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Document 32004E0794

    Acción Común 2004/794/PESC del Consejo, de 22 de noviembre 2004, por la que se prorroga la Acción Común 2002/921/PESC por la que se prorroga el mandato de la Misión de Observación de la Unión Europea (MOUE)

    DO L 349 de 25.11.2004, p. 55–55 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
    DO L 153M de 7.6.2006, p. 147–147 (MT)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2005

    ELI: http://data.europa.eu/eli/joint_action/2004/794/oj

    25.11.2004   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 349/55


    ACCIÓN COMÚN 2004/794/PESC DEL CONSEJO

    de 22 de noviembre 2004

    por la que se prorroga la Acción Común 2002/921/PESC por la que se prorroga el mandato de la Misión de Observación de la Unión Europea (MOUE)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 14,

    Considerando lo siguiente :

    (1)

    El 26 de noviembre de 2002, el Consejo adoptó la Acción Común 2000/921/PESC por la que se prorroga el mandato de la Misión de Observación de la Unión Europea (1) (MOUE).

    (2)

    El 5 de diciembre de 2003, el Consejo adoptó la Acción Común 2003/852/PESC (2) por la que se prorrogan la Acción Común 2000/921/PESC y el mandato de la MOUE hasta el 31 de diciembre de 2004.

    (3)

    La MOUE debe continuar sus actividades en los Balcanes Occidentales en apoyo de la política de la Unión Europea respecto de dicha región.

    (4)

    Conviene, por lo tanto, prorrogar el mandato de la MOUE y prorrogar y modificar en consecuencia la Acción Común 2002/921/PESC,

    HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

    Artículo 1

    Se prorrogan la Acción Común 2002/921/PESC y el mandato de la MOUE.

    Artículo 2

    La Acción Común 2000/921/PESC queda modificada como sigue:

    a)

    en el apartado 3 del artículo 3, la fecha «el 30 de septiembre de 2004» se sustituye por «el 30 de septiembre de 2005»;

    b)

    en el apartado 1 del artículo 6, el importe de referencia financiera se sustituye por 4 186 482 euros;

    c)

    en el párrafo segundo del artículo 8, la fecha «el 31 de diciembre de 2004» se sustituye por «el 31 de diciembre de 2005».

    Artículo 3

    La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.

    Artículo 4

    La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, 22 de noviembre de 2004.

    Por el Consejo

    El Presidente

    B. R. BOT


    (1)  DO L 321 de 26.11.2002, p. 51 y corrección de errores en el DO L 324 de 29.11.2002, p. 76.

    (2)  DO L 322 de 9.12.2003, p. 31.


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