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Document 52017BP1637
Resolution (EU) 2017/1637 of the European Parliament of 27 April 2017 with observations forming an integral part of the decision on discharge in respect of the implementation of the budget of the Office of the Body of European Regulators for Electronic Communications for the financial year 2015
Resolución (UE) 2017/1637 del Parlamento Europeo, de 27 de abril de 2017, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Oficina del Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas para el ejercicio 2015
Resolución (UE) 2017/1637 del Parlamento Europeo, de 27 de abril de 2017, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Oficina del Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas para el ejercicio 2015
DO L 252 de 29.9.2017, p. 167–169
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
29.9.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 252/167 |
RESOLUCIÓN (UE) 2017/1637 DEL PARLAMENTO EUROPEO
de 27 de abril de 2017
que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Oficina del Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas para el ejercicio 2015
EL PARLAMENTO EUROPEO,
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Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Oficina del Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas para el ejercicio 2015, |
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Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento, |
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Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A8-0143/2017), |
A. |
Considerando que, según sus estados financieros, el presupuesto definitivo de la Oficina del Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas («Oficina») para el ejercicio 2015 ascendió a 4 017 244 EUR, lo que representa una disminución del 3,5 % en comparación con 2014; |
B. |
Considerando que, según sus estados financieros, la contribución total de la Unión al presupuesto de la Oficina para el ejercicio 2015 ascendió a 3 498 143 EUR, lo que representa una disminución del 3,31 % en comparación con 2014; |
C. |
Considerando que el Tribunal de Cuentas («Tribunal»), en su Informe sobre las cuentas anuales de la Oficina correspondientes al ejercicio 2015 («Informe del Tribunal»), declaró haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Oficina para el ejercicio 2015 y la legalidad y la regularidad de las operaciones correspondientes; |
D. |
Considerando que, en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión, la autoridad de aprobación de la gestión hace hincapié en la importancia especial que reviste reforzar aún más la legitimidad democrática de las instituciones de la Unión mediante la mejora de la transparencia y la rendición de cuentas y la aplicación del concepto de presupuestación basada en el rendimiento y la buena gobernanza de los recursos humanos; |
Seguimiento de la aprobación de la gestión del ejercicio 2014
1. |
Constata que la Oficina:
constata que, por consiguiente, el Servicio de Auditoría Interna (SAI) de la Comisión cerró las dos recomendaciones que permanecían abiertas desde el seguimiento de 2014 sobre la revisión limitada de la aplicación de las normas de control interno; |
Gestión presupuestaria y financiera
2. |
Observa que la labor de supervisión presupuestaria durante el ejercicio 2015 dio lugar a un porcentaje de ejecución presupuestaria del 95,65 %, lo que representa una disminución del 2,26 % en comparación con el ejercicio 2014; observa que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago fue del 80,31 %, lo que representa un incremento del 4,65 % en comparación con 2014; |
3. |
Observa que, según el Informe del Tribunal, el grado de detalle del informe de ejecución presupuestaria difiere del de los transmitidos por la mayoría de las restantes agencias; observa que la Oficina ha delegado la función de contable en el contable de la Comisión, y que la diferencia en el grado de detalle se debe a las prácticas de información de la Comisión; observa que la Oficina está dispuesta a seguir cualquier directriz presupuestaria para la elaboración de informes durante el próximo ejercicio financiero, siempre que se presenten unas directrices de este tipo; pide al Tribunal y a la Red de Agencias de la Unión que proporcionen directrices comunes para la elaboración de informes basadas en las buenas prácticas de las agencias descentralizadas; |
4. |
Observa que la Agencia corrigió los presupuestos para 2015 y 2016 en relación con las estimaciones previstas para contribuciones de las autoridades nacionales de reglamentación de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) en 2014; observa que no llegaron a materializarse; reconoce que el Acuerdo AELC lo negocian la Comisión y los países interesados y que dicha Oficina no puede influir en las negociaciones; |
Compromisos y prórrogas
5. |
Observa que, según el Informe del Tribunal, el porcentaje de créditos comprometidos que se prorrogaron para el título II ascendió a 134 228 EUR (44 %), frente a 91 757, (40 %), en 2014; toma nota de que esas prórrogas están motivadas principalmente por la prestación de servicios que van más allá de 2015 y no indican necesariamente deficiencias en la planificación presupuestaria; |
Transferencias
6. |
Observa con satisfacción que el número de transferencias presupuestarias se redujo a 17 en 2015, frente a 37 en 2014; toma nota, además, de que no hubo ningún cambio en el gasto total en el título I (gastos de personal), que el título II (gastos administrativos) registró una disminución del 33 % y que el título III (gastos operativos) aumentó un 13 %; observa que los cambios en la estructura del presupuesto inicial eran menores que en 2014; |
Procedimientos de contratación pública y de selección de personal
7. |
Observa que, según el Informe del Tribunal, la Oficina subestimó sus necesidades para la provisión de servicios de organización de actos profesionales; observa que el contrato marco de cuatro años, que se firmó en 2013, alcanzó su importe máximo en diciembre de 2014; toma nota de que la subestimación de la Oficina se debió a una serie de cambios imprevistos en la organización de su reunión plenaria final para 2014; opina que la Oficina debería establecer un modus operandi con sus miembros y observadores para estas reuniones con el fin de evitar que se vuelvan a repetir situaciones como esta; señala que en agosto de 2015 se inició otro procedimiento de contratación para firmar un nuevo contrato marco y que mientras tanto la Oficina siguió contratando estos servicios utilizando órdenes de compra y contratos de bajo valor (procedimientos negociados); está de acuerdo con el Tribunal en que debería haberse utilizado un procedimiento abierto de contratación, en el que todos los interlocutores económicos interesados tengan derecho a presentar una oferta; observa que, en 2016, la Oficina revisó sus normas en materia de contratación en vigor para racionalizar el proceso, también mediante el uso de la licitación electrónica; se felicita de que la Oficina haya tomado ya medidas para mejorar sus normas en materia de contratación y de que publicara una licitación mediante procedimiento abierto que dio lugar a la firma de un contrato marco múltiple en cascada con tres empresas a partir de enero de 2016; |
8. |
Toma nota de que el número de puestos se redujo de 28 a finales de 2014 a 27 a finales de 2015; toma nota de que la Oficina asumió tareas suplementarias debido a una carga de trabajo adicional, lo que se añadió a las dificultades de contratación ocasionadas por la rotación de expertos; reconoce que la Oficina consiguió mantener un funcionamiento sostenible y logró el equilibrio en la distribución de la carga de trabajo entre su personal; |
Prevención y gestión de conflictos de intereses y transparencia
9. |
Observa que la Oficina mantuvo el registro público de los documentos de la Oficina BEREC sobre una base diaria; toma nota con satisfacción de que la Oficina estableció secciones especiales dedicadas a la política sobre conflictos de intereses y una nueva sección del sitio web para los discursos de su presidencia; |
10. |
Observa que la Oficina incluyó en su informe anual un subcapítulo sobre transparencia, rendición de cuentas e integridad; toma nota de que su informe anual cumple las directrices de la Comisión, que no prevén un capítulo estándar sobre transparencia, rendición de cuentas e integridad; |
11. |
Se felicita de que la Oficina haya participado activamente en los trabajos del grupo de trabajo sobre lucha contra el fraude de la red jurídica interagencias; observa con satisfacción que esta cooperación dio lugar a la adopción de la estrategia de lucha contra el fraude de la Oficina en febrero de 2017; |
12. |
Toma nota de que la Oficina espera finalizar sus normas internas sobre la denuncia de irregularidades en el primer semestre de 2017 y ya ha enviado su proyecto de política al Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD) para someterlo a un control previo; pide a la Agencia que adopte la política interna de denuncia de irregularidades, fomentando así una cultura de transparencia y rendición de cuentas en el trabajo, informe y forme regularmente a los empleados acerca de sus deberes y derechos con respecto a esa política, garantice la protección del denunciante frente a represalias, realice un seguimiento del fundamento de las alertas de los denunciantes de forma oportuna y establezca un canal para la notificación interna y anónima; pide a la Agencia que publique informes anuales sobre el número de casos de denuncias de irregularidades y el seguimiento de los mismos, y que los transmita a la autoridad de aprobación de la gestión; pide a la Oficina que informe a la autoridad de aprobación de la gestión cuando se hayan establecido e implementado dichas normas; |
Controles internos
13. |
Constata que las dos últimas de las 18 recomendaciones del SAI sobre la aplicación de las normas de control interno se cerraron en 2015, con lo que se completó la aplicación de estas normas; reconoce que el mantenimiento de un elevado nivel de cumplimiento de las normas de control interno genera una importante carga administrativa para la Oficina, habida cuenta de sus pequeñas dimensiones y de que el marco de estas normas no se diseñó en términos generales para las pequeñas organizaciones; |
14. |
Constata que no se identificó ningún riesgo crítico con arreglo al ejercicio de autoevaluación de los riesgos; observa que el informe de resultados de la evaluación de los riesgos contenía una lista de varios riesgos significativos; toma nota de que la Oficina elaboró un registro de los riesgos con los riesgos más importantes constatados durante la evaluación de los riesgos y los planes de acción para hacerles frente; |
Auditoría interna
15. |
Toma nota con satisfacción de que, según los resultados de la auditoría del SAI, los procesos auditados eran los adecuados para su finalidad y se han gestionado y organizado con eficacia; reconoce, no obstante, la observación del SAI en cuanto a la existencia de margen de maniobra para la introducción de nuevas mejoras en una serie de ámbitos específicos; observa que, para abordar las recomendaciones del SAI, la Oficina desarrolló un plan de acción cuya aplicación estaba prevista para 2016; |
Otros asuntos
16. |
Observa que la Comisión presentó en septiembre de 2016 una propuesta de reglamento [COM(2016) 591] en el que se propone convertir a la Oficina en una agencia de pleno derecho con mayores responsabilidades; destaca que todas las reformas aplicadas una vez concluido el proceso legislativo deben garantizar la máxima eficacia y rentabilidad, así como el más elevado nivel de transparencia y protección posible contra los conflictos de intereses, y servir para seguir ofreciendo valor añadido al sistema reglamentario de la Unión para las comunicaciones electrónicas; |
17. |
Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución de 27 de abril de 2017 (1) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias. |
(1) Textos aprobados de esa fecha, P8_TA-PROV(2017)0155 (véase la página 372 del presente Diario Oficial).