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Trabajo no declarado: cooperación entre los países de la Unión Europea

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Trabajo no declarado: cooperación entre los países de la Unión Europea

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Decisión (UE) 2016/344 relativa a la creación de una Plataforma europea para reforzar la cooperación en materia de lucha contra el trabajo no declarado

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DECISIÓN?

  • Establece una plataforma o foro a escala de la Unión Europea (UE) en el que se reúnan representantes de todos los países de la UE para:
    • intercambiar información y mejores prácticas,
    • desarrollar conocimientos y capacidades, y
    • llevar a cabo una cooperación transfronteriza más estrecha a fin de luchar contra el trabajo no declarado* de forma más eficaz y eficiente.

PUNTOS CLAVE

  • La Plataforma tiene por objeto:
    • reducir el trabajo no declarado,
    • mejorar las condiciones de trabajo,
    • fomentar la integración en el mercado laboral y la inclusión social,
    • mejorar el cumplimiento de la ley en materia de integración en el mercado laboral y la inclusión social,
    • alentar el desarrollo de empleo formal,
    • contribuir a las reformas estructurales en el ámbito del trabajo no declarado.
  • La Plataforma apoya la cooperación entre los países de la UE a través de:
    • el intercambio de mejores prácticas y de información,
    • el desarrollo de pericia y análisis,
    • el fomento de formas innovadores de cooperación transfronteriza eficaz y eficiente,
    • la promoción de una comprensión más amplia de las cuestiones planteadas por el trabajo no declarado.
  • Las actividades de la Plataforma incluyen:
    • el desarrollo de definiciones compartidas y conceptos comunes, análisis comparativos, recopilación de datos y la utilización de revisiones interpares;
    • el análisis de diferentes políticas, medidas preventivas y sanciones;
    • la creación de un banco de conocimientos para intercambiar información y experiencias;
    • la elaboración de directrices de aplicación, manuales de buenas prácticas y principios compartidos de inspección;
    • el fomento del intercambio de funcionarios nacionales y actividades conjuntas,
    • el examen de la viabilidad de un sistema de intercambio rápido de información y la mejora del intercambio de datos,
    • el desarrollo de la capacidad de formación,
    • el aumento de la concienciación sobre el problema del trabajo no declarado mediante campañas europeas y la coordinación de estrategias a escala regional y de la UE.
  • La Plataforma coopera estrechamente con otros grupos de expertos y comités de la UE implicados en la lucha contra el trabajo no declarado.
  • La Plataforma está formada por representantes de cada país de la UE, de la Comisión Europea y de empresarios y trabajadores.
  • Representantes de los interlocutores sociales, especialmente de los sectores con una mayor incidencia del trabajo no declarado, organismos internacionales y de la UE pertinentes, como la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, y países de fuera de la UE (Islandia, Liechtenstein y Noruega) pueden asistir como observadores.
  • La Comisión preside la Plataforma que se reúne al menos dos veces al año.
  • La participación en la Plataforma no afecta a otros esfuerzos nacionales e internacionales de los países de la UE para luchar contra el trabajo no declarado.
  • La Comisión informará sobre las actividades de la Plataforma a más tardar el 13 de marzo de 2020. Puede que se modifique el ámbito de aplicación de sus actividades.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DECISIÓN?

Está en vigor desde el 12 de marzo de 2016.

ANTECEDENTES

  • El trabajo no declarado es especialmente común en sectores como la construcción, las reparaciones, la jardinería, la limpieza, el cuidado de niños, la restauración y los hoteles.
  • Perjudica la economía de la UE, da lugar a competencia desleal y debilita la protección social y laboral de los trabajadores.
  • Las autoridades nacionales son las principales encargadas de luchar contra el trabajo no declarado: bien por disuasión (sanciones estrictas, inspecciones más estrictas) o por prevención (incentivos o amnistías fiscales).

* TÉRMINOS CLAVE

Trabajo no declarado: cualquier actividad retribuida que sea legal en cuanto a su naturaleza, pero que no sea declarada a las autoridades públicas.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Decisión (UE) 2016/344 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativa a la creación de una Plataforma europea para reforzar la cooperación en materia de lucha contra el trabajo no declarado (DO L 65 de 11.3.2016, pp. 12-20)

última actualización 12.12.2016

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