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Document 31991L0334

    Directiva 91/334/CEE de la Comisión de 6 de junio de 1991 por la que se modifica la Directiva 82/475/CEE por la que se fijan las categorías de ingredientes que pueden utilizarse para el etiquetado de los alimentos compuestos para animales domésticos

    DO L 184 de 10.7.1991, p. 27–27 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (FI, SV, CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO, HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/1991/334/oj

    31991L0334

    Directiva 91/334/CEE de la Comisión de 6 de junio de 1991 por la que se modifica la Directiva 82/475/CEE por la que se fijan las categorías de ingredientes que pueden utilizarse para el etiquetado de los alimentos compuestos para animales domésticos

    Diario Oficial n° L 184 de 10/07/1991 p. 0027 - 0027
    Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 38 p. 0050
    Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 38 p. 0050


    *****

    DIRECTIVA DE LA COMISION

    de 6 de junio de 1991

    por la que se modifica la Directiva 82/475/CEE por la que se fijan las categorias de ingredientes que pueden utilizarse para el etiquetado de los alimentos compuestos para animales domésticos

    ( 91/334/CEE )

    LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea,

    Vista la Directiva 79/373/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la comercializacion de los piensos compuestos ( 1 ), cuya ultima modificacion la constituye la Directiva 90/44/CEE ( 2 ), y, en particular, su articulo 10,

    Considerando que, en materia de etiquetado, la Directiva 79/373/CEE persigue una informacion objetiva y de la mayor precision posible sobre la composicion y la utilizacion de los alimentos para animales;

    Considerando que, en determinados casos, la declaracion de los ingredientes que entran en la composicion de los alimentos para animales constituye un dato importante;

    Considerando que ha resultado necesario crear categorias en las que se puedan agrupar varios ingredientes bajo una denominacion comun;

    Considerando que conviene prever disposiciones especificas para el etiquetado de los alimentos destinados a los animales domésticos, a fin de tener en cuenta las caracteristicas propias de esta categoria de alimentos;

    Considerando que la Directiva 90/44/CEE ha modificado las disposiciones de base relativas al etiquetado de los alimentos compuestos para animales; que resulta, por tanto, conveniente adoptar la Directiva 82/475/CEE de la Comision ( 3 ) a dicha modificacion;

    Considerando que las medidas previstas en la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité permanente de la alimentacion animal,

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :

    Articulo 1

    El articulo 1 de la Directiva 82/475/CEE se sustituira por el texto siguiente :

    " Articulo 1

    En caso de que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del articulo 5 quater de la Directiva 79/373/CEE, la indicacion del nombre especifico de los ingredientes pueda sustituirse por la mencion de la categoria a la que pertenecen, unicamente las categorias que figuran en el Anexo podran indicarse en el envase, en el recipiente o en la etiqueta de los alimentos compuestos para animales domésticos . "

    Articulo 2

    Los Estados miembros adoptaran las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir la presente Directiva, a mas tardar el 22 de enero de 1992 . Informaran inmediatamente de ello a la Comision .

    Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, éstas haran referencia a la presente Directiva o iran acompanadas de dicha referencia en su publicacion oficial . Los Estados miembros estableceran las modalidades de la mencionada referencia .

    Articulo 3

    Los destinatarios de la presente Directiva seran los Estados miembros .

    Hecho en Bruselas, el 6 de junio de 1991 .

    Por la Comision

    Ray MAC SHARRY

    Miembro de la Comision

    ( 1 ) DO no L 86 de 6 . 4 . 1979, p . 30 .

    ( 2 ) DO no L 27 de 31 . 1 . 1990, p . 35 .

    ( 3 ) DO no L 213 de 21 . 7 . 1982, p . 27 .

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