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Documento 62016TJ0049
Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 6 de abril de 2017.
Azanta A/S contra Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea.
Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión NIMORAL — Marca denominativa anterior de la Unión NEORAL — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009.
Asunto T-49/16.
Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 6 de abril de 2017.
Azanta A/S contra Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea.
Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión NIMORAL — Marca denominativa anterior de la Unión NEORAL — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009.
Asunto T-49/16.
Recopilación de la Jurisprudencia. Recopilación general. Sección «Información sobre las resoluciones no publicadas»
Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 6 de abril de 2017 —
Azanta/EUIPO — Novartis (NIMORAL)
(Asunto T‑49/16)
«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión NIMORAL — Marca denominativa anterior de la Unión NEORAL — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009»
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1. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 17 y 60 a 62) |
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2. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Nivel de atención del público — Productos farmacéuticos [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 21, 22, 28, 67 y 68) |
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3. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marcas denominativas NIMORAL y NEORAL [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 26, 27, 30, 53, 58, 59 y 69) |
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4. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 31 y 32) |
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5. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Similitud entre las marcas de que se trata — Capacidad de las divergencias conceptuales para neutralizar las similitudes visuales o fonéticas — Requisitos [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 52) |
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 1 de diciembre de 2015 (asunto R 634/2015‑4) relativa a un procedimiento de oposición entre Novartis y Azanta.
Fallo
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1) |
Desestimar el recurso. |
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2) |
Condenar en costas a Azanta A/S. |