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Misión de Cooperación Militar de la Unión Europea en Níger (EUMPM Níger)

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Decisión (PESC) 2022/2444 relativa a una Misión de Cooperación Militar de la Unión Europea en Níger (EUMPM Níger)

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DECISIÓN?

La Decisión pone en marcha la Misión de Cooperación Militar en Níger (EUMPM Níger) de la Unión Europea (UE) con el objetivo de apoyar a las Fuerzas Armadas de Níger en:

  • el refuerzo de sus capacidades;
  • la mejora de su capacidad para contener la amenaza que suponen los grupos armados terroristas;
  • la protección de la población nigerina; y
  • la garantía de un entorno estable y seguro.

PUNTOS CLAVE

La misión

El Consejo de la Unión Europea adopta la decisión relativa a la puesta en marcha de la EUMPM Níger, tras aprobar un plan de misión y unas normas de enfrentamiento. La misión consiste en:

  • ayudar a la creación de un Centro de Formación de Técnicos para las Fuerzas Armadas de Níger, con asesoramiento y formación, incluso a los formadores;
  • apoyar a las Fuerzas Armadas de Níger en el desarrollo de capacidades especializadas, proporcionando formación a la carta;
  • contribuir a la creación y desarrollo de un batallón de comunicación y apoyo al mando, mediante la formación y tutoría de sus unidades, especialistas y cadena de mando, para su posterior despliegue en apoyo de las operaciones nigerinas.

En materia de planificación estratégica y operativa, actividades e informes, la Misión integra plenamente:

El comandante de la misión de la UE y el cuartel general de la misión

  • El Director de la Capacidad Militar de Planificación y Ejecución es nombrado comandante de la misión EUMPM Níger.
  • La Capacidad Militar de Planificación y Ejecución es la estructura estática de mando y control a nivel estratégico militar y es responsable de la planificación y ejecución de las operaciones.
  • El cuartel general de la misión está en Níger, bajo el mando del comandante de la fuerza de la misión de la UE.
  • Se incluye una célula de apoyo en Bruselas hasta que la Capacidad Militar de Planificación y Ejecución alcance su plena capacidad operativa.

Control político y dirección estratégica

El Comité Político y de Seguridad de la UE ejerce el control político y la dirección estratégica de la misión y es responsable ante el Consejo y del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad. El Consejo fija objetivos y puede decidir poner fin a la misión. El Comité:

  • está facultado para modificar los documentos de planificación, el plan de la misión y la cadena de mando, e informa periódicamente al Consejo;
  • puede nombrar a los futuros comandantes de la fuerza de la misión de la UE;
  • recibe informes periódicos del Presidente del Comité Militar de la UE sobre el desarrollo de la misión;
  • puede invitar a sus reuniones al comandante de la misión de la UE y al comandante de la fuerza de la misión de la UE.

Dirección militar

El Comité Militar de la UE:

  • supervisa la misión bajo la responsabilidad del comandante de la misión de la UE;
  • recibe informes periódicos del comandante de la misión de la UE;
  • puede invitar a sus reuniones al comandante de la misión de la UE y al comandante de la fuerza de la misión de la UE.

Coherencia y coordinación

  • El Alto Representante vela por que la misión sea coherente con la acción exterior de la UE, incluidos los programas de desarrollo y ayuda humanitaria.
  • El comandante de la fuerza de la misión de la UE recibe orientaciones políticas locales del jefe de la delegación de la UE en Níger.
  • La EUMPM Níger se coordina con:
  • La EUMPM Níger puede disponer de una célula de proyectos para identificar y ejecutar proyectos, coordinándose con los Estados miembros según corresponda.
  • Se podrá invitar a los países de fuera de la UE a participar en la misión.

Disposiciones financieras

Los costes se administran de conformidad con la Decisión (PESC) 2021/509 relativa al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (véase la síntesis).

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DECISIÓN?

La Decisión está en vigor desde el 12 de diciembre de 2022. La misión finaliza el 12 de diciembre de 2025.

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Decisión (PESC) 2022/2444 del Consejo, de 12 de diciembre de 2022, relativa a una Misión de Cooperación Militar de la Unión Europea en Níger (EUMPM Níger) (DO L 319 de 13.12.2022, pp. 86-90).

DOCUMENTOS CONEXOS

Decisión (PESC) 2021/509 del Consejo, de 22 de marzo de 2021, por la que se crea un Fondo Europeo de Apoyo a la Paz y se deroga la Decisión (PESC) 2015/528 (DO L 102 de 24.3.2021, pp. 14-62).

Las modificaciones sucesivas de la Decisión (PESC) 2021/509 se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Estrategia integrada de la Unión Europea en el Sahel — Conclusiones del Consejo (16 de abril de 2021).

Versión consolidada del Tratado de la Unión Europea — Título V — Disposiciones generales relativas a la acción exterior de la Unión y disposiciones específicas relativas a la política exterior y de seguridad común — Capítulo 2 — Disposiciones específicas sobre la política exterior y de seguridad común — Sección 1 — Disposiciones comunes — Artículo 41 (antiguo artículo 28 TUE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 37-38).

última actualización 15.09.2023

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