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Document 32005E0585

Acción Común 2005/585/PESC del Consejo, de 28 de julio de 2005, por la que se prorroga el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para Afganistán

DO L 199 de 29.7.2005, p. 96–96 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
DO L 164M de 16.6.2006, p. 356–356 (MT)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 28/02/2006

ELI: http://data.europa.eu/eli/joint_action/2005/585/oj

29.7.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 199/96


ACCIÓN COMÚN 2005/585/PESC DEL CONSEJO

de 28 de julio de 2005

por la que se prorroga el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para Afganistán

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14, su artículo 18, apartado 5, y su artículo 23, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 8 de diciembre de 2003, el Consejo adoptó la Acción Común 2003/871/PESC (1) por la que se prorroga y modifica el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para Afganistán.

(2)

El 2 de febrero de 2005 el Consejo adoptó la Acción Común 2005/95/PESC (2) por la que se prorroga el mandato del Representante Especial de la Unión Europea hasta el 31 de agosto de 2005.

(3)

El mandato del Representante Especial de la Unión Europea debe prorrogarse por otros seis meses, sobre la base de una revisión de la Acción Común 2003/871/PESC.

(4)

El Representante Especial de la Unión Europea desempeñará su mandato en el contexto de una situación que puede deteriorarse y podría perjudicar a los objetivos de la Política Exterior y de Seguridad Común fijados en el artículo 11 del Tratado.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

Se prorroga hasta el 28 de febrero de 2006 el mandato del Sr. Francesc VENDRELL como Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para Afganistán.

Artículo 2

El artículo 5, apartado 1, de la Acción Común 2003/871/PESC se sustituye por el texto siguiente:

«1.   El importe de referencia financiera previsto para cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE será de 620 000 EUR.».

Artículo 3

La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.

Artículo 4

La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 28 de julio de 2005

Por el Consejo

El Presidente

J. STRAW


(1)  DO L 326 de 13.12.2003, p. 41.

(2)  DO L 31 de 4.2.2005, p. 69.


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