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Document 62012TA0006

    Asunto T-6/12: Sentencia del Tribunal General de 6 de septiembre de 2013 — Godrej Industries y VVF/Consejo ( «Dumping — Importaciones de determinados alcoholes grasos y sus mezclas originarios de la India, Indonesia y Malasia — Ajuste solicitado por cambio de divisas — Carga de la prueba — Perjuicio — Derecho antidumping definitivo» )

    DO C 304 de 19.10.2013, p. 17–17 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    19.10.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 304/17


    Sentencia del Tribunal General de 6 de septiembre de 2013 — Godrej Industries y VVF/Consejo

    (Asunto T-6/12) (1)

    (Dumping - Importaciones de determinados alcoholes grasos y sus mezclas originarios de la India, Indonesia y Malasia - Ajuste solicitado por cambio de divisas - Carga de la prueba - Perjuicio - Derecho antidumping definitivo)

    2013/C 304/29

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandantes: Godrej Industries Ltd (Bombay, India) y VVF Ltd (Bombay) (representante: B. Servais, abogado)

    Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: J.-P. Hix, agente, asistido por G. Berrisch y A. Polcyn, abogados)

    Partes coadyuvantes en apoyo de la parte demandada: Sasol Olefins & Surfactants GmbH (Hamburgo, Alemania); Sasol Germany GmbH (Hamburgo) (representantes: V. Akritidis, abogado, y J. Beck, Solicitor) y Comisión Europea (representantes: M. França y A. Stobiecka-Kuik, agentes)

    Objeto

    Recurso de anulación del Reglamento de Ejecución (UE) no 1138/2011 del Consejo, de 8 de noviembre de 2011, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de determinados alcoholes grasos y sus mezclas originarios de la India, Indonesia y Malasia (DO L 293, p. 1).

    Fallo

    1)

    Desestimar el recurso.

    2)

    Godrej Industries Ltd y VVF Ltd cargarán con las costas del Consejo de la Unión Europea y con las de Sasol Olefins & Surfactants GmbH y Sasol Germany GmbH, así como con sus propias costas.

    3)

    La Comisión Europea cargará con sus propias costas.


    (1)  DO C 49, de 18.2.2012.


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