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Document 32024R2652
Commission Implementing Regulation (EU) 2024/2652 of 10 October 2024 amending Implementing Regulation (EU) 2020/761 with regard to the management of certain tariff quotas in the rice sector, the adjustment of cheese export tariff quotas for the United States and an update of the technical specifications for the IMA1 certificates for the import of dairy products from New Zealand
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2652 de la Comisión, de 10 de octubre de 2024, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 en lo que respecta a la gestión de determinados contingentes arancelarios en el sector del arroz, el ajuste de los contingentes arancelarios de exportación de queso a los Estados Unidos y una actualización de las especificaciones técnicas de los certificados IMA 1 para la importación de productos lácteos procedentes de Nueva Zelanda
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2652 de la Comisión, de 10 de octubre de 2024, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 en lo que respecta a la gestión de determinados contingentes arancelarios en el sector del arroz, el ajuste de los contingentes arancelarios de exportación de queso a los Estados Unidos y una actualización de las especificaciones técnicas de los certificados IMA 1 para la importación de productos lácteos procedentes de Nueva Zelanda
C/2024/7014
DO L, 2024/2652, , ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/2652/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2024/2652 |
11.10.2024 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2652 DE LA COMISIÓN
de 10 de octubre de 2024
por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 en lo que respecta a la gestión de determinados contingentes arancelarios en el sector del arroz, el ajuste de los contingentes arancelarios de exportación de queso a los Estados Unidos y una actualización de las especificaciones técnicas de los certificados IMA 1 para la importación de productos lácteos procedentes de Nueva Zelanda
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 del Consejo (1), y en particular su artículo 187,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 de la Comisión (2) establece las normas de administración de los contingentes arancelarios de importación y exportación de productos agrícolas sujetos a un sistema de certificados de importación y exportación. |
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(2) |
Los contingentes arancelarios de arroz con los números de orden 09.4112, 09.4117, 09.4118, 09.4119, 09.4130, 09.4154, 09.4166, y 09.4168 especificados en el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 han sido objeto de una excesiva demanda durante varios períodos de asignación. |
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(3) |
A fin de garantizar la correcta gestión de dichos contingentes arancelarios, las cantidades máximas disponibles para su aplicación deben fijarse en forma de cantidad de referencia, tal como se establece en el artículo 9 del Reglamento Delegado (UE) 2020/760 (3) de la Comisión. Por consiguiente, es necesario modificar los cuadros de dichos contingentes arancelarios en los anexos I y III del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761. |
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(4) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 establece las normas específicas que regulan el contingente arancelario de exportación de queso a los Estados Unidos. Tras la retirada del Reino Unido de la Unión, la cantidad correspondiente a este contingente se ha repartido entre la Unión y el Reino Unido. Cuando se efectuó el reparto, una divergencia en el cálculo generó una discrepancia entre la cantidad asignada a la Unión por los Estados Unidos y la indicada en el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761. Procede, por tanto, ajustar el anexo XIV.5 de dicho Reglamento de Ejecución en consecuencia. |
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(5) |
Las importaciones de productos lácteos procedentes de Nueva Zelanda al amparo de los contingentes arancelarios con los números de orden 09.4516, 09.4523, 09.4524 y 09.4525 deben ir acompañadas de certificados IMA 1 válidos. Los modelos de estos certificados deben ajustarse de conformidad con el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/608 de la Comisión (4), el Reglamento Delegado (UE) 2024/1173 de la Comisión (5) y el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1178 de la Comisión (6). Si bien no es necesario modificar el modelo para los contingentes arancelarios 09.4521 y 09.4522, relativos a quesos procedentes de Australia, los modelos establecidos en el anexo XIV.5 del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 para la importación desde Nueva Zelanda al amparo de los contingentes arancelarios 09.4516 (queso) y 09.4523, 09.4524 y 09.4525 (mantequilla) sí deben ajustarse en consecuencia. |
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(6) |
Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 en consecuencia. |
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(7) |
Para que las modificaciones de los modelos de certificados IMA 1 no obstaculicen las actividades comerciales, el presente Reglamento debe establecer un período transitorio durante el cual puedan aceptarse los certificados tanto en el formato antiguo como en el nuevo. |
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(8) |
El requisito relativo a la cantidad de referencia debe aplicarse a los contingentes arancelarios con los números de orden 09.4112, 09.4117, 09.4118, 09.4119, 09.4130, 09.4154, 09.4166 y 09.4168 tras un período transitorio suficiente para que los operadores puedan adaptar sus negocios a las nuevas normas. Dado que la cantidad de referencia se calcula en función de las importaciones realizadas por cada operador en los dos períodos de doce meses anteriores a la presentación de la solicitud de certificado, se considera razonable aplicar la cantidad de referencia únicamente a partir del 23 de noviembre de 2026, que es el primer día en que los operadores podrán presentar las solicitudes, acompañadas de la prueba de su cantidad de referencia, para obtener los certificados válidos para el período contingentario que comienza el 1 de enero de 2027. |
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(9) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 se modifica como sigue:
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1) |
En el artículo 49, el apartado 3 se sustituye por el texto siguiente: «3. Los certificados IMA 1 se ajustarán al modelo que figura en el anexo XIV.5, parte A, punto A2.» |
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2) |
En el artículo 50, el apartado 3 se sustituye por el texto siguiente: «3. Los certificados IMA 1 se ajustarán al modelo que figura en el anexo XIV.5, parte A, punto A3.» |
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3) |
Los anexos I, III y XIV.5 se modifican con arreglo al anexo del presente Reglamento. |
Artículo 2
Durante un período transitorio que finalizará el 30 de junio de 2025, las autoridades aduaneras podrán aceptar certificados IMA 1 basados en los modelos anteriores a la actualización establecida en el punto 3, letra a), del anexo del presente Reglamento.
Artículo 3
El presente Reglamento entrará en vigor a los siete días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Los puntos 1 y 2 del anexo serán aplicables a partir del 23 de noviembre de 2026.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 10 de octubre de 2024.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 347 de 20.12.2013, p. 671, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/1308/oj.
(2) Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (UE) n.o 1306/2013, (UE) n.o 1308/2013 y (UE) n.o 510/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo al sistema de gestión de los contingentes arancelarios mediante certificados (DO L 185 de 12.6.2020, p. 24, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2020/761/oj).
(3) Reglamento Delegado (UE) 2020/760 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en cuanto a las normas de administración de los contingentes arancelarios de importación y de exportación sujetos a certificados y se completa el Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en cuanto a la constitución de garantías para la administración de los contingentes arancelarios (DO L 185 de 12.6.2020, p. 1,. ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2020/760/oj).
(4) Reglamento de Ejecución (UE) 2023/608 de la Comisión de 17 de marzo de 2023 por el que se modifican los Reglamentos de Ejecución (UE) 2020/761 y (UE) 2020/1988 en lo que atañe al sistema de gestión de algunos contingentes arancelarios a raíz del Acuerdo entre la Unión Europea y Nueva Zelanda como consecuencia de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea (DO L 80 de 20.3.2023, p. 31, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2023/608/oj).
(5) Reglamento Delegado (UE) 2024/1173 de la Comisión, de 13 de marzo de 2024, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2020/760 de la Comisión en lo que respecta a algunas disposiciones adoptadas tras el Acuerdo de Libre comercio entre la Unión Europea y Nueva Zelanda y se suprimen disposiciones obsoletas referidas a un contingente arancelario de exportación de leche en polvo (DO L, 2024/1173, 24.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2024/1173/oj).
(6) Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1178 de la Comisión, de 23 de abril de 2024, por el que se modifican los Reglamentos de Ejecución (UE) 2020/761 y (UE) 2020/1988 en lo relativo a la creación, modificación y gestión de determinados contingentes arancelarios a raíz del acuerdo de libre comercio entre la Unión Europea y Nueva Zelanda (DO L, 2024/1178, 24.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/1178/oj).
ANEXO
Los anexos I, III y XIV.5 del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 se modifican como sigue:
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1) |
El anexo I se modifica como sigue:
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2) |
En el anexo III, los cuadros relativos a los contingentes arancelarios con los números de orden 09.4112, 09.4117, 09.4118, 09.4119, 09.4130, 09.4154, 09.4166 y 09.4168 se modifican como sigue:
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3) |
El anexo XIV.5 se modifica como sigue:
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(1) Únicamente para el contingente arancelario con el número de orden 09.4521.
(2) Táchese lo que no proceda.
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/2652/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)