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Document 52012IP0298

Política de la UE sobre Cisjordania y Jerusalén Este Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de julio de 2012 , sobre la política de la UE sobre Cisjordania y Jerusalén Este (2012/2694(RSP))

DO C 349E de 29.11.2013, pp. 82–87 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

29.11.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 349/82


Jueves 5 de julio de 2012
Política de la UE sobre Cisjordania y Jerusalén Este

P7_TA(2012)0298

Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de julio de 2012, sobre la política de la UE sobre Cisjordania y Jerusalén Este (2012/2694(RSP))

2013/C 349 E/11

El Parlamento Europeo,

Vistas sus resoluciones anteriores, especialmente las de 29 de septiembre de 2011, sobre la situación en Palestina (1), de 16 de febrero de 2012, sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Convenio regional sobre las normas de origen preferenciales paneuromediterráneas (2), y de 9 de septiembre de 2010, sobre la situación del río Jordán, especialmente en la región baja del río (3),

Vistas las conclusiones del Consejo sobre el proceso de paz en Oriente Próximo, de 14 de mayo de 2012, de 18 de julio y de 23 de mayo de 2011, y de 8 de diciembre de 2009,

Vista la declaración sobre los últimos acontecimientos en Oriente Próximo y Siria realizada por la Vicepresidenta/Alta Representante, Catherine Ashton, en la sesión plenaria del Parlamento Europeo de 12 de junio de 2012,

Vistas las declaraciones de la Vicepresidenta/Alta Representante, Catherine Ashton, en particular las de 8 de junio de 2012 sobre la expansión de los asentamientos, de 25 de abril de 2012 sobre la decisión de las autoridades israelíes relativa al estatuto de los asentamientos de Sansana, Rejelim y Brujín en los Territorios Palestinos Ocupados, y de 22 de febrero de 2012 sobre la aprobación de los asentamientos israelíes,

Vistos los informes de los jefes de misión de la UE sobre Jerusalén Este, de enero de 2012, sobre «Zona C y creación del Estado Palestino», de julio de 2011, y sobre la violencia de los colonos, de abril de 2011, así como la nota adjunta de los jefes de misión de la UE sobre la violencia de los colonos, de febrero de 2012,

Visto el Cuarto Convenio de Ginebra, de 1949, relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempos de guerra,

Vista la Carta de las Naciones Unidas,

Vistas las Resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas 181 (1947) y 194 (1948), así como las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 242 (1967), 252 (1968), 338 (1973), 476 (1980), 478 (1980), 1397 (2002), 1515 (2003) y 1850 (2008),

Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas, de 1966,

Vistas las declaraciones del Cuarteto para Oriente Próximo y, en particular, las de 11 de abril de 2012 y 23 de septiembre de 2011,

Vista la declaración conjunta realizada por Israel y la Autoridad Nacional Palestina el 12 de mayo de 2012,

Visto el dictamen consultivo de la Corte Internacional de Justicia sobre las consecuencias jurídicas de la construcción de un muro en el territorio palestino ocupado, de 9 de julio de 2004,

Visto el plan bienal de creación de un Estado titulado «Palestina, poner fin a la ocupación, establecer el Estado» del Primer Ministro palestino, Salam Fayyad, de agosto de 2009,

Visto el Acuerdo provisional sobre Cisjordania y la Franja de Gaza, de 18 de septiembre de 1995,

Vistos los Acuerdos de Oslo («Declaración de Principios sobre las Disposiciones relacionadas con un Gobierno Autónomo Provisional»), de 13 de septiembre de 1993,

Visto el artículo 110, apartados 2 y 4, de su Reglamento,

A.

Considerando que la UE ha manifestado reiteradamente su apoyo a la solución consistente en la existencia de dos Estados —un Estado de Israel que disponga de unas fronteras seguras y reconocidas y un Estado Palestino independiente, democrático, contiguo y viable, que convivan en paz y seguridad— y ha declarado que no reconocerá ningún cambio en las fronteras anteriores a 1967 incluso por lo que respecta a la capitalidad de Jerusalén para ambos Estados, con excepción de los que acuerden las partes; y que el derecho del pueblo palestino a la autodeterminación y a un Estado propio es incuestionable, como lo es el derecho del Estado de Israel a la existencia dentro de fronteras seguras;

B.

Considerando que las conclusiones del Consejo de 14 de mayo de 2012 subrayaban que «los cambios en curso en el mundo árabe hacen tanto más urgente la necesidad de un avance en el proceso de paz en Oriente Próximo» y que «responder a las aspiraciones de los habitantes de la región, en particular la de los palestinos de adquirir la condición de Estado y la de los israelíes de gozar de seguridad es un elemento esencial para una paz duradera y la estabilidad y prosperidad de la región»;

C.

Considerando que las conversaciones de paz directas entre las partes están paralizadas, y que todos los esfuerzos recientes para reanudar las negociaciones han fracasado; considerando asimismo que la UE ha pedido a las partes que prosigan las acciones conducentes a la creación del clima de confianza necesario para garantizar unas negociaciones significativas, que se abstengan de acciones que socaven la credibilidad del proceso y que eviten su instigación;

D.

Considerando que, el 12 de mayo de 2012, Israel y la Autoridad Nacional Palestina emitieron una declaración conjunta en la que se comprometían a alcanzar la paz y manifestaban su esperanza de que el intercambio de cartas entre el Presidente Abbás y el Primer Ministro Netanyahu contribuya a lograr ese objetivo;

E.

Considerando que el Derecho internacional humanitario y en materia de derechos humanos, incluido el Cuarto Convenio de Ginebra, son plenamente aplicables a Cisjordania, incluidos Jerusalén Este y la Franja de Gaza; y que Israel está obligado, entre otras cosas, a velar de buena fe por que se satisfagan las necesidades básicas de la población palestina ocupada, a administrar su ocupación de forma que beneficie a la población local, a proteger y preservar los bienes de carácter civil y a evitar el traslado de su propia población a los territorios ocupados, así como el de la población de los territorios ocupados a su propio territorio;

F.

Considerando que los recientes informes de los jefes de misión de la UE sobre «Zona C y creación del Estado Palestino», sobre Jerusalén Este y sobre la violencia de los colonos confirmaron una vez más los alarmantes y potencialmente irreversibles acontecimientos sobre el terreno en las zonas en cuestión; que el Ministerio israelí de Asuntos Exteriores rechaza las afirmaciones de la prensa de la UE y ha criticado a la prensa por declarar que no contribuye a hacer avanzar el proceso de paz;

G.

Considerando que, desde los Acuerdos de Oslo de 1995, Cisjordania ha estado dividida desde el punto de vista administrativo en tres zonas; que la Zona C ocupa la mayor parte del territorio de Cisjordania; y que el desarrollo social y económico de la Zona C reviste una importancia fundamental para la viabilidad de un futuro Estado palestino;

H.

Considerando que la presencia palestina en Cisjordania, especialmente en la Zona C, y en Jerusalén Este se ha visto menoscabada por las políticas del Gobierno israelí, en particular mediante la construcción y la expansión de los asentamientos; que, con arreglo al Derecho internacional, los asentamientos israelíes son ilegales, y que constituyen un importante obstáculo para los esfuerzos de paz, dado que son subvencionados por el Gobierno israelí con importantes incentivos en los ámbitos de la fiscalidad, la vivienda, las infraestructuras, las carreteras, el acceso al agua, la educación, la asistencia sanitaria, etc.;

I.

Considerando que Israel, en su «Ley Fundamental: Jerusalén, Capital de Israel», de 1980, declaró que Jerusalén es la capital, completa y unida, de Israel, lo cual contraviene la Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 478 (1980); que las conclusiones del Consejo de 14 de mayo de 2012 reiteraban una vez más que debe encontrarse una vía negociada para resolver el estatuto de Jerusalén como futura capital de ambos Estados; que los actuales acontecimientos en Jerusalén Este hacen que la perspectiva de que Jerusalén se convierta en la futura capital de ambos Estados sea cada vez menos probable y más inviable; y que Jerusalén Este cada vez está más separada de Cisjordania, a la vez que la cuenca histórica de Jerusalén está cada vez está más separada del resto de Jerusalén Este;

J.

Considerando que, mientras que los palestinos que viven en Jerusalén Este representan el 37 % de la población de Jerusalén y el 36 % de los ingresos fiscales del municipio, solo el 10 % del presupuesto municipal se destina a Jerusalén Este, donde la prestación de servicios es sumamente inadecuada; y que las autoridades israelíes de Jerusalén Este han cerrado la mayoría de las instituciones palestinas, incluida la Casa de Oriente, dejando un vacío institucional y una ausencia de liderazgo en la población palestina local que siguen siendo un importante motivo de preocupación;

K.

Considerando que los palestinos que viven en Jerusalén Este tienen el estatuto de residentes permanentes, que solo puede ser transferido a los hijos en determinadas condiciones y no se transfiere automáticamente mediante el matrimonio, lo que impide a esposas e hijos de muchos residentes permanentes en Jerusalén Este vivir con sus familiares; y que, por otra parte, aproximadamente 200 000 colonos israelíes viven en Jerusalén Este y sus alrededores;

L.

Considerando que la protección de la población palestina y de sus derechos en Cisjordania, en particular la Zona C, y Jerusalén Este es de suma importancia para preservar la viabilidad de la solución consistente en la existencia de dos Estados; que la actual expansión de los asentamientos y la violencia de los colonos, las restricciones programadas y la consecuente grave escasez de viviendas, las demoliciones de viviendas, los desalojos y desplazamientos, las confiscaciones de tierras, las dificultades de acceso a los recursos naturales y la falta de asistencia y servicios sociales básicos están teniendo un impacto negativo considerable en las condiciones de vida de los palestinos; que la situación económica en esas zonas, agravada por las restricciones al acceso, la circulación y la planificación, sigue siendo una causa importante de preocupación; y que, de conformidad con el informe anual de la OIT, en Cisjordania, el 53,5 % de las mujeres y el 32,3 % de los hombres con edades comprendidas entre los 15 y los 24 años no tienen empleo;

M.

Considerando que la población palestina de Cisjordania, especialmente en la Zona C, y en Jerusalén Este se enfrenta a una grave escasez de agua; que los agricultores palestinos se ven gravemente afectados por la falta de agua para el riego, provocada por el uso de la mayor parte del agua en cuestión por Israel y los colonos israelíes; y que la disponibilidad de recursos hídricos suficientes es esencial para la viabilidad de un futuro Estado palestino;

N.

Considerando que el muro de separación construido por Israel, que no sigue la Línea Verde, aísla partes considerables del territorio palestino tanto en Cisjordania como en Jerusalén Este; y que en el dictamen consultivo de la Corte Internacional de Justicia sobre las consecuencias jurídicas de la construcción de un muro en el territorio palestino ocupado, de 2004, se declaraba que «la construcción del muro que está elevando Israel … y su régimen conexo, son contrarios al Derecho internacional»;

O.

Considerando que el Parlamento Europeo ha manifestado en repetidas ocasiones su apoyo a los esfuerzos de creación institucional del Presidente Mahmud Abbás y del Primer Ministro Salam Fayyad, y que ha acogido con satisfacción el éxito del plan bienal de creación de un Estado del Primer Ministro Fayyad; considerando asimismo que la Zona C y Jerusalén Este deben seguir siendo prioridades de los planes de desarrollo nacionales palestinos, también como respuesta al sentimiento de abandono que experimentan los palestinos que residen en dichas zonas;

P.

Considerando que más de 4 500 presos palestinos, incluidos 24 miembros del Consejo Legislativo Palestino, unos 240 niños y más de 300 palestinos en situación de detención administrativa están actualmente detenidos en cárceles y centros de detención israelíes;

Q.

Considerando que los beduinos árabes son un pueblo indígena que lleva una vida agrícola sedentaria y tradicional en sus tierras ancestrales y que busca un reconocimiento formal y permanente de su situación y condición particulares; considerando que las comunidades de beduinos árabes, amenazadas por las políticas israelíes que menoscaban sus medios de subsistencia, incluidos los traslados forzosos, constituyen una población particularmente vulnerable tanto en los Territorios Palestinos Ocupados como en el Neguev;

R.

Considerando que, según el informe del Grupo de trabajo sobre desplazamientos (Displacement Working Group), publicado el 14 de mayo de 2012, y el Monitor Humanitario mensual de la OCAH, desde enero de 2011 las fuerzas israelíes han destruido más de 60 estructuras, incluidos paneles solares, depósitos de agua y edificios agrícolas, financiadas por la Unión Europea; y que más de 100 proyectos similares corren peligro de demolición;

S.

Considerando que, en muchas ocasiones, incluidas las conclusiones del Consejo de 14 de mayo de 2012, la UE y sus Estados miembros han reiterado su compromiso fundamental con la seguridad de Israel, condenado con la máxima firmeza la violencia que deliberadamente tiene como objetivo a la población civil, incluidos los ataques con cohetes desde la Franja de Gaza, y solicitado que se evite eficazmente la entrada en Gaza de armas de contrabando;

T.

Considerando que el artículo 2 del Acuerdo de Asociación UE-Israel establece que las relaciones entre las Partes se fundamentan en el respeto de los principios democráticos y de los derechos humanos, que inspira sus políticas interiores y exteriores y constituye un elemento esencial del Acuerdo;

U.

Considerando que el bloqueo de la Franja de Gaza y la crisis humanitaria de esta zona continúan desde 2007, a pesar de los numerosos llamamientos de la comunidad internacional en favor de una apertura inmediata, permanente e incondicional de los pasos fronterizos para permitir el flujo de ayuda humanitaria, mercancías y personas hacia y desde Gaza, tal como se recoge una vez más en las conclusiones del Consejo de 14 de mayo de 2012;

1.

Reitera su firme apoyo a la solución consistente en la existencia de dos Estados, sobre la base de las fronteras de 1967, con Jerusalén como capital de ambos Estados, con un Estado de Israel que disponga de unas fronteras seguras y reconocidas y un Estado de Palestina independiente, democrático, contiguo y viable conviviendo en paz y seguridad;

2.

Acoge con satisfacción las conclusiones del Consejo relativas al proceso de paz en Oriente Próximo, de 14 de mayo de 2012, que incluyen conclusiones sobre Cisjordania y la Franja de Gaza, y reitera que la UE no reconocerá ningún cambio en las fronteras anteriores a 1967, incluso por lo que respecta a Jerusalén, con excepción de los que acuerden las partes y acoge con satisfacción la declaración del Cuarteto para Oriente Próximo de 11 de abril de 2012;

3.

Subraya que el fin del conflicto reviste un interés fundamental para la UE, así como para las propias partes y la región en general, y que ello se puede conseguir mediante un acuerdo de paz global, basado en las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, los principios de Madrid, incluido el de «paz por territorios», la Hoja de Ruta, los acuerdos alcanzados previamente por las partes y la Iniciativa Árabe de Paz; insiste en que cualquier resolución que se apruebe no debe afectar a la dignidad de ninguna de las dos partes; señala que la UE, en su calidad de mayor donante a la Autoridad Nacional Palestina y uno de los principales socios comerciales de Israel, dispone de instrumentos para alentar más activamente a ambas partes a trabajar con vistas a lograr una solución; pide a ambas partes que trabajen conjuntamente con la UE, que debe realizar todos los esfuerzos posibles para resolver el conflicto; recuerda que el Derecho internacional humanitario es aplicable en los Territorios Palestinos Ocupados, por lo que también lo es el Cuarto Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra;

4.

Subraya que las negociaciones directas entre israelíes y palestinos con miras a la solución consistente en la existencia de dos Estados deben reanudarse sin demora y de acuerdo con los plazos solicitados por el Cuarteto, con el fin de superar la inaceptable situación actual; se congratula por el intercambio de cartas entre las partes iniciado el 17 de abril de 2012 y por la declaración conjunta de Israel y la Autoridad Nacional Palestina, de 12 de mayo de 2012;

5.

Expresa su más profunda preocupación por los últimos acontecimientos acaecidos en la Zona C de Cisjordania y en Jerusalén Este, que se describen en los informes de los jefes de misión de la UE sobre «Zona C y creación del Estado Palestino», de julio de 2011, y sobre Jerusalén Este, de enero de 2012;

6.

Destaca la importancia de proteger a la población palestina y sus derechos en la Zona C y en Jerusalén Este, lo que resulta fundamental para preservar la viabilidad de la solución consistente en la existencia de dos Estados;

7.

Reitera que, conforme a la legislación internacional, todos los asentamientos siguen siendo ilegales y pide al Gobierno de Israel que detenga toda construcción y expansión de los asentamientos en Cisjordania y Jerusalén Este y desmantele todos los enclaves ilegales construidos desde marzo de 2001;

8.

Condena enérgicamente todos los actos de extremismo, violencia y acoso perpetrados por los colonos contra civiles palestinos, e insta al Gobierno y a las autoridades israelíes a que lleven ante la justicia a los autores de semejantes actos y los obliguen a rendir cuentas;

9.

Pide que se apliquen plena y efectivamente la legislación vigente de la UE y los acuerdos bilaterales UE-Israel, a fin de garantizar que el mecanismo de control de la UE —las modalidades técnicas — impida que los productos procedentes de los asentamientos israelíes sean importados en el mercado europeo en el marco del régimen preferencial del Acuerdo de Asociación UE-Israel;

10.

Pide al Gobierno y a las autoridades israelíes que cumplan sus obligaciones a tenor del Derecho internacional humanitario y, en particular, que:

pongan fin con carácter inmediato a las demoliciones de viviendas, a las expulsiones y a los desplazamientos forzosos de palestinos,

faciliten las actividades palestinas de planificación y construcción, así como la ejecución de los proyectos de desarrollo palestinos,

faciliten el acceso y los desplazamientos,

faciliten el acceso de los palestinos a las explotaciones agrícolas y lugares de pastoreo,

garanticen una distribución equitativa del agua que satisfaga las necesidades de la población palestina,

mejoren el acceso de la población palestina a asistencia y servicios sociales adecuados, en especial en los ámbitos de la educación y la sanidad pública, y

faciliten las operaciones humanitarias en la Zona C y en Jerusalén Este;

11.

Pide el fin de la detención administrativa sin acusación ni juicio formales que las autoridades israelíes practican contra los palestinos, el acceso a un juicio justo para todos los detenidos palestinos y la liberación de los presos políticos palestinos, en especial los miembros del Consejo Legislativo Palestino, incluido Marwan Barghouti, y de las personas en situación de detención administrativa; pide asimismo la inmediata liberación de Nabil al Raee, director artístico del Teatro de la Libertad del campo de refugiados de Yenín, detenido y retenido desde el 6 de junio de 2012; acoge con satisfacción el acuerdo alcanzado el 14 de mayo de 2012, que permitió que los presos palestinos pusieran fin a la huelga de hambre, y pide su total e inmediata aplicación;

12.

Pide que las comunidades beduinas de Cisjordania y el Neguev sean protegidas y que sus derechos sean plenamente respetados por las autoridades israelíes, y condena toda violación (por ejemplo, las demoliciones de viviendas, los traslados forzosos y las restricciones de los servicios públicos); igualmente solicita, en este contexto, que el Gobierno israelí retire el Plan Prawer;

13.

Anima al Gobierno y a las autoridades palestinas a que presten mayor atención a la Zona C y a Jerusalén Este en los planes y proyectos de desarrollo nacionales palestinos, con el objetivo de mejorar la situación y las condiciones de vida de la población palestina de estas zonas;

14.

Destaca una vez más que los medios pacíficos y no violentos son la única vía para alcanzar una solución duradera para el conflicto israelo-palestino; sigue apoyando, en este sentido, la política de resistencia no violenta del Presidente Abbás y alienta la reconciliación entre palestinos y el proceso palestino de construcción institucional, del que la celebración de elecciones presidenciales y parlamentarias constituye un elemento importante;

15.

Reitera su firme compromiso con la seguridad del Estado de Israel; condena todo acto de violencia de cualquiera de las partes que ataque deliberadamente a civiles, y se muestra consternado por los ataques con cohetes desde la Franja de Gaza;

16.

Pide al Consejo y a la Comisión que continúen apoyando y prestando asistencia a las instituciones palestinas y a los proyectos de desarrollo en la Zona C y en Jerusalén Este con vistas a la protección y el refuerzo de la población palestina; aboga por una mejor coordinación entre la UE y los Estados miembros en este ámbito; hace hincapié en que Israel debe poner fin a la práctica de retener los ingresos aduaneros y fiscales que pertenecen a la Autoridad Nacional Palestina;

17.

Insta al SEAE y a la Comisión a que verifiquen sobre el terreno todas las acusaciones relativas a la destrucción y los daños ocasionados a estructuras y proyectos financiados por la UE en los territorios ocupados, y presenten los resultados al Parlamento;

18.

Pide al Consejo y a la Comisión que sigan abordando estas cuestiones a todos los niveles en las relaciones bilaterales de la UE con Israel y con la Autoridad Nacional Palestina; hace hincapié en que el compromiso de Israel de respetar sus obligaciones con arreglo al Derecho internacional humanitario y en materia de derechos humanos en relación con la población palestina debe tenerse plenamente en cuenta en las relaciones bilaterales de la UE con dicho país;

19.

Insta una vez más a la UE y a sus Estados miembros a que desempeñen un papel político más activo, también en el marco del Cuarteto, en los esfuerzos encaminados a lograr una paz justa y duradera entre israelíes y palestinos; destaca nuevamente el papel central del Cuarteto y sigue apoyando plenamente a la Alta Representante en sus esfuerzos por crear una perspectiva creíble de relanzamiento del proceso de paz;

20.

Reitera su llamamiento a favor de un levantamiento inmediato, sostenido e incondicional del bloqueo de la Franja de Gaza para permitir el paso de personas y el flujo de ayuda humanitaria y mercancías, y pide que se adopten medidas que permitan la reconstrucción y la recuperación económica de esa zona; aboga asimismo, con el debido reconocimiento de las legítimas necesidades de seguridad de Israel, por un mecanismo de control eficaz que evite la entrada en Gaza de armas de contrabando; toma nota de la decisión del Consejo de prorrogar el mandato de la Misión de Asistencia Fronteriza de la UE para el paso fronterizo de Rafah hasta el 30 de junio de 2013, y confía en que esta cumpla sus cometidos y desempeñe una función decisiva y efectiva por lo que respecta a la gestión diaria de las relaciones transfronterizas y la creación de confianza entre Israel y la Autoridad Nacional Palestina; pide a Hamas que reconozca al Estado de Israel y preste su apoyo a la solución consistente en la existencia de dos Estados; asimismo le pide que ponga fin a la violencia, tanto interna como externa, contra el Estado de Israel;

21.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, al Representante Especial de la UE para el Proceso de Paz en Oriente Próximo, al Presidente de la Asamblea General de las Naciones Unidas, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, al Enviado del Cuarteto para Oriente Próximo, a la Knesset y al Gobierno de Israel, al Presidente de la Autoridad Nacional Palestina y al Consejo Legislativo Palestino.


(1)  Textos Aprobados, P7_TA(2011)0429.

(2)  Textos Aprobados, P7_TA(2012)0060.

(3)  DO C 308 E de 20.10.2011, p. 81.


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