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Document 12007P041

    Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - TÍTULO V - CIUDADANÍA - Artículo 41 - Derecho a una buena administración

    DO C 303 de 14/12/2007, p. 10–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 30/11/2009; sustituido por 12010P041

    ELI: http://data.europa.eu/eli/treaty/char_2007/art_41/oj

    12007P041

    Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - TÍTULO V - CIUDADANÍA - Artículo 41 - Derecho a una buena administración

    Diario Oficial n° 303 de 14/12/2007 p. 0010 - 0011


    Artículo 41

    Derecho a una buena administración

    1. Toda persona tiene derecho a que las instituciones, órganos y organismos de la Unión traten sus asuntos imparcial y equitativamente y dentro de un plazo razonable.

    2. Este derecho incluye en particular:

    a) el derecho de toda persona a ser oída antes de que se tome en contra suya una medida individual que la afecte desfavorablemente;

    b) el derecho de toda persona a acceder al expediente que le concierna, dentro del respeto de los intereses legítimos de la confidencialidad y del secreto profesional y comercial;

    c) la obligación que incumbe a la administración de motivar sus decisiones.

    3. Toda persona tiene derecho a la reparación por la Unión de los daños causados por sus instituciones o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con los principios generales comunes a los Derechos de los Estados miembros.

    4. Toda persona podrá dirigirse a las instituciones de la Unión en una de las lenguas de los Tratados y deberá recibir una contestación en esa misma lengua.

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