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Actos atípicos

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Artículo 121 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) – Política económica

Artículo 148 del TFUE – Empleo

Artículo 171 del TFUE – Redes transeuropeas

Artículo 177 del TFUE – Cohesión económica, social y territorial

Artículo 218 – Acuerdos internacionales

Artículo 232 del TFUE – El Parlamento Europeo

Artículo 240 del TFUE – El Consejo

Artículo 249 del TFUE – La Comisión

Artículo 254 del TFUE – El Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Artículo 256 del TFUE – El Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Artículo 287 del TFUE – El Tribunal de Cuentas

Artículo 295 del TFUE – Procedimientos de adopción de los actos y otras disposiciones

Artículo 303 del TFUE – El Comité Económico y Social

Artículo 306 del TFUE – El Comité de las Regiones

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTOS ARTÍCULOS?

  • Los actos atípicos constituyen una categoría de actos adoptados por las instituciones de la Unión Europea (UE) y están relacionados con la organización interna de la UE. Estos actos se denominan atípicos porque no forman parte de la nomenclatura de actos jurídicos prevista en el artículo 288 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
  • Existen muchos tipos de actos atípicos. Algunos de ellos se mencionan en los Tratados de la UE, mientras que otros se han convertido en realidad.
  • Los actos atípicos se distinguen por su ámbito de aplicación, que por lo general es político. Algunos pueden tener un carácter obligatorio, aunque este se limita al marco institucional de la UE.

PUNTOS CLAVE

Actos atípicos previstos en los Tratados

  • Los Reglamentos internos de las instituciones de la UE constituyen actos atípicos. De hecho, los tratados constitutivos disponen que las instituciones de la UE aprueben su propio reglamento interno.
  • Los reglamentos internos determinan la organización interna, el funcionamiento y los métodos de trabajo de las instituciones de la UE. Solo son vinculantes para la institución u organismo en cuestión.
  • Los artículos siguientes establecen las bases jurídicas para la adopción del Reglamento interno:
  • Los tratados constitutivos también prevén otros tipos de actos aprobados en el marco del diálogo político entre las instituciones de la UE. El principal objetivo de estos actos es facilitar el trabajo y la cooperación entre las instituciones. Por ejemplo, en el marco del procedimiento de adopción de los acuerdos internacionales, el Consejo de la Unión Europea puede remitir directivas a la Comisión Europea para la negociación de los acuerdos (artículo 218 del TFUE).
  • Las instituciones pueden ir más lejos y organizar su cooperación a través de acuerdos interinstitucionales (artículo 295 del TFUE). Los acuerdos de este tipo también son actos atípicos. Pueden tener un efecto vinculante pero solamente para las instituciones signatarias del acuerdo.

Actos atípicos no previstos en los Tratados

Las instituciones de la UE utilizan toda una serie de instrumentos resultantes de la práctica. Se trata, en particular, de las declaraciones, deliberaciones, recomendaciones, resoluciones, comunicaciones, códigos de conducta, acuerdos interinstitucionales, calendarios, conclusiones y libros blancos y verdes.

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Tercera parte — Políticas y acciones internas de la Unión — Título VIII — Política económica y monetaria — Capítulo 1 — Política económica — Artículo 121 (antiguo artículo 99 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 97-98).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Tercera parte — Políticas y acciones internas de la Unión — Título IX — Empleo — Artículo 148 (antiguo artículo 128 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 112-113).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea —Tercera parte — Políticas y acciones internas de la Unión — Título XVI — Redes transeuropeas — 171 (antiguo artículo 155 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 125).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Tercera Parte — Políticas y acciones internas de la Unión — Título XVIII — Cohesión económica, social y territorial — Artículo 177 (antiguo artículo 161 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 128)

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Quinta parte — Acción exterior de la Unión — Título V — Acuerdos internacionales — Artículo 218 (antiguo artículo 300 del TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 144-146).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Sexta Parte — Disposiciones institucionales y financieras — Título I — Disposiciones institucionales — Capítulo 1 — Instituciones — Sección 1 — El Parlamento Europeo — Artículo 232 (antiguo artículo 199 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 152).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Sexta Parte — Disposiciones institucionales y financieras — Título I — Disposiciones institucionales — Capítulo 1 — Instituciones — Sección 3 — La Comisión — Artículo 240 (antiguo artículo 207 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 154).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Sexta Parte — Disposiciones institucionales y financieras — Título I — Disposiciones institucionales — Capítulo 1 — Instituciones — Sección 4 — La Comisión — Artículo 249 (antiguos artículos 218, apartado 2, y 212 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 157).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Sexta Parte — Disposiciones institucionales y financieras — Título I — Disposiciones institucionales — Capítulo 1 — Instituciones — Sección quinta — El Tribunal de Justicia de la Unión Europea — Artículo 254 (antiguo artículo 224 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 158-159).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Sexta Parte — Disposiciones institucionales y financieras — Título I — Disposiciones institucionales — Capítulo 1 — Instituciones — Sección quinta — El Tribunal de Justicia de la Unión Europea — Artículo 256 (antiguo artículo 225 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 159-160).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Sexta Parte — Disposiciones institucionales y financieras — Título I — Disposiciones institucionales — Capítulo 1 — Instituciones — Sección séptima — El Tribunal de Cuentas — Artículo 287 (antiguo artículo 248 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 170-171).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Sexta Parte — Disposiciones institucionales y financieras — Título I — Disposiciones Institucionales — Capítulo 2 — Actos jurídicos de la Unión, procedimientos de adopción y otras disposiciones — Sección segunda — Procedimientos de adopción de los actos y otras disposiciones — Artículo 295 (DO C 202 de 7.6.2016, p. 175).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Sexta Parte — Disposiciones institucionales y financieras — Disposiciones financieras — Título I — Disposiciones institucionales — Capítulo 3 — Los órganos consultivos de la Unión, procedimientos de adopción y otras disposiciones — Sección primera — El Comité Económico y Social — Artículo 303 (anterior artículo 260 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 178).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Sexta Parte — Disposiciones institucionales y financieras — Disposiciones financieras — Título I — Disposiciones institucionales — Capítulo 3 — Los órganos consultivos de la Unión, procedimientos de adopción y otras disposiciones — Sección segunda — El Comité de las Regiones — Artículo 306 (antiguo artículo 264 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 179).

última actualización 17.05.2024

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