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Principio de «quien contamina paga» y responsabilidad ambiental
SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?
Establece normas que se basan en el principio de «quien contamina paga». Esto significa que una empresa que cause daños medioambientales es responsable de los mismos, por lo que debe tomar las medidas preventivas o reparadoras necesarias y sufragar todos los costes relacionados.
PUNTOS CLAVE
La Directiva define daño medioambiental como:
La definición incluye la liberación de contaminantes a la atmósfera (ya que esto afecta a las condiciones de la tierra y del agua), en aguas interiores superficiales y en aguas subterráneas, así como cualquier liberación intencional en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente, tal como se define en la Directiva 2001/18/CE.
Ámbito de aplicación
Existe responsabilidad en los siguientes dos escenarios:
Cuando se produzcan daños medioambientales a causa de cualquiera de las actividades indicadas en el anexo III de la Directiva, como:
Cuando se produzcan daños medioambientales a especies y hábitats naturales protegidos (o exista la amenaza inminente de tales daños) por actividades profesionales distintas de las enumeradas en el anexo III, y si ha habido culpa o negligencia por parte de la empresa.
Excepciones
Las excepciones incluyen los conflictos armados, los desastres naturales, la responsabilidad por los tipos de daños medioambientales incluidos en determinados convenios internacionales (por ejemplo, la contaminación marina) y los riesgos nucleares, que se incluyen en el Tratado Euratom.
Acciones preventivas y reparadoras
La empresa debe pagar las acciones preventivas y las reparadoras, excepto en determinadas situaciones, por ejemplo, si el daño fue causado por un tercero a pesar de existir medidas de seguridad adecuadas o si se produjo como consecuencia del cumplimiento de una instrucción oficial.
Ejecución
Reglamento (UE) 2019/1010 modificativo
La Directiva fue modificada en 2019 por el Reglamento (UE) 2019/1010 que adapta y racionaliza las obligaciones de información en el ámbito de la legislación ambiental. Las nuevas normas introducidas, que están en vigor desde el 26 de junio de 2019, son las siguientes:
¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?
Está en vigor desde el 30 de abril de 2004 y tenía que adquirir rango de ley en los países de la UE a más tardar el 30 de abril de 2007.
ANTECEDENTES
Para más información, véase:
DOCUMENTO PRINCIPAL
Directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y la reparación de daños medioambientales (DO L 143 de 30.4.2004, pp. 56-75).
Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2004/35/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
DOCUMENTOS CONEXOS
Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo: Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo en el marco del artículo 18, apartado 2, de la Directiva 2004/35/CE, sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales [COM(2016) 204 final de 14.4.2016].
Documento de trabajo de los servicios de la Comisión: REFIT de la Directiva sobre responsabilidad ambiental, que acompaña el documento Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo en virtud del artículo 18, apartado 2, de la Directiva 2004/35/CE sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales [SWD(2016) 121 final de 14.4.2016].
última actualización 17.06.2020