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Document C2006/224/94

    Asunto T-137/04: Auto del Tribunal de Primera Instancia de 22 de junio de 2006 — Mayer y otros/Comisión ( Directiva 92/43/CEE del Consejo — Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres — Decisión 2004/69/CE de la Comisión — Lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica alpina — Recurso de anulación — Inadmisibilidad )

    DO C 224 de 16.9.2006, p. 44–44 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    16.9.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 224/44


    Auto del Tribunal de Primera Instancia de 22 de junio de 2006 — Mayer y otros/Comisión

    (Asunto T-137/04) (1)

    («Directiva 92/43/CEE del Consejo - Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres - Decisión 2004/69/CE de la Comisión - Lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica alpina - Recurso de anulación - Inadmisibilidad»)

    (2006/C 224/94)

    Lengua de procedimiento: alemán

    Partes

    Demandantes: Kurt Martin Mayer (Eisentratten, Austria), Tilly Forstbetriebe GmbH (Treibach, Austria), Anton Volpini de Maestri (Spittal/Drau, Austria) y Johannes Volpini de Maestri (Seeboden, Austria) (representante: M. Schaffgotsch, abogado)

    Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: M. van Beek y B. Schima, agentes)

    Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: República de Finlandia (representantes: T. Pynnä y A. Guimaraes-Purokoski, agentes)

    Objeto

    Recurso de anulación de la Decisión 2004/69/CE de la Comisión, de 22 de diciembre de 2003, por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica alpina (DO 2004, L 14, p. 21)

    Fallo

    1)

    Declarar la inadmisibilidad del recurso.

    2)

    Los demandantes soportarán sus propias costas y las costas en que haya incurrido la Comisión.

    3)

    La República de Finlandia soportará sus propias costas.


    (1)  DO C 146, de 29.5.2004.


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