos, en favor del mercado de carne de vacuno.

DO C 261E de 18.9.2001, pp. 191–192 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

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92001E0758

PREGUNTA ESCRITA P-0758/01 de Werner Langen (PPE-DE) a la Comisión. Programa de la UE para el sacrificio de bóvidos, en favor del mercado de carne de vacuno.

Diario Oficial n° 261 E de 18/09/2001 p. 0191 - 0192


PREGUNTA ESCRITA P-0758/01

de Werner Langen (PPE-DE) a la Comisión

(7 de marzo de 2001)

Asunto: Programa de la UE para el sacrificio de bóvidos, en favor del mercado de carne de vacuno

En el marco del programa de la UE en apoyo del mercado de carne de vacuno, en Alemania se ha previsto comprar, sacrificar e incinerar 400 000 vacas mayores de 30 meses. De ellas, 12 000 corresponden al Land de Renania-Palatinado. Según la licitación del ministerio de Protección del Consumidor, Agricultura y Alimentación, publicada en el Bundesanzeiger (publicación oficial con este fin), pueden presentarse a la licitación 314 mataderos alemanes siempre que estén en condiciones de sacrificar 40 vacas por hora. Esta condición es resultado de las estrictas normas que impone la reglamentación de la UE. Según uno de los mataderos con mayor capacidad, en Renania-Palatinado no se puede cumplir esta condición debido a los retrasos que originan las pruebas de EEB que se realizan con muestras del cerebro de los animales. La consecuencia de ello sería transportar los animales hasta mataderos que dispongan de la capacidad necesaria. Sin embargo, se deben evitar gastos de transporte a los agricultores y los transportes innecesarios y prolongados de animales.

1. ¿Cuáles son concretamente esas normas estrictas que originan que deban sacrificarse 40 reses por hora? ¿ Hasta qué punto son restrictivas?

2. ¿Cómo justifica la Comisión dichas normas?, ¿las considera imprescindibles, habida cuenta de las dificultades mencionadas?

3. ¿Qué posibilidades existen, en opinión de la Comisión, para solucionar los problemas concretos de realización?

Respuesta del Sr. Fischler en nombre de la Comisión

(3 de mayo de 2001)

El Reglamento (CE) no 2777/2000 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2000, por el que se adoptan medidas excepcionales de apoyo al mercado de carne de vacuno(1) no especifica ningún tipo particular de matadero en lo que respecta a su capacidad. No obstante, el artículo 7 del Reglamento establece que los Estados miembros deberán adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la correcta aplicación del plan, en particular, el cumplimiento de las disposiciones de su artículo 5.

De acuerdo con la información transmitida por las autoridades alemanas, la capacidad mínima de sacrificio por matadero se estableció como consecuencia del limitado personal disponible con un plazo de preaviso corto para las operaciones de control sobe el terreno. Sin embargo, los mataderos participantes seleccionados cubren geográficamente las principales zonas de producción de carne de vacuno en Alemania, con lo que se garantiza una distancia razonable para el transporte de los animales.

(1) DO L 321 de 19.12.2000.

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