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Document 32008R1272R(20)
Corrección de errores del Reglamento (CE) n.° 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) n.° 1907/2006 (DO L 353 de 31.12.2008)
Corrección de errores del Reglamento (CE) n.° 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) n.° 1907/2006 (DO L 353 de 31.12.2008)
ST/12406/2025/INIT
ELT L, 2025/90818, 15.10.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2008/1272/corrigendum/2025-10-15/oj (ES, PL)
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2008/1272/corrigendum/2025-10-15/oj
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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2025/90818 |
15.10.2025 |
Corrección de errores del Reglamento (CE) n.o 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) n.o 1907/2006
( Diario Oficial de la Unión Europea L 353 de 31 de diciembre de 2008 )
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1) |
En la página 189, en el anexo III, tabla 1.3, sección «H410», idioma «ES»: |
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donde dice: |
«Muy tóxico para los organismos acuáticos, con efectos nocivos duraderos.», |
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debe decir: |
«Muy tóxico para los organismos acuáticos, con efectos duraderos.». |
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2) |
En la página 190, en el anexo III, sección «H411», idioma «ES»: |
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donde dice: |
«Tóxico para los organismos acuáticos, con efectos nocivos duraderos.», |
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debe decir: |
«Tóxico para los organismos acuáticos, con efectos duraderos.». |
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3) |
En la página 190, en el anexo III, sección «H412», idioma «ES»: |
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donde dice: |
«Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos nocivos duraderos.», |
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debe decir: |
«Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos duraderos.». |
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4) |
En la página 191, en el anexo III, sección «H413», idioma «ES»: |
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donde dice: |
«Puede ser nocivo para los organismos acuáticos, con efectos nocivos duraderos.», |
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debe decir: |
«Puede ser nocivo para los organismos acuáticos, con efectos duraderos.». |
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2008/1272/corrigendum/2025-10-15/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)