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Contenido máximo de determinados contaminantes en los alimentos
Esta síntesis se ha archivado y no se actualizará. Vea 'Contenido máximo de determinados contaminantes en los alimentos' para obtener información actualizada sobre la materia.
El presente Reglamento establece el contenido máximo de determinados contaminantes en los alimentos con el fin de proteger la salud de la población de la Unión Europea (UE), en particular la salud de los grupos de la población más vulnerables, es decir, niños, personas de edad avanzada y embarazadas.
Ámbito de aplicación
El Reglamento abarca:
Límites
No se pueden vender alimentos con contenidos de contaminantes superiores a los especificados en el anexo del presente Reglamento. Estos límites abarcan la parte comestible de los alimentos y también se aplican a los alimentos compuestos o transformados, desecados o diluidos.
Asimismo, el Reglamento establece los contenidos máximos más bajos de contaminantes que sean razonablemente posibles «(ALARA, as low as reasonably achievable)» mediante prácticas correctas de fabricación y buenas prácticas agrícolas.
Prohibición relativa a la mezcla
Etiquetado
Excepciones
Pruebas
Los Estados miembros deben analizar el contenido de contaminantes presente en los alimentos. Los resultados deben enviarse a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria creada en virtud del Reglamento n.o 178/2002 (véase la síntesis).
Modificaciones del Reglamento (CE) n.o 1881/2006
El Reglamento ha sido modificado en más de treinta ocasiones. La mayoría de estas modificaciones se refieren al anexo del Reglamento, que enumera el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios.
Está en vigor desde el 1 de marzo de 2007.
Para más información, véase:
Reglamento (CE) n o 1881/2006 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2006, por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios (DO L 364 de 20.12.2006, pp. 5–24).
Las sucesivas modificaciones del Reglamento (CE) n.o 1881/2006 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
Reglamento (CE) n.o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria (DO L 31 de 1.2.2002, pp. 1–24).
Véase la versión consolidada.
Reglamento (CEE) n.o 315/93 del Consejo, de 8 de febrero de 1993, por el que se establecen procedimientos comunitarios en relación con los contaminantes presentes en los productos alimenticios (DO L 37 de 13.2.1993, pp. 1–3).
Véase la versión consolidada.
última actualización 26.03.2023