Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52011AP0050

    Acuerdo UE-Brasil sobre exención de visados para estancias de corta duración para titulares de pasaportes diplomáticos, de servicio u oficiales *** Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 15 de febrero de 2011 , sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República Federativa de Brasil sobre exención de visados para estancias de corta duración para titulares de pasaportes diplomáticos, de servicio u oficiales (16362/2010 – C7-0399/2010 – 2010/0222(NLE))

    DO C 188E de 28.6.2012, p. 73–73 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    28.6.2012   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    CE 188/73


    Martes 15 de febrero de 2011
    Acuerdo UE-Brasil sobre exención de visados para estancias de corta duración para titulares de pasaportes diplomáticos, de servicio u oficiales ***

    P7_TA(2011)0050

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 15 de febrero de 2011, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República Federativa de Brasil sobre exención de visados para estancias de corta duración para titulares de pasaportes diplomáticos, de servicio u oficiales (16362/2010 – C7-0399/2010 – 2010/0222(NLE))

    2012/C 188 E/23

    (Aprobación)

    El Parlamento Europeo,

    Visto el proyecto de Decisión del Consejo (16362/2010),

    Visto el proyecto de Acuerdo entre la Unión Europea y la República Federativa de Brasil sobre exención de visados para estancias de corta duración para titulares de pasaportes diplomáticos, de servicio u oficiales (13708/2010),

    Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 77, apartado 2, letra a), y el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C7-0399/2010),

    Vistos el artículo 81 y el artículo 90, apartado 8, de su Reglamento,

    Vista la recomendación de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A7-0010/2011),

    1.

    Concede su aprobación a la celebración del Acuerdo;

    2.

    Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de la República Federativa de Brasil.


    Top