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Llamadas telefónicas dentro de la Unión Europea

Las comunicaciones dentro de la Unión Europea (UE) pueden definirse como la llamada a un número de teléfono en un Estado miembro de la UE utilizando un teléfono móvil o fijo desde otro Estado miembro. Desde el 15 de mayo de 2019, el Reglamento (UE) 2018/1971 garantiza la aplicación de un límite de precios en las comunicaciones dentro de la UE.

El establecimiento de un límite de precios en las llamadas de un Estado miembro a otro garantiza que los consumidores puedan hacer llamadas dentro de la UE a una tarifa no superior a 0,19 EUR por minuto (sin IVA) y enviar SMS (mensajes de texto) por un máximo de 0,06 EUR (sin IVA). Estas normas también se aplican a las llamadas y los SMS desde Islandia, Liechtenstein y Noruega.

El límite solo se aplica al uso personal para consumidores privados. Los clientes empresariales están excluidos de esta regulación de precios, ya que varios proveedores presentan ofertas especiales para ellos.

Asimismo, si los consumidores optan por un paquete que incluye un volumen fijo de llamadas y/o SMS internacionales en la UE a un precio determinado, el límite de precio no se aplica. No obstante, si los consumidores consideran que su paquete ya no ofrece la mejor relación calidad-precio tras la entrada en vigor de este límite de precios, pueden cambiar a una tarifa por minuto para llamadas y SMS dentro de la UE.

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