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Document 21997D0313(06)

    Decisión del Comité Mixto del EEE nº 65/96 de 27 de noviembre de 1996 por la que se modifica el Anexo XIV (Competencia) del Acuerdo del EEE

    DO L 71 de 13.3.1997, p. 38–38 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO, HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1996/65(2)/oj

    21997D0313(06)

    Decisión del Comité Mixto del EEE nº 65/96 de 27 de noviembre de 1996 por la que se modifica el Anexo XIV (Competencia) del Acuerdo del EEE

    Diario Oficial n° L 071 de 13/03/1997 p. 0038 - 0038


    DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE N° 65/96 de 27 de noviembre de 1996 por la que se modifica el Anexo XIV (Competencia) del Acuerdo del EEE

    EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado el Acuerdo, y, en particular, su artículo 98,

    Considerando que el Anexo XIV del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 46/96 (1);

    Considerando que el Reglamento (CE) n° 1523/96 de la Comisión, de 24 de julio de 1996, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 1617/93 relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 85 del Tratado a determinadas categorías de acuerdos, decisiones y prácticas concertadas que tengan por objeto la planificación conjunta y la coordinación de horarios, la utilización conjunta de líneas, las consultas relativas a las tarifas de transporte de pasajeros y mercancías en los servicios aéreos regulares y la asignación de períodos horarios en los aeropuertos (2), debe incorporarse al Acuerdo,

    DECIDE:

    Artículo 1

    En el punto 11b [Reglamento (CEE) n° 1617/93 de la Comisión] del Anexo XIV del Acuerdo se añadirá el texto siguiente:

    «, modificado por:

    - 396 R 1523: Reglamento (CE) n° 1523/96 de la Comisión, de 24 de julio de 1996, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 1617/93 (DO n° L 190 de 31. 7. 1996, p. 11).».

    Artículo 2

    Son auténticos los textos del Reglamento (CE) n° 1523/96 de la Comisión en lenguas islandesa y noruega, que se incorporan como Anexos a las respectivas versiones lingueísticas de la presente Decisión.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor el 1 de diciembre de 1996, siempre que se hayan presentado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.

    Artículo 4

    La presente Decisión será publicada en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

    Hecho en Bruselas, el 27 de noviembre de 1996.

    Por el Comité Mixto del EEE

    El Presidente

    H. HAFSTEIN

    (1) DO n° L 291 de 14. 11. 1996, p. 39.

    (2) DO n° L 190 de 31. 7. 1996, p. 11.

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