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El Reglamento (UE) 2025/2052 establece requisitos de diseño ecológico para la introducción en el mercado y la puesta en servicio de fuentes de alimentación externas (FAE) y determinados equipos de carga, con el fin de mejorar la eficiencia energética, la interoperabilidad y el comportamiento medioambiental en toda la Unión Europea (UE), mediante:
requisitos mínimos de eficiencia energética para las FAE;
límites al consumo de potencia en modo preparado de los equipos de carga inalámbrica;
requisitos de interoperabilidad basados en USB Type-C y el puerto de alimentación USB;
requisitos de información y marcado para apoyar la elección de los consumidores y la reutilización de los cargadores.
PUNTOS CLAVE
Ámbito de aplicación y productos cubiertos
El Reglamento establece requisitos de diseño ecológico para una amplia gama de productos de carga y conversión de potencia introducidos en el mercado de la UE.
El Reglamento se aplica a:
FAE;
cargadores de pilas o baterías para pilas portátiles de uso general (por ejemplo, AA o AAA);
cargadores inalámbricos y bases de carga inalámbrica;
cables USB Type-C.
Se aplica a los productos introducidos en el mercado, ya sea por sí solos o junto con el producto de consumo alimentado.
No se aplica, entre otras cosas, a:
sistemas de alimentación ininterrumpida;
mecanismos de control independientes (FAE) utilizados en aplicaciones de alumbrado;
FAE diseñadas exclusivamente para productos sanitarios;
FAE utilizadas exclusivamente para medios de transporte;
estaciones de conexión para aparatos autónomos.
Requisitos de eficiencia energética y consumo de potencia
El Reglamento establece requisitos de eficiencia obligatorios y más estrictospara las FAE con el fin de reducir las pérdidas de energía durante el uso.
Establece:
requisitos mínimos de eficiencia media en activo;
requisitos mínimos de eficiencia a baja carga (con una carga del 10 %);
límites máximos del consumo de potencia en vacío.
Los requisitos varían según:
los niveles de potencia de salida;
las categorías de tensión (tensión básica o de baja tensión);
las FAE adaptativas de tensión única o de tensiones múltiples.
Los cargadores inalámbricos y las bases de carga inalámbrica están sujetos a límites específicos de consumo de potencia en modo preparado.
Interoperabilidad y requisitos comunes de recarga
El Reglamento promueve la interoperabilidad para reducir el número de cargadores y facilitar la reutilización entre dispositivos:
se exige que una gran parte de las FAE de CA-CC sean interoperables, salvo que estén sujetas a exenciones específicas, como:
alta potencia o determinados niveles de tensión o combinaciones de tensión/corriente,
limitaciones técnicas, de seguridad o de instalación específicas,
uso con categorías específicas de productos de consumo, como aplicaciones en entornos húmedos (por ejemplo, cepillos de dientes) o aspiradoras,
FAE interoperables que incluyan al menos un puerto USB Type-C o USB-PD,
las que suministran su potencia máxima de salida a través de un puerto USB Type-C o USB-PD,
las que evitan los cables de salida fijos;
los cargadores de pilas o baterías para pilas portátiles de uso general y la mayoría de los cargadores y bases de carga inalámbricos deben alimentarse mediante FAE.
Información, marcado y transparencia para los consumidores
El Reglamento introduce requisitos detallados de información para mejorar la transparencia y facilitar una elección informada por parte del consumidor:
Las FAE deben mostrar información técnica en la placa de características, incluida la potencia de salida, la tensión y la corriente;
las FAE interoperables deben:
mostrar un nuevo y distintivo logotipo del Cargador Común de la UE en el producto, el embalaje, las instrucciones y el sitio web del fabricante, que indique la potencia máxima disponible en un único puerto USB Type-C,
marcar cada puerto USB Type-C o USB-PD con su potencia máxima soportada;
los cables USB Type-C deben estar marcados para indicar si admiten 60 W o 240 W;
la información detallada sobre el producto debe figurar en la documentación y en un sitio web de libre acceso durante al menos diez años.
Evaluación de la conformidad y vigilancia del mercado
En consonancia con las normas y los principios de diseño ecológico y verificación, el Reglamento especifica cómo debe demostrarse y verificarse el cumplimiento de los requisitos de diseño ecológico.
Disposiciones transitorias y derogación de las normas anteriores
El Reglamento sustituye al actual Reglamento sobre diseño ecológico aplicable a las fuentes de alimentación externas, al tiempo que permite disposiciones transitorias limitadas:
el Reglamento (UE) 2019/1782 (véase la síntesis) queda derogado con efecto a partir del ;
las FAE de recambio para productos introducidos en el mercado antes de esa fecha podrán seguir cumpliendo las normas anteriores hasta el ;
determinadas FAE USB-PD de alta potencia podrán cumplir únicamente los requisitos de eficiencia anteriores hasta el ;
las FAE que cumplan anticipadamente este Reglamento, es decir, a partir del , podrán introducirse en el mercado antes de la fecha de su aplicación general.
Reglamento (UE) 2025/2052 de la Comisión, de , por el que se establecen requisitos de diseño ecológico aplicables a las fuentes de alimentación externas, los cargadores inalámbricos, las bases de carga inalámbrica, los cargadores de pilas o baterías para pilas portátiles de uso general y los cables USB Type-C, con arreglo a la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se deroga el Reglamento (UE) 2019/1782 de la Comisión (DO L, 2025/2052, ).
DOCUMENTOS CONEXOS
Reglamento (UE) 2023/1542 relativo a las pilas y baterías y sus residuos.
Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2023/1542 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
Reglamento (UE) 2019/1782 sobre requisitos de diseño ecológico para las fuentes de alimentación externas.
Directiva 2014/53/UE relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros sobre la comercialización de equipos radioeléctricos.
Directiva 2009/125/CE por la que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía.