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Document 32010R0009

    Reglamento (UE) n o  9/2010 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2009 , relativo a la autorización del preparado de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma reesei (ATCC PTA 5588) como aditivo alimentario para pollos de engorde, gallinas ponedoras, patos y pavos de engorde (el titular de la autorización es Danisco Animal Nutrition, Finnfeeds International Limited) Texto pertinente a efectos del EEE

    DO L 3 de 7.1.2010, p. 10–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

    Legal status of the document In force: This act has been changed. Current consolidated version: 30/03/2019

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2010/9/oj

    7.1.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 3/10


    REGLAMENTO (UE) No 9/2010 DE LA COMISIÓN

    de 23 de diciembre de 2009

    relativo a la autorización del preparado de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma reesei (ATCC PTA 5588) como aditivo alimentario para pollos de engorde, gallinas ponedoras, patos y pavos de engorde (el titular de la autorización es Danisco Animal Nutrition, Finnfeeds International Limited)

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) no 1831/2003 regula la autorización de aditivos en la alimentación animal y los motivos y procedimientos para su concesión.

    (2)

    De acuerdo con el artículo 7 del Reglamento (CE) no 1831/2003, se ha presentado una solicitud de autorización del preparado que figura en el anexo del presente Reglamento. Dicha solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas en el apartado 3 del citado artículo.

    (3)

    Concretamente, se solicita la autorización del preparado enzimático de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma reesei (ATCC PTA 5588) como aditivo de piensos para pollos de engorde, gallinas ponedoras, patos y pavos de engorde, que debe clasificarse en la categoría de «aditivos zootécnicos».

    (4)

    En sus dictámenes de 12 y 19 de septiembre de 2007 (2), de 22 de noviembre de 2007 (3) y de 2 de julio de 2009 (4), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) concluyó que el preparado enzimático de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma reesei (ATCC PTA 5588) no tiene ningún efecto perjudicial en la salud animal, la salud humana o el medio ambiente y que su uso mejora el rendimiento de los animales. La EFSA no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. Por otro lado, también verificó el informe sobre el método de análisis de este aditivo para piensos presentado por el laboratorio comunitario de referencia establecido por el Reglamento (CE) no 1831/2003.

    (5)

    La evaluación del preparado muestra que se cumplen las condiciones de autorización establecidas en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 1831/2003. En consecuencia, debe autorizarse su uso, tal como se especifica en el anexo del presente Reglamento.

    (6)

    Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional de «digestivos», en las condiciones establecidas en el citado anexo.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 23 de diciembre de 2009.

    Por la Comisión

    El Presidente

    José Manuel BARROSO


    (1)  DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.

    (2)  The EFSA Journal (2007) 548, p. 1.

    (3)  The EFSA Journal (2007) 586, p. 1.

    (4)  The EFSA Journal (2009) 1183, p. 1.


    ANEXO

    Número de identificación del aditivo

    Nombre del titular de la autorización

    Aditivo

    Composición, fórmula química, descripción y método analítico

    Especie o categoría animal

    Edad máxima

    Contenido mínimo

    Contenido máximo

    Otras disposiciones

    Expiración del período de autorización

    Unidades de actividad por kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %

    Categoría de aditivos zootécnicos. Grupo funcional: digestivos.

    4a11

    Danisco Animal Nutrition (entidad jurídica: Finnfeeds International Limited)

    Endo-1,4-beta-xilanasa

    EC 3.2.1.8

    Composición del aditivo:

    Preparado de endo-1,4-beta-xilanasa (EC 3.2.1.8) producida por Trichoderma reesei

    (ATCC PTA 5588) con una actividad mínima de 40 000 U (1)/g

    Caracterización de la sustancia activa:

    Endo-1,4-beta-xilanasa (EC 3.2.1.8) producida por Trichoderma reesei (ATCC PTA 5588)

    Pollos de engorde

    625 U

    1.

    En las instrucciones de uso del aditivo y la premezcla, indíquese la temperatura de almacenamiento, el período de conservación y la estabilidad durante la granulación.

    2.

    Para uso en piensos ricos en polisacáridos no amiláceos (principalmente arabinoxilanos), por ejemplo que contengan más de un 40 % de trigo o un 60 % de maíz.

    13.1.2020

    Gallinas ponedoras

    2 500 U

    Patos

    625 U

    Pavos de engorde

    1 250 U


    (1)  1 U es la cantidad de enzima que liberan 0,5 μmol de azúcares reductores (expresados en equivalentes de xilosa) a partir de un sustrato de arabinoxilanos de espelta y avena entrecruzados, a un pH de 5,3 y una temperatura de 50 °C en un minuto.


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