Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 22018D1762

Decisión del Comité Mixto del EEE n.° 28/2017, de 3 de febrero de 2017, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2018/1762]

DO L 297 de 22.11.2018, p. 34–34 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2018/1762/oj

22.11.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 297/34


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N.o 28/2017

de 3 de febrero de 2017

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2018/1762]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1802 de la Comisión, de 11 de octubre de 2016, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 414/2013 de la Comisión, por el que se especifica un procedimiento para la autorización de unos mismos biocidas con arreglo al Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1).

(2)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el punto 12zzp [Reglamento de Ejecución (UE) n.o 414/2013 de la Comisión] del capítulo XV del anexo II del Acuerdo EEE, se inserta el texto siguiente:

«, modificado por:

32016 R 1802: Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1802 de la Comisión, de 11 de octubre de 2016 (DO L 275 de 12.10.2016, p. 34).».

Artículo 2

El texto del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1802 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 4 de febrero de 2017, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 3 de febrero de 2017.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Claude MAERTEN


(1)   DO L 275 de 12.10.2016, p. 34.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


Top