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Document 32008D0321

    2008/321/CE: Decisión de la Comisión, de 8 de abril de 2008 , por la que se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la Sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) [notificada con el número C(2008) 1283]

    DO L 109 de 19.4.2008, p. 35–39 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2008/321/oj

    19.4.2008   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 109/35


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 8 de abril de 2008

    por la que se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la Sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA)

    [notificada con el número C(2008) 1283]

    (Los textos en lenguas alemana, checa, danesa, española, francesa, inglesa, italiana, neerlandesa y portuguesa son los únicos auténticos)

    (2008/321/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 1258/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la financiación de la política agrícola común (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 4,

    Visto el Reglamento (CE) no 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la política agrícola común (2), y, en particular, su artículo 31,

    Previa consulta al Comité de los fondos agrícolas,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El artículo 7, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1258/1999, y el artículo 31 del Reglamento (CE) no 1290/2005, disponen que la Comisión debe realizar las comprobaciones necesarias, comunicar a los Estados miembros los resultados de sus comprobaciones, tomar nota de las observaciones de los Estados miembros, convocar reuniones bilaterales para llegar a un acuerdo con los Estados miembros afectados y comunicarles oficialmente sus conclusiones.

    (2)

    Los Estados miembros han tenido la posibilidad de solicitar la apertura de un procedimiento de conciliación y, al haberse hecho uso de ella en algunos casos, la Comisión ha examinado el informe elaborado al término del procedimiento.

    (3)

    En virtud del Reglamento (CE) no 1258/1999 y del Reglamento (CE) no 1290/2005, únicamente puede financiarse el gasto agrícola que haya sido efectuado sin infringir las normas comunitarias.

    (4)

    De las comprobaciones efectuadas, de los resultados de las reuniones bilaterales y de los procedimientos de conciliación se desprende que una parte de los gastos declarados por los Estados miembros no cumplen esa condición y, por consiguiente, no pueden ser financiados por la Sección de Garantía del FEOGA ni por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía, denominado en lo sucesivo FEAGA.

    (5)

    Procede indicar los importes cuya financiación no asumen la Sección de Garantía del FEOGA ni el FEAGA, los cuales no corresponden a gastos efectuados antes de los 24 meses que precedieron a la comunicación escrita de los resultados de las comprobaciones que la Comisión envió a los Estados miembros.

    (6)

    En los casos contemplados en la presente Decisión, el cálculo de los importes rechazados por no ajustarse a las normas comunitarias ha sido comunicado por la Comisión a los Estados miembros en un informe de síntesis.

    (7)

    La presente Decisión se entiende sin perjuicio de las consecuencias financieras que, a juicio de la Comisión, se deriven de las sentencias del Tribunal de Justicia en asuntos que se encontrasen pendientes en la fecha del 15 de diciembre de 2007 y que se refieran a aspectos contemplados en la misma.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Los gastos declarados con cargo a la Sección de Garantía del FEOGA o al FEAGA que se indican en el anexo, efectuados por organismos pagadores autorizados de los Estados miembros, quedan excluidos de la financiación comunitaria por no ajustarse a las normas comunitarias.

    Artículo 2

    Los destinatarios de la presente Decisión serán la República Checa, el Reino de Dinamarca, la República Federal de Alemania, Irlanda, el Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, el Gran Ducado de Luxemburgo, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria y la República Portuguesa.

    Hecho en Bruselas, el 8 de abril de 2008.

    Por la Comisión

    Mariann FISCHER BOEL

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 160 de 26.6.1999, p. 103.

    (2)  DO L 209 de 11.8.2005, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1437/2007 (DO L 322 de 7.12.2007, p. 1).


    ANEXO

    Partida presupuestaria 6701

    Estado miembro

    Medida

    EF

    Motivo de la corrección

    Tipo

    %

    Moneda

    Importe

    Deducciones ya efectuadas

    Repercusión financiera

    AT

    Auditoría financiera — Rebasamiento

    2004

    Rebasamiento de los límites financieros

    puntual

     

    EUR

    –61 104,20

    0,00

    –61 104,20

    TOTAL AT

    –61 104,20

    0,00

    –61 104,20

    CZ

    Auditoría financiera — Rebasamiento

    2006

    Rebasamiento de los límites financieros

    puntual

     

    CZK

    – 358 046,95

    0,00

    – 358 046,95

    TOTAL CZ

    – 358 046,95

    0,00

    – 358 046,95

    DE

    DR Garantía Medidas complementarias

    2003

    Rebasamiento de los límites

    puntual

     

    EUR

    –4 256 495,00

    0,00

    –4 256 495,00

    DE

    Auditoría financiera — Retrasos en los pagos

    2006

    Retrasos en los pagos

    puntual

     

    EUR

    –80 851,39

    –80 851,39

    0,00

    TOTAL DE

    –4 337 346,39

    –80 851,39

    –4 256 495,00

    DK

    Leche en polvo para caseína

    2002

    Incumplimiento de todos los requisitos relativos al proceso de producción

    puntual

     

    DKK

    –8 915,00

    0,00

    –8 915,00

    DK

    Leche en polvo para caseína

    2003

    Incumplimiento de todos los requisitos relativos al proceso de producción

    puntual

     

    DKK

    – 157 528,05

    0,00

    – 157 528,05

    DK

    Leche en polvo para caseína

    2004

    Incumplimiento de todos los requisitos relativos al proceso de producción

    puntual

     

    DKK

    –98 154,15

    0,00

    –98 154,15

    TOTAL DK

    – 264 597,20

    0,00

    – 264 597,20

    ES

    Certificación

    2004

    Deudas no recuperadas

    puntual

     

    EUR

    –1 882 525,15

    0,00

    –1 882 525,15

    ES

    Frutas y hortalizas — Plátanos

    2004

    Deficiencias (frecuencia y muestreo) en los controles de calidad de segundo nivel

    a tanto alzado

    2,00

    EUR

    – 948 158,64

    0,00

    – 948 158,64

    ES

    Frutas y hortalizas — Plátanos

    2005

    Deficiencias (frecuencia y muestreo) en los controles de calidad de segundo nivel

    a tanto alzado

    2,00

    EUR

    –1 394 194,02

    0,00

    –1 394 194,02

    ES

    Frutas y hortalizas — Plátanos

    2006

    Deficiencias (frecuencia y muestreo) en los controles de calidad de segundo nivel

    a tanto alzado

    2,00

    EUR

    – 406 510,05

    0,00

    – 406 510,05

    ES

    Destilación de vino

    2003

    Deficiencias en el control de la prohibición de cualquier plantación de vides

    a tanto alzado

    10,00

    EUR

    –25 824 435,94

    0,00

    –25 824 435,94

    ES

    Destilación de vino

    2004

    Deficiencias en el control de la prohibición de cualquier plantación de vides

    a tanto alzado

    10,00

    EUR

    –29 124 759,86

    0,00

    –29 124 759,86

    TOTAL ES

    –59 580 583,66

    0,00

    –59 580 583,66

    FR

    Frutas y hortalizas — Plátanos

    2004

    Incumplimiento de algunos criterios de reconocimiento por las organizaciones de productores

    a tanto alzado

    5,00

    EUR

    – 780,11

     

    – 780,11

    FR

    Frutas y hortalizas — Plátanos

    2005

    Incumplimiento de algunos criterios de reconocimiento por las organizaciones de productores

    a tanto alzado

    5,00

    EUR

    –4 958 177,57

    0,00

    –4 958 177,57

    FR

    Frutas y hortalizas — Plátanos

    2006

    Incumplimiento de algunos criterios de reconocimiento por las organizaciones de productores

    a tanto alzado

    5,00

    EUR

    –2 263 498,77

    0,00

    –2 263 498,77

    FR

    Frutas y hortalizas — Plátanos

    2007

    Incumplimiento de algunos criterios de reconocimiento por las organizaciones de productores

    a tanto alzado

    5,00

    EUR

    –3 775 871,38

    0,00

    –3 775 871,38

    FR

    Almacenamiento público de azúcar

    2005

    Cantidad sin derecho a la ayuda declarada

    puntual

     

    EUR

    – 535 626,90

    0,00

    – 535 626,90

    FR

    Almacenamiento público de azúcar

    2006

    Cantidad sin derecho a la ayuda declarada

    puntual

     

    EUR

    475 793,12

    0,00

    475 793,12

    FR

    Primas por tabaco

    2004

    Inaplicación de sanciones

    puntual

     

    EUR

    –9 947,35

    0,00

    –9 947,35

    FR

    Primas por tabaco

    2005

    Inaplicación de sanciones

    puntual

     

    EUR

    –38 983,31

    0,00

    –38 983,31

    FR

    Primas por tabaco

    2006

    Inaplicación de sanciones

    puntual

     

    EUR

    –85 816,53

    0,00

    –85 816,53

    TOTAL FR

    –11 192 908,80

    0,00

    –11 192 908,80

    IE

    Leche en polvo para caseína

    2003

    Deficiencias en el procedimiento de muestreo de los lotes de producción

    a tanto alzado

    2,00

    EUR

    – 209 164,22

    0,00

    – 209 164,22

    IE

    Leche en polvo para caseína

    2004

    Deficiencias en el procedimiento de muestreo de los lotes de producción

    a tanto alzado

    2,00

    EUR

    – 423 850,43

    0,00

    – 423 850,43

    IE

    Leche en polvo para caseína

    2005

    Deficiencias en el procedimiento de muestreo de los lotes de producción

    a tanto alzado

    2,00

    EUR

    – 131 507,65

    0,00

    – 131 507,65

    TOTAL IE

    – 764 522,30

    0,00

    – 764 522,30

    IT

    Restituciones por exportación

    2003

    Falta de información sobre los controles físicos

    a tanto alzado

    5,00

    EUR

    –30 905,27

    0,00

    –30 905,27

    IT

    Auditoría financiera — Retrasos en los pagos

    2004

    Retrasos en los pagos

    puntual

     

    EUR

    – 308 289,90

    0,00

    – 308 289,90

    IT

    DR Garantía Medidas complementarias

    2003

    Controles administrativos no efectuados exhaustivamente infringiendo el artículo 68 del Reglamento (CE) no 817/2004; controles sobre el terreno no satisfactorios

    a tanto alzado

    5,00

    EUR

    – 428 284,00

    0,00

    – 428 284,00

    IT

    DR Garantía Medidas complementarias

    2003

    Controles sobre el terreno efectuados demasiado tarde infringiendo el artículo 61 del Reglamento (CE) no 445/2002

    a tanto alzado

    5,00

    EUR

    –2 985 884,00

    0,00

    –2 985 884,00

    IT

    DR Garantía Medidas complementarias

    2004

    Controles administrativos no efectuados exhaustivamente infringiendo el artículo 68 del Reglamento (CE) no 817/2004; controles sobre el terreno no satisfactorios

    a tanto alzado

    5,00

    EUR

    – 754 180,00

    0,00

    – 754 180,00

    IT

    DR Garantía Medidas complementarias

    2004

    Controles sobre el terreno efectuados demasiado tarde infringiendo el artículo 61 del Reglamento (CE) no 445/2002

    a tanto alzado

    5,00

    EUR

    –32 396,00

    0,00

    –32 396,00

    IT

    DR Garantía Medidas complementarias

    2005

    Controles sobre el terreno efectuados demasiado tarde infringiendo el artículo 61 del Reglamento (CE) no 445/2002

    a tanto alzado

    5,00

    EUR

    –54 645,00

    0,00

    –54 645,00

    IT

    DR Garantía Medidas complementarias

    2006

    Controles sobre el terreno efectuados demasiado tarde infringiendo el artículo 61 del Reglamento (CE) no 445/2002

    a tanto alzado

    5,00

    EUR

    –58 709,00

    0,00

    –58 709,00

    TOTAL IT

    –4 653 293,17

    0,00

    –4 653 293,17

    LU

    Auditoría financiera - Retrasos en los pagos

    2006

    Retrasos en los pagos

    puntual

     

    EUR

    0,00

    –14 516,49

    14 516,49

    LU

    Auditoría financiera - Rebasamiento

    2006

    Rebasamiento de los límites financieros

    puntual

     

    EUR

    –1 107 241,81

    –1 107 241,81

    0,00

    LU

    DR Garantía Medidas complementarias

    2004

    Deficiencias en los controles principales y auxiliares

    a tanto alzado

    5,00

    EUR

    – 484 845,00

    0,00

    – 484 845,00

    LU

    DR Garantía Medidas complementarias

    2005

    Deficiencias en los controles principales y auxiliares

    a tanto alzado

    5,00

    EUR

    – 479 643,00

    0,00

    – 479 643,00

    TOTAL LU

    –2 071 729,81

    –1 121 758,30

    – 949 971,51

    NL

    Auditoría financiera - Rebasamiento

    2005

    Rebasamiento de los límites financieros

    puntual

     

    EUR

    –7 905,99

    0,00

    –7 905,99

    TOTAL NL

    –7 905,99

    0,00

    –7 905,99

    PT

    Auditoría financiera - Rebasamiento

    2006

    Rebasamiento de los límites financieros

    puntual

     

    EUR

    – 271 398,38

    0,00

    – 271 398,38

    TOTAL PT

    – 271 398,38

    0,00

    – 271 398,38


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