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Document 32019H0621(01)

    Recomendación del Consejo, de 14 de junio de 2019, con vistas a corregir la significativa desviación observada respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en Rumanía

    ST/10002/2019/INIT

    DO C 210 de 21.6.2019, p. 1–3 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    21.6.2019   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 210/1


    RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

    de 14 de junio de 2019

    con vistas a corregir la significativa desviación observada respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en Rumanía

    (2019/C 210/01)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 4,

    Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 10, apartado 2, párrafo segundo,

    Vista la Recomendación de la Comisión Europea,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    De conformidad con el artículo 121 del Tratado, los Estados miembros deben fomentar unas finanzas públicas saneadas a medio plazo mediante la coordinación de las políticas económicas y la supervisión multilateral a fin de evitar déficits públicos excesivos.

    (2)

    El Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC) se basa en el objetivo de lograr unas finanzas públicas saneadas como medio para reforzar las condiciones favorables a la estabilidad de precios y a un crecimiento fuerte, sostenible y generador de empleo.

    (3)

    En junio de 2017 y en junio de 2018, el Consejo concluyó, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 121, apartado 4, del Tratado, que en 2016 y 2017, respectivamente, se había observado una desviación significativa respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo de Rumanía. Habida cuenta de las significativas desviaciones constatadas, el Consejo emitió recomendaciones dirigidas a Rumanía del 16 de junio de 2017 (2) y 22 de junio de 2018 (3) con el fin de que adoptase las medidas necesarias para resolver dichas desviacioness. El Consejo concluyó posteriormente que Rumanía no había adoptado medidas efectivas en respuesta a esas recomendaciones. En la recomendación más reciente, adoptada el 4 de diciembre de 2018 (4), el Consejo recomendaba que Rumanía que adoptase las medidas necesarias a fin de garantizar que la tasa de crecimiento nominal del gasto público primario neto (5) no superara el 4,5 % en 2019, lo que corresponde a un ajuste estructural anual del 10 % del producto interior bruto (PIB).

    (4)

    En 2018, con arreglo a las previsiones de la primavera de 2019 de la Comisión y a los datos de ejecución de 2018 validados por Eurostat, el crecimiento del gasto público primario neto fue muy superior al valor de referencia para el gasto, lo que apunta a una desviación significativa por un margen bastante amplio (diferencia del 2,4 % del PIB). El déficit estructural no se redujo, permaneciendo bastante estable en torno a un 3, % del PIB potencial, lo que apunta también a una desviación significativa con respecto al ajuste estructural recomendado (desviación del 0,8 % del PIB). La magnitud de la desviación indicada por el saldo estructural se ve negativamente afectada por ingresos imprevistos, por un deflactor del PNB más elevado y por una mayor estimación subyacente del crecimiento del PIB potencial en comparación con la media a medio plazo subyacente al valor de referencia del gasto. No obstante, la magnitud de la desviación indicada por el saldo estructural se ve positivamente afectada por los bajos gastos de inversión pública, que se atenúan en el valor de referencia para el gasto. Independientemente de esa diferencia, ambos indicadores confirman una desviación significativa respecto de los requisitos del componente preventivo del Pacto de Estabilidad y Crecimiento en 2018.

    (5)

    El 5 de junio de 2019, tras una evaluación general, la Comisión consideró que se observaba en Rumanía una desviación significativa respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo y dirigió a ese país una advertencia con arreglo a lo dispuesto en el artículo 121, apartado 4, del Tratado y en el artículo 10, apartado 2, párrafo primero, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.

    (6)

    De conformidad con el artículo 10, apartado 2, párrafo segundo, del Reglamento (CE) n.o 1466/97, el Consejo debe dirigir una recomendación al Estado miembro afectado para que adopte las medidas necesarias. El Reglamento (CE) n.o 1466/97 dispone que la recomendación ha de fijar un plazo máximo de cinco meses para que el Estado miembro corrija la desviación. Sobre esa base, parece oportuno fijar el 15 de octubre de 2019 como fecha límite para que Rumanía corrija la desviación. Dentro de ese plazo, Rumanía debe informar sobre las medidas que adopte en respuesta a la presente Recomendación.

    (7)

    Sobre la base de las estimaciones de la brecha de producción contenidas en las previsiones de la primavera de 2019 de la Comisión, Rumanía se mantendrá en un período económico normal en 2019 y 2020. La ratio de deuda de las administraciones públicas de Rumanía se sitúa por debajo del umbral del 60 % del PIB. Por consiguiente, el esfuerzo estructural mínimo requerido prescrito por el Reglamento (CE) n.o 1466/97 y por la matriz de ajuste de exigencias consensuada en virtud del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, que tiene en cuenta las circunstancias económicas imperantes y los posibles problemas de sostenibilidad, asciende al menos al 0,5 % del PIB para 2019 y 2020.

    (8)

    El déficit estructural de Rumanía ha aumentado paulatinamente del 0,1 % del PIB en 2015 al 1,7 % en 2016, el 2,9 % del PIB en 2017 y el 3 % del PIB en 2018. El requisito mínimo de ajuste debería complementarse con un esfuerzo adicional y persistente necesario para corregir la desviación acumulada y volver a llevar a Rumanía a una trayectoria de ajuste adecuada tras las persistentes desviaciones acumuladas desde 2016. Un esfuerzo adicional del 0,5 % del PIB en 2019 y un 0,25 % del PIB en 2020 parece apropiado, dada la magnitud de la significativa desviación observada respecto de la trayectoria de ajuste recomendada hacia el objetivo presupuestario a medio plazo. Tal esfuerzo estaría en consonancia con el ajuste recomendado para 2019 por el Consejo el 4 de diciembre de 2018 y acelerará el ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo.

    (9)

    La mejora del saldo estructural exigida, del 1 % del PIB en 2019 y del 0,75 % del PIB en 2020, es coherente con la tasa de crecimiento nominal del gasto público primario neto, no superior al 4,5 % en 2019 y al 5,1 % en 2020.

    (10)

    Según las previsiones de la primavera de 2019 de la Comisión, el saldo estructural volvería a deteriorarse en un 0,7 % del PIB en 2019 y en otro 1,2 % del PIB en 2020. Por consiguiente, la mejora estructural requerida exige que se adopten medidas con un rendimiento estructural total del 1,7 % del PIB en 2019 y medidas adicionales con un rendimiento estructural del 1,95 % del PIB en 2020, con respecto a la base de referencia actual de las previsiones de la primavera de 2019 de la Comisión.

    (11)

    Según las previsiones de la primavera de 2019 de la Comisión, el déficit de las administraciones públicas será del 3,5 % del PIB en 2019 y del 4,7 % del PIB en 2020, cifras que se sitúan por encima del valor de referencia del 3 % del PIB establecido en el Tratado. El ajuste estructural requerido parece adecuado también para garantizar que Rumanía respete el valor de referencia del 3 % del PIB establecido en el Tratado en 2019 y 2020 con un margen.

    (12)

    El hecho de que no se actuara de acuerdo con las recomendaciones anteriores para corregir las desviaciones significativas observadas y el riesgo de que se rebase el valor de referencia establecido en el Tratado del componente correctivo del PEC exigen la adopción de medidas urgentes para volver a situar la política fiscal de Rumanía en una trayectoria prudente.

    (13)

    Al objeto de alcanzar los objetivos presupuestarios recomendados, resulta fundamental que Rumanía adopte y aplique estrictamente las medidas necesarias y realice un estrecho seguimiento de la evolución del gasto corriente.

    (14)

    Rumanía debe informar al Consejo sobre las medidas que adopte en respuesta a la presente Recomendación a más tardar el 15 de octubre de 2018.

    (15)

    Resulta oportuno que la presente Recomendación se haga pública.

    RECOMIENDA QUE RUMANÍA:

    1)

    tome las medidas necesarias para asegurar que la tasa de crecimiento nominal del gasto público primario neto no sea superior al 4,5 % en 2019 y al 5,1 % en 2020, lo que corresponde a un ajuste estructural anual del 1 % del PIB en 2019 y del 0,75 % en 2020, lo que situará a Rumanía en la trayectoria de ajuste adecuada hacia el objetivo presupuestario a medio plazo;

    2)

    utilice todos los ingresos imprevistos para reducir el déficit; las medidas de saneamiento presupuestario deben garantizar una mejora duradera del saldo estructural de las administraciones públicas que sea propicia al crecimiento;

    3)

    informe al Consejo, a más tardar el 15 de octubre de 2019, sobre las medidas que adopte en respuesta a la presente Recomendación; el informe debe incluir medidas suficientemente específicas y presentadas de manera solvente, incluida la incidencia presupuestaria de cada una de ellas, con el fin de cumplir la trayectoria de ajuste requerida, así como una actualización de las previsiones presupuestarias detalladas para el período 2019-2020.

    El destinatario de la presente Recomendación es Rumanía.

    Hecho en Luxemburgo, el 14 de junio de 2019.

    Por el Consejo

    El Presidente

    E.O. TEODOROVICI


    (1)  DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.

    (2)  Recomendación del Consejo, de 16 de junio de 2017, con vistas a corregir la significativa desviación observada respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en Rumanía (DO C 216 de 6.7.2017, p. 1).

    (3)  Recomendación del Consejo, de 22 de junio de 2018, dirigida a corregir la significativa desviación observada respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en Rumanía (DO C 223 de 27.6.2018, p. 3).

    (4)  Recomendación del Consejo, de 4 de diciembre de 2018, dirigida a corregir la significativa desviación observada respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en Rumanía (DO C 460 de 21.12.2018, p. 1).

    (5)  El gasto público primario neto se compone del gasto público total menos el gasto en concepto de intereses, el gasto en programas de la Unión que se contrarreste totalmente con los ingresos de fondos de la Unión y los cambios no discrecionales en los gastos destinados a prestaciones de desempleo. La formación bruta de capital fijo financiada a nivel nacional se verá facilitada durante un período de cuatro años. Las medidas discrecionales relacionadas con los ingresos o los aumentos de los ingresos fijados legalmente se integran en el cálculo. Las medidas puntuales por el lado de los ingresos y del gasto se integran sobre una base neta.


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