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Document 32019R0821
Commission Delegated Regulation (EU) 2019/821 of 12 March 2019 amending Regulation (EU) 2016/1076 of the European Parliament and of the Council in order to include the Independent State of Samoa in Annex I
Reglamento Delegado (UE) 2019/821 de la Comisión, de 12 de marzo de 2019, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2016/1076 del Parlamento Europeo y del Consejo con el fin de incluir al Estado Independiente de Samoa en su anexo I
Reglamento Delegado (UE) 2019/821 de la Comisión, de 12 de marzo de 2019, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2016/1076 del Parlamento Europeo y del Consejo con el fin de incluir al Estado Independiente de Samoa en su anexo I
C/2019/1844
DO L 134 de , p. 12–12
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
|
22.5.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 134/12 |
REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2019/821 DE LA COMISIÓN
de 12 de marzo de 2019
por el que se modifica el Reglamento (UE) 2016/1076 del Parlamento Europeo y del Consejo con el fin de incluir al Estado Independiente de Samoa en su anexo I
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/1076 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, por el que se aplica el régimen previsto para las mercancías originarias de determinados Estados pertenecientes al grupo de Estados de África, del Caribe y del Pacífico (ACP) en los acuerdos que establecen acuerdos de asociación económica o conducen a su establecimiento (1), y en particular su artículo 2, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
En el anexo I del Reglamento (UE) 2016/1076 figura la lista de los países a los que se aplica el régimen de acceso a los mercados previsto por dicho Reglamento. |
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(2) |
El 6 de diciembre de 2018, el Consejo aprobó, en nombre de la Unión, la adhesión de Samoa al Acuerdo de Asociación Económica interino entre la Unión y los Estados del Pacífico. Tras el depósito por Samoa de su Acta de Adhesión, el Acuerdo de Asociación Económica interino se aplica provisionalmente entre la Unión y Samoa desde el 31 de diciembre de 2018. |
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(3) |
Por consiguiente, el Estado Independiente de Samoa debe incluirse en el anexo I. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
En el anexo I del Reglamento (UE) 2016/1076, después de «SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS», se inserta el texto siguiente:
«ESTADO INDEPENDIENTE DE SAMOA».
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 12 de marzo de 2019.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER