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Document C2007/235/10

Asunto C-382/05: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 18 de julio de 2007 — Comisión de las Comunidades Europeas/República italiana (Incumplimiento de Estado — Contratos públicos de servicios — Directiva 92/50/CEE — Convenios relativos al tratamiento de residuos urbanos — Calificación — Contrato público — Concesión de servicios — Medidas de publicidad)

DO C 235 de 6.10.2007, p. 7–7 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

6.10.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 235/7


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 18 de julio de 2007 — Comisión de las Comunidades Europeas/República italiana

(Asunto C-382/05) (1)

(Incumplimiento de Estado - Contratos públicos de servicios - Directiva 92/50/CEE - Convenios relativos al tratamiento de residuos urbanos - Calificación - Contrato público - Concesión de servicios - Medidas de publicidad)

(2007/C 235/10)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: A. Aresu y X. Lewis, agentes)

Demandada: República italiana (representantes: I.M. Braguglia y G. Fiengo, agentes)

Objeto

Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 11, 15 y 17 de la Directiva 92/50/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1992, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de servicios (DO L 209, p. 1) — Adjudicación de un contrato sin publicación del anuncio adecuado — Celebración de contratos para la utilización de la fracción residual de los residuos urbanos generada en los municipios de la Región de Sicilia

Fallo

1)

Declarar que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 92/50/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1992, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de servicios, en su versión modificada por la Directiva 2001/78/CE de la Comisión, de 13 de septiembre de 2001, y, en particular, de sus artículos 11, 15 y 17, al haber incoado la Presidenza del Consiglio dei Ministri — Dipartimento per la protezione civile — Ufficio del Commissario delegato per l'emergenza rifiuti e la tutela delle acque in Sicilia el procedimiento encaminado a la celebración de los convenios relativos a la utilización de la fracción residual de los residuos urbanos, después de su recogida selectiva, generada en los municipios de la región de Sicilia y al haber celebrado dichos convenios sin seguir los procedimientos previstos en la citada Directiva y, en particular, sin haber ordenado que se publicara el correspondiente anuncio de contrato en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

2)

Condenar en costas a la República Italiana.


(1)  DO C 22 de 28.1.2006.


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