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Document 32011D0475

2011/475/UE: Decisión del Consejo, de 22 de julio de 2011 , relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo de Asociación Voluntaria entre la Unión Europea y la República de Liberia sobre la aplicación de las leyes forestales, la gobernanza y el comercio de los productos de la madera con destino a la Unión Europea

DO L 196 de 28.7.2011, p. 2–2 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2011/475/oj

28.7.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 196/2


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 22 de julio de 2011

relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo de Asociación Voluntaria entre la Unión Europea y la República de Liberia sobre la aplicación de las leyes forestales, la gobernanza y el comercio de los productos de la madera con destino a la Unión Europea

(2011/475/UE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 207, apartado 3, párrafo primero, en relación con su artículo 218, apartado 5,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

En mayo de 2003, la Comisión adoptó una Comunicación al Consejo y al Parlamento Europeo titulada «Aplicación de las leyes, gobernanza y comercio forestales (FLEGT) — Propuesta de plan de acción de la Unión Europea», que preconizaba la aplicación de medidas destinadas a luchar contra la explotación forestal ilegal mediante el desarrollo de Acuerdos de Asociación Voluntaria con los países productores de madera. Las Conclusiones del Consejo sobre dicho Plan de Acción se adoptaron en octubre de 2003 (1) y el Parlamento Europeo adoptó una Resolución al respecto el 11 de julio de 2005 (2).

(2)

El 5 de diciembre de 2005, el Consejo autorizó a la Comisión a abrir negociaciones sobre Acuerdos de Asociación para aplicar el Plan de acción de la UE sobre la aplicación de las leyes, gobernanza y comercio forestales.

(3)

El 20 de diciembre de 2005, el Consejo aprobó el Reglamento (CE) no 2173/2005 (3), relativo al establecimiento de un sistema de licencias FLEGT aplicable a las importaciones en la Unión de madera procedente de los países con los que la Unión ha celebrado Acuerdos de Asociación Voluntaria.

(4)

Las negociaciones con la República de Liberia han concluido, y el Acuerdo de Asociación Voluntaria entre la Unión Europea y la República de Liberia sobre la aplicación de las leyes forestales, la gobernanza y el comercio de los productos de la madera con destino a la Unión Europea (denominado en lo sucesivo «el Acuerdo») se rubricó el 9 de mayo de 2011.

(5)

El Acuerdo debe ser firmado.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se autoriza la firma, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo de Asociación Voluntaria entre la Unión Europea y la República de Liberia sobre la aplicación de las leyes forestales, la gobernanza y el comercio de los productos de la madera con destino a la Unión Europea (denominado en lo sucesivo el «Acuerdo»), a reserva de su celebración en una fecha posterior (4).

Artículo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo a designar a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo en nombre de la Unión.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 22 de julio de 2011.

Por el Consejo

El Presidente

M. DOWGIELEWICZ


(1)  DO C 268 de 7.11.2003, p. 1.

(2)  DO C 157 E de 6.7.2006, p. 482.

(3)  DO L 347 de 30.12.2005, p. 1.

(4)  El texto del Acuerdo se publicará junto con la Decisión relativa a su celebración.


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