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Document 31993D0724

93/724/CE: Decisión del Consejo de 23 de noviembre de 1993 relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Hungría sobre la protección y el control recíprocos de las denominaciones de los vinos

DO L 337 de 31.12.1993, p. 93–93 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 29/11/2009; derogado por 32009R1139

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1993/724/oj

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31993D0724

93/724/CE: Decisión del Consejo de 23 de noviembre de 1993 relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Hungría sobre la protección y el control recíprocos de las denominaciones de los vinos

Diario Oficial n° L 337 de 31/12/1993 p. 0093 - 0093
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 55 p. 0013
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 55 p. 0013


DECISIÓN DEL CONSEJO de 23 de noviembre de 1993 relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Hungría sobre la protección y el control recíprocos de las denominaciones de los vinos (93/724/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y en particular su artículo 113,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el Acuerdo negociado entre la Comunidad Europea y la República de Hungría sobre la protección y el control recíprocos de las denominaciones de los vinos permitirá luchar más eficazmente contra la competencia desleal en el ejercicio del comercio, garantizar una mayor protección del consumidor y fomentar el comercio del vino entre las dos Partes contratantes; que, por consiguiente, procede aprobar dicho Acuerdo;

Considerando que, para facilitar la aplicación de determinadas disposiciones del Acuerdo, es conveniente que la Comisión pueda llevar a cabo las adaptaciones técnicas necesarias con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 83 del Reglamento (CEE) n° 822/87 del Consejo, de 19 de marzo de 1987, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1);

Considerando que, al tratarse de un Acuerdo cuyas disposiciones están directamente relacionadas con medidas reguladas por la política comercial y agrícola común, es necesario celebrarlo a nivel comunitario,

DECIDE:

Artículo 1

Quedan aprobados, en nombre de la Comunidad, el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Hungría sobre la protección y el control recíprocos de las denominaciones de los vinos, el Protocolo, los Canjes de notas y las declaraciones anejos.

El texto de los actos contemplados en el párrafo primero se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

Se autoriza al presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Acuerdo y depositar el instrumento de aprobación de la Comunidad.

El presidente del Consejo procederá a la notificación establecida en el apartado 1 del artículo 19 del Acuerdo.

Artículo 3

Con vistas a la aplicación del artículo 13 del Acuerdo, se autoriza a la Comisión para celebrar los actos de modificación del Acuerdo que sean necesarios, con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 83 del Reglamento (CEE) n° 822/87.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Bruselas, el 23 de noviembre de 1993 Por el Consejo El Presidente M. SMET

(1) DO n° L 84 de 27. 3. 1987, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) n° 1566/93 (DO n° L 154 de 25. 6. 1993, p. 39).

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