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Document 92001E000227
WRITTEN QUESTION E-0227/01 by Rosemarie Müller (PSE) to the Commission. Freedom of movement for the disabled.
PREGUNTA ESCRITA E-0227/01 de Rosemarie Müller (PSE) a la Comisión. Derecho de las personas con discapacidad a la libre circulación.
PREGUNTA ESCRITA E-0227/01 de Rosemarie Müller (PSE) a la Comisión. Derecho de las personas con discapacidad a la libre circulación.
DO C 261E de 18.9.2001, pp. 68–69
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
PREGUNTA ESCRITA E-0227/01 de Rosemarie Müller (PSE) a la Comisión. Derecho de las personas con discapacidad a la libre circulación.
Diario Oficial n° 261 E de 18/09/2001 p. 0068 - 0069
PREGUNTA ESCRITA E-0227/01 de Rosemarie Müller (PSE) a la Comisión (5 de febrero de 2001) Asunto: Derecho de las personas con discapacidad a la libre circulación Las organizaciones de personas con discapacidad se quejan de las dificultades de tipo administrativo que impiden a éstas ejercer su derecho a la libre circulación y a la libre elección de puesto de trabajo en la Unión Europea. La situación es especialmente problemática cuando estas personas desean regresar a su país de origen, ya que para recuperar las prestaciones sociales de que antes disfrutaban, suspendidas durante el período de permanencia en el extranjero, se ven obligadas a presentar de nuevo las solicitudes correspondientes, lo que supone un trámite muy laborioso. 1. ¿Es consciente la Comisión de los obstáculos de tipo legal y administrativo que dificultan a las personas con discapacidad ejercer su derecho a la libre circulación? 2. ¿Cómo se podría solucionar este problema? 3. ¿Piensa proponer la Comisión modificaciones de tipo legislativo con objeto de solucionar este tipo de problemas? Si es así, ¿cuándo prevé presentar una propuesta legislativa? Respuesta de la Sra. Diamantopoulou en nombre de la Comisión (21 de marzo de 2001) La Comisión no ha recibido ninguna queja relativa a obstáculos de tipo legal o administrativo que dificulten a las personas con discapacidad ejercer su derecho a la libre circulación y a la libre elección de puesto de trabajo en la Comunidad. Si Su Señoría posee información sobre casos concretos, le rogamos la transmita a la Comisión, que podría así iniciar una investigación para comprobar si se ha infringido el Derecho comunitario y, en su caso, decidir las medidas que deben adoptarse.