Asunto C‑485/21
S. V. OOD
contra
E. Ts. D.
(Petición de decisión prejudicial planteada por el Rayonen sad Nesebar)
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 27 de octubre de 2022
«Procedimiento prejudicial — Protección de los consumidores — Directiva 93/13/CEE — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores — Artículo 2, letra b) — Concepto de “consumidor” — Artículo 2, letra c) — Concepto de “profesional” — Persona física propietaria de un piso en un inmueble en régimen de propiedad horizontal — Diferentes tipos de relaciones jurídicas relativas a la administración y al mantenimiento de dicho inmueble — Diferencia de trato, en relación con la condición de consumidor, que aplica la legislación de un Estado miembro entre los propietarios que han celebrado un contrato individual para la administración y el mantenimiento de las partes comunes de ese inmueble y aquellos que no han celebrado tal contrato»
Protección de los consumidores — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores — Directiva 93/13/CEE — Concepto de consumidor — Persona física propietaria de un piso en un inmueble en régimen de propiedad horizontal que celebra un contrato con un administrador de fincas para la administración y el mantenimiento de las partes comunes — Inclusión — Requisito
[Directiva 93/13/CEE del Consejo, arts. 1, ap. 1, y 2, letras b) y c)]
(véanse los apartados 24 a 31 y 35 y el fallo)
Protección de los consumidores — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores — Directiva 93/13/CEE — Concepto de consumidor — Persona física propietaria de un piso en un inmueble en régimen de propiedad horizontal — Contrato para la administración y el mantenimiento de las partes comunes del inmueble celebrado entre la junta general de propietarios o la comunidad de propietarios y el administrador de fincas — Inclusión — Requisito
[Directiva 93/13/CEE del Consejo, arts. 1, ap. 1, y 2, letras b) y c)]
(véanse los apartados 32 a 35 y el fallo)