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Representante especial de la Unión Europea para los derechos humanos

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Decisión (PESC) 2019/346 por la que se nombra al representante especial de la Unión Europea para los derechos humanos

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DECISIÓN?

Nombra al representante especial de la Unión Europea (REUE) para los derechos humanos.

PUNTOS CLAVE

La función del REUE es promover los objetivos políticos de derechos humanos de la Unión Europea (UE) establecidos en los tratados de la UE, la Carta de los Derechos Fundamentales y el Marco estratégico sobre derechos humanos y democracia de la UE. Entre ellas se incluyen:

  • aumentar la eficacia, presencia y visibilidad de la UE en la defensa y la promoción de los derechos humanos, en particular, mediante la participación en los foros internacionales pertinentes y la colaboración y el diálogo político con
    • países de fuera de la UE,
    • socios interesados,
    • empresas,
    • la sociedad civil,
    • las organizaciones internacionales y regionales;
  • impulsar la contribución de la UE al fortalecimiento de la democracia y la consolidación institucional, el Estado de Derecho, el buen gobierno y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el mundo;
  • mejorar la coherencia de las medidas de la UE en el campo de los derechos humanos y la integración de los derechos humanos en todos los ámbitos de sus relaciones con terceros países.

El REUE es responsable de la aplicación de estos objetivos políticos y actúa bajo la autoridad de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad. El Comité Político y de Seguridad del Consejo de la Unión Europea proporciona al REUE orientaciones estratégicas y dirección política, y es su principal punto de contacto con el Consejo. El REUE también trabaja en estrecha colaboración con el Servicio Europeo de Acción Exterior a fin de garantizar la coherencia y la uniformidad en sus respectivas labores en el ámbito de los derechos humanos.

El REUE es responsable de nombrar a su equipo y de garantizar que este cuente con personal debidamente especializado para cumplir sus tareas. Las instituciones de la UE, los Estados miembros y el Servicio Europeo de Acción Exterior apoyan a los miembros del equipo y estos deberán desempeñar sus funciones y actuar en interés del mandato del REUE.

El REUE debe aplicar todas las medidas razonables para garantizar la seguridad de todo el personal que se encuentre bajo su autoridad directa.

El REUE presenta informes periódicamente a:

  • el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad;
  • el Comité Político y de Seguridad;
  • el Grupo «Derechos Humanos» del Consejo.

Los informes se transmitirán a través de la red «COREU».

La Decisión original ha sido modificada y ampliada varias veces, la más reciente en febrero de 2023. La Decisión (PESC) 2023/259 establece para el REUE un presupuesto de 1 567 461,56 EUR para el período desde el hasta el , momento en el que expira el mandato del REUE.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DECISIÓN?

Está en vigor desde el .

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Decisión (PESC) 2019/346 del Consejo, de , por la que se nombra al representante especial de la Unión Europea para los derechos humanos (DO L 62 de , pp. 12-15).

Las modificaciones sucesivas de la Decisión (PESC) 2019/346 se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

última actualización

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