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Cooperación judicial: plataforma de colaboración para equipos conjuntos de investigación

Cooperación judicial: plataforma de colaboración para equipos conjuntos de investigación

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2023/969 por el que se establece una plataforma de colaboración en apoyo del funcionamiento de los equipos conjuntos de investigación

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Su objetivo es facilitar que fiscales y jueces, trabajando juntos en equipos conjuntos de investigación (ECI), intercambien información y lleven a los delincuentes ante la justicia. Para ello:

  • establece una plataforma digital (plataforma de colaboración de los ECI) de uso voluntario;
  • asigna responsabilidades entre los usuarios de la plataforma y la agencia que la gestiona;
  • establece las condiciones de acceso de los usuarios;
  • establece normas específicas de protección de datos.

PUNTOS CLAVE

La plataforma cuenta con:

  • un sistema de información centralizado para el almacenamiento temporal de datos centrales;
  • programas informáticos para una comunicación segura;
  • conexiones y herramientas informáticas pertinentes para apoyar a los ECI.

La plataforma facilita:

  • la coordinación y la gestión de los ECI, equipos creados por dos o más Estados miembros de la Unión Europea (UE) para investigaciones penales específicas y limitadas en el tiempo;
  • el intercambio rápido y seguro y el almacenamiento temporal de datos operativos;
  • la seguridad de las comunicaciones de mensajería instantánea, chats y videoconferencias;
  • la trazabilidad de los intercambios de pruebas;
  • las evaluaciones de los ECI.

Responsabilidades

  • La Agencia Europea para la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y justicia (eu-LISA):
    • diseña, desarrolla y opera la plataforma;
    • supervisa el desarrollo de la plataforma y proporciona estadísticas técnicas periódicas;
    • informa al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión Europea una vez finalizada la plataforma;
    • presenta un informe anual a la Comisión Europea, a más tardar dos años después de que la plataforma comience a funcionar, sobre su rendimiento técnico.
  • Los Estados miembros:
    • garantizan que sus autoridades competentes puedan acceder técnicamente a la plataforma;
    • permiten a los usuarios de su plataforma acceder a cursos de formación.
  • Eurojust, Europol, la Fiscalía Europea, la OLAF y otras instituciones, órganos y organismos competentes de la UE garantizan que puedan acceder a la plataforma.
  • La Secretaría de la red de ECI:
    • proporciona apoyo administrativo, jurídico y técnico, así como orientación y asistencia diarias;
    • diseña y ofrece cursos de formación;
    • fomenta una cultura de cooperación transfronteriza;
    • presenta un informe anual sobre las formas de mejorar la plataforma;
    • el Consejo de Administración del Programa, creado por el Consejo de Administración de eu-LISA, garantiza una gestión adecuada de la fase de diseño y desarrollo de la plataforma;
    • un grupo consultivo, creado por eu-LISA, proporciona las competencias necesarias;
    • los administradores del espacio de los ECI conceden acceso a la plataforma a las autoridades de la UE y de fuera de la UE, así como a instituciones, órganos y organismos de la UE y a autoridades judiciales internacionales en determinadas condiciones.

Seguridad

Protección de datos

  • Los datos operativos:
    • se almacenan en el sistema de información centralizado hasta que todos los usuarios del ECI los descargan;
    • se borran automática y permanentemente una vez descargados.
  • Los datos no operativos:
    • se almacenan durante un máximo de cinco años si está prevista la evaluación de una ECI completada;
    • se borran automáticamente si no se va a realizar ninguna evaluación.
  • Las autoridades nacionales y europeas que utilizan la plataforma se consideran responsables del tratamiento de datos de conformidad con las normas de la UE; un administrador del ECI desempeña este papel para autoridades judiciales de fuera de la UE e internacionales.
  • Los datos de la plataforma solo pueden utilizarse para el ECI pertinente.
  • El acceso a la plataforma está limitado a los funcionarios autorizados.

La Comisión:

  • adopta los actos de ejecución necesarios;
  • proporciona una evaluación global de la plataforma al Parlamento Europeo y al Consejo cada cuatro años sobre la base de los informes anuales que recibe de eu-LISA;
  • determina cuándo comienza a funcionar la plataforma (más tardar el 7 de diciembre de 2025).

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 6 de junio de 2023.

ANTECEDENTES

Los equipos conjuntos de investigación existen desde 2002, pero se han enfrentado a dificultades técnicas, como el intercambio seguro de información electrónica. Una plataforma informática específica permitirá superar estos problemas.

Para más información, véanse:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2023/969 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, por el que se establece una plataforma de colaboración en apoyo del funcionamiento de los equipos conjuntos de investigación y se modifica el Reglamento (UE) 2018/1726 (DO L 132 de 17.5.2023, pp. 1-20).

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (UE) 2018/1726 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, relativo a la Agencia de la Unión Europea para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (eu-LISA), y por el que se modifican el Reglamento (CE) n.o 1987/2006 y la Decisión 2007/533/JAI del Consejo y se deroga el Reglamento (UE) n.o 1077/2011 (DO L 295 de 21.11.2018, pp. 99-137).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2018/1726 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Decisión Marco 2002/465/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, sobre equipos conjuntos de investigación (DO L 162 de 20.6.2002, pp. 1-3).

Véase la versión consolidada.

Acto del Consejo, de 29 de mayo de 2000, por el que se celebra, de conformidad con el artículo 34 del Tratado de la Unión Europea, el Convenio relativo a la asistencia judicial en materia penal entre los Estados miembros de la Unión Europea (DO C 197 de 12.7.2000, pp. 1-23).

última actualización 17.10.2023

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