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Document 52006AE1364

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a un procedimiento de examen y consulta previos para determinadas disposiciones legales, reglamentarias o administrativas previstas por los Estados miembros en el sector de los transportes COM(2006) 284 final — 2006/0099 (COD)

DO C 324 de 30.12.2006, p. 36–36 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

30.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 324/36


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a un procedimiento de examen y consulta previos para determinadas disposiciones legales, reglamentarias o administrativas previstas por los Estados miembros en el sector de los transportes»

COM(2006) 284 final — 2006/0099 (COD)

(2006/C 324/16)

El 23 de junio de 2006, de conformidad con el apartado 3 del artículo 157 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta mencionada.

El 4 de julio de 2006, la Mesa del Comité encargó a la Sección Especializada de Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información la preparación de los trabajos del Comité en este asunto.

Dada la urgencia de los trabajos, en su 430o Pleno celebrado el 26 de octubre de 2006, el Comité Económico y Social Europeo ha nombrado ponente general al Sr. TÓTH y ha aprobado por 110 votos a favor y 5 abstenciones el presente Dictamen.

1.   Introducción

1.1

La propuesta de Decisión (1) sometida a examen tiene por objeto la revocación de la propuesta de Decisión del Consejo de 21 de marzo de 1962 (2) por la que se establece un procedimiento de examen y consulta previos para determinadas disposiciones legales, reglamentarias o administrativas previstas por los Estados miembros en el sector de los transportes.

1.2

El cometido de esta propuesta de Decisión es codificar la Decisión del Consejo de 21 de marzo de 1962 y, por consiguiente, respeta en su totalidad el contenido de los textos codificados y se limita a reagruparlos realizando en ellos únicamente las modificaciones formales que la propia operación de codificación requiere.

1.3

El origen de la actual propuesta de codificación es la Decisión de la Comisión de 1 de abril de 1987 (3), que daba instrucciones a sus servicios para que procedieran a la codificación de todos los actos legales, como máximo tras su décima modificación, en aras de la claridad y de la fácil comprensión de la legislación comunitaria.

2.   Observaciones generales

2.1

El Comité muestra especialmente su inquietud por la reciente tendencia a alienar a los ciudadanos europeos respecto de la idea de Europa y, lo que es aún más importante, del proceso legislativo y de la toma de decisiones en el ámbito europeo. La misión del Comité es contribuir a salvar la creciente distancia entre Europa y la sociedad civil organizada, es decir, la ciudadanía.

2.2

Resulta claro que mientras existan diversas disposiciones –modificadas en varias ocasiones– sometidas a una fragmentación que obliga a buscarlas, en parte, en el instrumento original y, en parte, en los posteriores instrumentos modificadores, esta considerable tarea de búsqueda impedirá a los ciudadanos de a pie y a las numerosas organizaciones de la sociedad civil encontrar fácilmente la información jurídica que precisen.

2.3

Por todo ello, el Comité respalda plenamente la actual propuesta con la esperanza de que ayude a todos los ciudadanos y a los grupos de interés de la sociedad civil a obtener una información mejor y más precisa en todo lo relacionado con el instrumento legislativo europeo.

Bruselas, 26 de octubre de 2006.

El Presidente

del Comité Económico y Social Europeo

Dimitris DIMITRIADIS


(1)  COM(2006) 284 final.

(2)  DO 23 de 3.4.1962, pp. 720-721.

(3)  COM(87) 868 PV.


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