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Document 32022D1512
Commission Implementing Decision (EU) 2022/1512 of 7 September 2022 on the request for registration of the European citizens’ initiative entitled ‘Every European house equipped with 1 kW photovoltaic and 0,6 kW wind turbines using EU funding through the municipalities alone’, pursuant to Regulation (EU) 2019/788 of the European Parliament and of the Council (notified under document C(2022) 6108) (Only the Romanian text is authentic)
Decisión de Ejecución (UE) 2022/1512 de la Comisión de 7 de septiembre de 2022 sobre la solicitud de registro de la iniciativa ciudadana europea titulada «Todos los hogares europeos equipados con una instalación fotovoltaica de 1 kW y aerogeneradores de 0,6 kW utilizando financiación de la UE a través de los municipios únicamente», de conformidad con el Reglamento (UE) 2019/788 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2022) 6108] (El texto en lengua rumana es el único auténtico)
Decisión de Ejecución (UE) 2022/1512 de la Comisión de 7 de septiembre de 2022 sobre la solicitud de registro de la iniciativa ciudadana europea titulada «Todos los hogares europeos equipados con una instalación fotovoltaica de 1 kW y aerogeneradores de 0,6 kW utilizando financiación de la UE a través de los municipios únicamente», de conformidad con el Reglamento (UE) 2019/788 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2022) 6108] (El texto en lengua rumana es el único auténtico)
C/2022/6108
DO L 235 de 12.9.2022, pp. 51–52
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
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12.9.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 235/51 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2022/1512 DE LA COMISIÓN
de 7 de septiembre de 2022
sobre la solicitud de registro de la iniciativa ciudadana europea titulada «Todos los hogares europeos equipados con una instalación fotovoltaica de 1 kW y aerogeneradores de 0,6 kW utilizando financiación de la UE a través de los municipios únicamente», de conformidad con el Reglamento (UE) 2019/788 del Parlamento Europeo y del Consejo
[notificada con el número C(2022) 6108]
(El texto en lengua rumana es el único auténtico)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2019/788 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la iniciativa ciudadana europea (1), y en particular su artículo 6, apartados 2 y 3,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 11 de julio de 2022 fue presentada a la Comisión la solicitud de registro de la iniciativa ciudadana europea titulada «Todos los hogares europeos equipados con una instalación fotovoltaica de 1 kW y aerogeneradores de 0,6 kW utilizando financiación de la UE a través de los municipios únicamente». |
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(2) |
Los objetivos de la iniciativa manifestados por los organizadores son los siguientes: «1) reducir la huella de CO2 de cada hogar; 2) responsabilizar a los municipios, distribuidores y proveedores de energía, limitando la migración entre proveedores de la zona verde, dotando con formación profesional a un empleado municipal, como mínimo, en cuestiones medioambientales y utilizando únicamente equipos de la UE; 3) desarrollar fuentes de energía verde en los pueblos más aislados y al extremo de las redes que, de otro modo, requerirían inversiones de consolidación financiadas por los distribuidores, los proveedores de energía o las unidades administrativas territoriales; 4) cambiar la percepción pública de que la energía verde es cara y educar al público para que consuma al menos 1 kW de energía solar durante el día con el fin de reducir las facturas. Decimos basta a la guerra energética y preparamos sistemas locales de turbo-bombas de hasta 400 kW, sistemas de riego por goteo y generadores de hidrógeno para zonas energéticas compactas. Se trata de un paso importante para la competitividad en la UE». |
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(3) |
En un anexo de la iniciativa se detallan más la finalidad, los objetivos y el contexto de la iniciativa y las razones para apoyarla. Los organizadores afirman que el dinero no utilizado para la resiliencia, la cohesión y el desarrollo regional podría servir para financiar, a través de las unidades administrativas territoriales, 600 millones de paneles fotovoltaicos y 197 000 megavatios de energía verde en aproximadamente 197 millones de hogares de toda la Unión, con un coste estimado de 750 000 millones EUR, con lo que sentarían las bases de la «Unión de la Energía Verde Europea». |
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(4) |
Por lo que se refiere a la convocatoria de medidas para instalar paneles fotovoltaicos y aerogeneradores a fin de suministrar energía verde a los hogares con el objetivo de reducir su huella de CO2, la Comisión tiene la facultad de presentar propuestas de actos jurídicos que establezcan la obligación de equipar los edificios nuevos o existentes con instalaciones de energías renovables y que traten de acelerar los procedimientos de autorización de proyectos de energías renovables sobre la base del artículo 194, apartado 2, del Tratado. |
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(5) |
En cuanto a que la iniciativa pide que sus objetivos se alcancen con la contribución de los fondos de la Unión, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, el Fondo de Transición Justa e InvestEU, sobre la base del artículo 173 o el artículo 175 del Tratado, y del nuevo Fondo Social para el Clima que se ha propuesto, basado en el artículo 91, apartado 1, letra d), el artículo 192, apartado 1, y el artículo 194, apartado 1, letra c), conviene señalar que todos prevén inversiones significativas en la transición ecológica. |
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(6) |
Por estas razones, ninguna de las partes de la iniciativa queda manifiestamente fuera del marco de las atribuciones de la Comisión para presentar una propuesta de acto jurídico de la Unión a efectos de la aplicación de los Tratados. |
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(7) |
Esta conclusión se entiende sin perjuicio de la evaluación del cumplimiento o no, en este caso, de las condiciones concretas de fondo necesarias para que la Comisión actúe, incluidos los principios de proporcionalidad y subsidiariedad y la compatibilidad con los derechos fundamentales. |
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(8) |
El grupo de organizadores ha aportado pruebas adecuadas de que cumple los requisitos establecidos en el artículo 5, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) 2019/788, y ha designado a las personas de contacto de conformidad con el artículo 5, apartado 3, párrafo primero, de dicho Reglamento. |
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(9) |
La iniciativa no es manifiestamente abusiva, frívola o vejatoria, ni manifiestamente contraria a los valores de la Unión establecidos en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea ni a los derechos consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. |
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(10) |
En consecuencia, debe registrarse la iniciativa ciudadana europea titulada «Todos los hogares europeos equipados con una instalación fotovoltaica de 1 kW y aerogeneradores de 0,6 kW utilizando financiación de la UE a través de los municipios únicamente». |
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(11) |
La conclusión de que se satisfacen las condiciones para el registro en virtud del artículo 6, apartado 3, del Reglamento (UE) 2019/788 no implica que la Comisión confirme en modo alguno la exactitud material del contenido de la iniciativa, que es responsabilidad exclusiva del grupo de organizadores de la misma. El contenido de la iniciativa únicamente expresa el punto de vista del grupo de organizadores y en ningún caso puede considerarse que refleja los puntos de vista de la Comisión. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Queda registrada la iniciativa ciudadana europea titulada «Todos los hogares europeos equipados con una instalación fotovoltaica de 1 kW y aerogeneradores de 0,6 kW utilizando financiación de la UE a través de los municipios únicamente».
Artículo 2
El destinatario de la presente Decisión es el grupo de organizadores de la iniciativa ciudadana titulada «Todos los hogares europeos equipados con una instalación fotovoltaica de 1 kW y aerogeneradores de 0,6 kW utilizando financiación de la UE a través de los municipios únicamente», representado por D. Augustin DANILA y D. Vlad VASILE, que actúan como personas de contacto.
Hecho en Bruselas, el 7 de septiembre de 2022.
Por la Comisión
Věra JOUROVÁ
Vicepresidenta