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Document 31976L0371
First Commission Directive 76/371/EEC of 1 March 1976 establishing Community methods of sampling for the official control of feedingstuffs
Primera Directiva 76/371/CEE de la Comisión, de 1 de marzo de 1976, sobre determinación de modos comunitarios de toma de muestras para el control oficial de la alimentación animal
Primera Directiva 76/371/CEE de la Comisión, de 1 de marzo de 1976, sobre determinación de modos comunitarios de toma de muestras para el control oficial de la alimentación animal
DO L 102 de 15.4.1976, p. 1–7
(DA, DE, EN, FR, IT, NL) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
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No longer in force, Date of end of validity: 25/08/2009; derogado por 32009R0152
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
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Repealed by | 32009R0152 |
Primera Directiva 76/371/CEE de la Comisión, de 1 de marzo de 1976, sobre determinación de modos comunitarios de toma de muestras para el control oficial de la alimentación animal
Diario Oficial n° L 102 de 15/04/1976 p. 0001 - 0007
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 7 p. 0041
Edición especial griega: Capítulo 03 Tomo 15 p. 0025
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 7 p. 0041
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 10 p. 0037
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 10 p. 0037
PRIMERA DIRECTIVA DE LA COMISIÓN de 1 de marzo de 1976 sobre determinación de modos comunitarios de toma de muestras para el control oficial de la alimentación animal ( 76/371/CEE ) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea , Vista la Directiva del Consejo , de 20 de julio de 1970 , referente a la introducción de modos de toma de muestras y de métodos de análisis comunitarios para el control oficial de la alimentación animal (1) , modificada , en último lugar , por el Acta de adhesión (2) y , en particular , su artículo 2 , Considerando que la Directiva arriba mencionada prevé que los controles oficiales de alimentación animal para comprobar si se respetan las condiciones prescritas por las disposiciones legales , reglamentarias y administrativas referentes a la calidad y a la composición de la alimentación animal , se llevan a cabo según los modos de toma de muestras y los métodos de análisis comunitarios , Considerando que , para empezar , conviene determinar distintos modos de toma de muestras para el control de los componentes de la alimentación animal y de sus aditivos , así como para el control de sustancias y productos no deseables , excepto de los residuos de pesticidas y de los microorganismos , que esta alimentación puede contener , Considerando que las medidas previstas en la presente Directiva concuerdan con el dictamen del Comité permanente de la alimentación animal , HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA : Artículo 1 Los Estados miembros dispondrán que las tomas de muestras para los controles oficiales de la alimentación animal , en lo referente a la determinación de los componentes , aditivos y sustancias y productos no deseables , excepto de los residuos de pesticidas y de los microorganismos , se lleven a cabo según los modos descritos en el anexo de la presente Directiva . Artículo 2 Los Estados miembros aplicarán , a más tardar el 1 de enero de 1977 , las disposiciones legales , reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir la presente Directiva e informarán de ello inmediatamente a la Comisión . Artículo 3 Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros . Hecho en Bruselas , el 1 de marzo de 1976 . Por la Comisión P. J. LARDINOIS Miembro de la Comisión (1) DO n º L 170 de 3 . 8 . 1970 , p. 2 . (2) DO n º L 73 de 27 . 3 . 1972 , p. 14 . ANEXO MODOS DE TOMA DE MUESTRAS 1 . OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Las muestras destinadas a los controles oficiales de la alimentación animal , en lo referente a su cualidad y composición , se toman conforme a las modalidades indicadas en lo sucesivo . Las muestras así obtenidas se consideran representativas de los lotes . 2 . AGENTES HABILITADOS PARA LA TOMA DE MUESTRAS Las tomas se llevan a cabo por agentes comisionados para ello por los Estados miembros . 3 . DEFINICIONES Lote : Cantidad de productos que constituyan una unidad y que tengan características presuntamente uniformes . Toma elemental : cantidad tomada en un punto del lote . Muestra global : Conjunto de tomas elementales efectuadas en el mismo lote . Muestra reducida : Parte representativa de la muestra global , obtenida por reducción de ésta . Muestra final : Parte de la muestra reducida o de la muestra global homogeneizada . 4 . EQUIPO 4.1 . Los aparatos destinados a las tomas deben estar construidos con materiales que no contaminen los productos de los que hay que tomar las muestras . Estos aparatos pueden estar aprobados por los Estados miembros . 4.2 . Aparatos recomendados para la toma de muestras de alimentos sólidos 4.2.1 . Toma de muestras manual 4.2.1.1 . Pala de fondo llano y bordes verticales 4.2.1.2 . Sonda de hendidura larga o dividida en compartimentos . Las dimensiones de la sonda deben adaptarse a las características del lote ( profundidad del recipiente , dimensiones del saco , etc ) y al tamaño de las partículas que compongan el alimento . 4.2.2 . Toma de muestras mecánicas Para tomar muestras de los alimentos en movimiento pueden utilizarse aparatos mecanicos autorizados . 4.2.3 . Divisor Para las tomas elementales , así como para la preparación de las muestras reducidas y de las muestras finales , pueden utilizarse aparatos destinados a dividir la muestra en partes aproximadamente iguales . 5 . EXIGENCIAS CUANTITATIVAS 5.A . referentes a los controles de las sustancias o productos repartidos de manera uniforme en los alimentos 5.A.1 . Lote La dimensión del lote debe ser tal que puedan tomarse muestras de todas las partes que lo componen . 5.A.2 . Tomas elementales 5.A.2.1 . Alimentos a granel * Número mínimo de tomas elementales * 5.A.2.1.1 . Lotes que no excedan de 2,5 toneladas * 7 * 5.A.2.1.2 . Lotes de más de 2,5 toneladas * * 20 veces el número de toneladas de que conste el lote (a) , limitado a un máximo de 40 tomas elementales * 5.A.2.2 . Alimentos embalados * Número mínimo de embalajes de los que hay que tomar muestras (b) * 5.A.2.2.1 . Embalajes con un contenido superior a un kilogramo * * 5.A.2.2.1.1 . Lotes compuestos de 1 a 4 embalajes * Todos los embalajes * 5.A.2.2.1.2 . Lotes compuestos de 5 a 16 embalajes * 4 * 5.A.2.2.1.3 . Lotes compuestos de más de 16 embalajes * * del número de embalajes que compongan el lote (a) , limitado a un máximo de 20 embalajes * 5.A.2.2.2 . Embalajes con un contenido que no exceda de un kilogramo * 4 * 5.A.2.3 . Alimentos líquidos o semilíquidos * Número mínimo de recipientes de los que hay que tomar muestras (b) * 5.A.2.3.1 . Recipientes con un contenido superior a un litro * * 5.A.2.3.1.1 . Lotes compuestos de 1 a 4 recipientes * Todos los recipientes * 5.A.2.3.1.2 . Lotes compuestos de 5 a 16 recipientes * 4 * 5.A.2.3.1.3 . Lotes compuestos de más de 16 recipientes * * del número de recipientes que componga el lote (a) , limitado a un máximo de 20 recipientes * 5.A.2.3.2 . Recipientes con un contenido que no exceda de un litro * 4 * 5.A.2.4 . Alimentos minerales en bloques y piedras de lamer * Número mínimo de bloques o de piedras de los que se deben tomar muestras (b) : Un bloque o piedra por lote de 25 unidades , limitado a un máximo de 4 bloques o piedras . * 5.A.3 . Muestra global Sólo es necesaria una muestra global por lote . La totalidad de la masa o del volumen de las tomas elementales destinadas a constituir la mezcla global no puede ser inferior a las siguientes cantidades : 5.A.3.1 . Alimentos a granel * 4 kilogramos * 5.A.3.2 . Alimentos embalados * * 5.A.3.2.1 . Embalajes con un contenido superior a un kilogramo * 4 kilogramos * 5.A.3.2.2 . Embalajes con un contenido que no exceda de un kilogramo * peso del contenido de 4 embalajes de origen * 5.A.3.3 . Alimentos líquidos o semilíquidos * * 5.A.3.3.1 . Recipientes con un contenido superior a un litro * 4 litros * 5.A.3.3.2 . Recipientes con un contenido que no exceda de un litro * volumen del contenido de 4 recipientes de origen * 5.A.3.4 . Alimentos minerales en bloques y en piedras de lamer * * 5.A.3.4.1 . de peso unitario superior a un kilogramo * 4 kilogramos * 5.A.3.4.2 . de peso unitario que no excede de un kilogramo * peso de 4 bloques o piedras de origen * 5.A.4 . Muestras finales La muestra global dará lugar , después de la reducción si fuera necesario , a la obtención de muestras finales . Es necesario el análisis de , al menos , una muestra final . La masa o el volumen de la muestra final destinada al análisis no puede ser inferior a las siguientes cantidades : Alimentos sólidos * 500 gramos * Alimentos líquidos o semilíquidos * 500 milílitros * 5.B . referentes a los controles de las sustancias o productos no deseables que pueden estar repartidos de manera no uniforme en los alimentos , como es el caso de las aflatoxinas , el tizón de centeno , el ricino y la crotalaria en los piensos simples (c) 5.B.1 . Lote : ver 5.A.1 . 5.B.2 . Tomas elementales 5.B.2.1 . Alimentos a granel : ver 5.A.2.1 . 5.B.2.2 . Alimentos embalados * Número mínimo de embalajes de los que hay que tomar muestras * 5.B.2.2.1 . Lotes compuestos de 1 a 4 embalajes * Todos los embalajes * 5.B.2.2.2 . Lotes compuestos de 5 a 16 embalajes * 4 * 5.B.2.2.3 . Lotes compuestos de más de 16 embalajes * * del número de embalajes que compongan el lote (a) , limitado a un máximo de 40 embalajes . * 5.B.3 . Muestras globales El número de muestras globales variará en función del tamaño del lote . El número mínimo de muestras globales por lote es el que se cita a continuación . La masa de las tomas elementales destinadas a constituir cada muestra global no puede ser inferior de 5 kilogramos 5.B.3.1 . Alimentos a granel * Número mínimo de muestras globales por lote * Tamaño del lote en toneladas * * hasta 1 * 1 * más de 1 y hasta 10 * 2 * más de 10 y hasta 40 * 3 * más de 40 * 4 * 5.B.3.2 . Alimentos embalados * Número mínimo de muestras globales por lote * Número de embalajes que componen el lote * * de 1 a 16 * 1 * de 17 a 200 * 2 * de 201 a 800 * 3 * más de 800 * 4 * 5.B.4 . Muestras finales Cada muestra global dará lugar , después de la reducción , a la obtención de muestras finales . Es necesario el análisis de , al menos , una muestra final por cada muestra global . La masa de la muestra final destinada al análisis no puede ser inferior a 500 gramos . 6 . INSTRUCCIONES REFERENTES A LAS TOMAS , LA PREPARACIÓN Y EL ACONDICIONAMIENTO DE LAS MUESTRAS 6.1 . Generalidades Tomar y preparar las muestras lo más rápidamente posible teniendo en cuenta las precauciones necesarias para evitar que el producto se altere o contamine . Los instrumentos , así como las superficies y los recipientes destinados a recibir las muestras deben estar limpios y secos . 6.2 . Tomas elementales 6.2.A . destinadas a los controles de las sustancias o productos repartidos de manera uniforme en los alimentos Las tomas elementales deben realizarse al azar en la totalidad del lote . Sus masas o volúmenes deben ser aproximadamente iguales . 6.2.A.1 . Alimentos a granel Dividir simbólicamente el lote en partes aproximadamente iguales . Elegir al azar un número de partes correspondientes al número de tomas elementales previstas en 5.A.2 y tomar , por lo menos , una muestra de cada una de estas partes . Llegado el caso , tomar las muestras mientras el lote se encuentra en movimiento ( carga o descarga ) . 6.2.A.2 . Al estar delimitado , según se indica en 5.A.2 , el número necesario de embalajes de los que hay que tomar muestras , tomar una parte del contenido de cada embalaje con ayuda de una sonda o de una pala . Llegado el caso , tomar las muestras después de haber vaciado por separado los embalajes . 6.2.A.3 . Alimentos líquidos o semilíquidos homogéneos u homogeneizables Al estar delimitado , según se indica en 5.A.2 , el número necesario de recipientes de los que hay que tomar muestras , realizar una toma , por lo menos , en cada recipiente después de haber homogeneizado el contenido , si fuera necesario . Llegado el caso , las tomas elementales pueden realizarse durante el trasvase del producto . 6.2.A.4 . Alimentos líquidos o semilíquidos no homogeneizables Al estar delimitado , según se indica en 5.A.2 , el número necesario de recipientes de los que hay que tomar muestras , tomar éstas a distintos niveles . Las tomas se pueden realizar también durante el trasvase del producto , después de haber eliminado las primeras fracciones . En los dos casos , el volumen total de las tomas no debe ser inferior a 10 litros . 6.2.A.5 . Alimentos minerales en bloques y piedras de lamer . Al estar delimitado , según se indica en 5.A.2 , el número necesario de bloques o piedras de muestreo , tomar una muestra de cada bloque o piedra . 6.2.B . destinadas a los controles de las sustancias o productos no deseables que pueden estar repartidos de manera no uniforme en los alimentos , como es el caso de las aflatoxinas , el tizón de centeno , el ricino y la crotalaria en los piensos simples Dividir simbólicamente el lote en un número de partes aproximadamente iguales , correspondiente al de las muestras globales previstas en 5.B.3 . Cuando este número es superior a uno , repartir el número total de tomas elementales previstas en 5.B.2 de manera aproximadamente igual en las diferentes partes . Realizar a continuación tomas de masas aproximadamente iguales (d) y de manera que la masa total de las muestras referente a cada parte no sea inferior a la cantidad mínima de 4 kilogramos , necesaria para cada muestra global . No juntar las tomas elementales procedentes de partes diferentes . 6.3 . Preparación de las muestras globales 6.3.A . destinadas a los controles de las sustancias o productos repartidos de manera uniforme en los alimentos Reunir las tomas elementales para constituir una sóla muestra global . 6.3.B . destinadas a los controles de las sustancias o productos no deseables que pueden estar repartidos de manera no uniforme en los alimentos , como es el caso de las aflatoxinas , el tizón de centeno , el ricino y la crotalaria en los piensos simples Reunir las tomas elementales relativas a cada parte del lote y constituir el número de muestras globales previsto en 5.B.3 , teniendo cuidado de señalar la procedencia de cada muestra global . 6.4 . Preparación de las muestras finales Mezclar con cuidado cada muestra global para obtener una mezcla homogénea (e) . Si es necesario , reducir para ello la muestra global hasta 2 kilogramos o 2 litros por lo menos ( muestra reducida ) , bien sea con ayuda de un divisor mecánico , o mediante el método de cuartas partes . Preparar a continuación , tres muestras finales , por lo menos , que tengan la misma masa o el mismo volumen aproximadamente y que respondan a las exigencias cuantitativas requeridas en 5.A.4 o en 5.B.4 . Introducir cada muestra en un recipiente apropiado . Tomar todas las precauciones necesarias para evitar toda modificación de la composición de la muestra o toda contaminación o alteración que pueda sobrevenir en el transcurso del transporte o del almacenamiento . 6.5 . Acondicionamiento de las muestras finales Precintar y etiquetar los recipientes o los embalajes ( la etiqueta debe estar incorporada en el precinto ) de manera que sea imposible abrirlos sin deteriorar el precinto . 7 . ACTA DE LA TOMA DE MUESTRAS Para cada toma de muestras , hacer un acta que permita identificar sin ambigueedad el lote analizado . 8 . DESTINO DE LAS MUESTRAS Para cada muestra global , transmitir una muestra , por lo menos , lo más rápidamente posible al laboratorio encargado de realizar el análisis , con las indicaciones necesarias para el mismo . (a) Cuando la cifra obtenida es un número fraccionario , se redondeará éste hasta el número entero inmediatamente superior . (b) Para los embalajes o recipientes cuyo contenido no exceda de un kilogramo o de un litro , así como para los bloques y piedras de lamer cuyo peso unitario no exceda de un kilogramo , el contenido de un embalaje o de un recipiente de origen , un bloque o una piedra constituye una toma de muestra elemental . (c) Las modalidades previstas en el punto 5.A son aplicables para el control de las aflatoxinas , del tizón de centeno , del ricino y de la crotalaria en los piensos compuestos complementarios . (d) En el caso de los alimentos embalados , tomando una parte del contenido de los embalajes de los que hay que tomar muestras con ayuda de una sonda o de una pala , eventualmente después de haber vaciado por separado los embalajes . (e) Si es necesario , aplastar los agregados ( separándolos eventualmente de la masa y reuniendo a continuación el todo ) por separado para cada muestra global .