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Document 62021TN0470

    Asunto T-470/21: Recurso interpuesto el 30 de julio de 2021 — Klymenko/Consejo

    DO C 412 de 11.10.2021, p. 19–20 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    11.10.2021   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 412/19


    Recurso interpuesto el 30 de julio de 2021 — Klymenko/Consejo

    (Asunto T-470/21)

    (2021/C 412/20)

    Lengua de procedimiento: francés

    Partes

    Demandante: Oleksandr Viktorovych Klymenko (Moscú, Rusia) (representante: M. Cessieux, abogado)

    Demandada: Consejo de la Unión Europea

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Declare admisible el recurso del Sr. Oleksandr Viktorovych Klymenko.

    Declare que, al adoptar medidas restrictivas contra el Sr. Klymenko, anuladas o no anuladas, en relación con

    la Decisión (PESC) 2021/394 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/391 del Consejo, de 4 de marzo de 2021;

    la Decisión (PESC) 2020/373 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/370 del Consejo, de 5 de marzo de 2020;

    la Decisión (PESC) 2019/354 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/352 del Consejo, de 4 de marzo de 2019;

    la Decisión (PESC) 2018/33 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/326 del Consejo, de 5 de marzo de 2018;

    la Decisión (PESC) 2017/381 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/374 del Consejo, de 3 de marzo de 2017;

    la Decisión (PESC) 2016/318 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/311 del Consejo, de 4 de marzo de 2016; y

    la Decisión (PESC) 2015/364 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/357 del Consejo, de 5 de marzo de 2015;

    el Consejo de la Unión Europea generó la responsabilidad extracontractual de la Unión Europea.

    Declare que, en consecuencia, la Unión Europea está obligada a reparar al demandante por los daños que de ello se le irrogaron.

    Condene al Consejo de la Unión Europea a indemnizar al demandante por los daños causados por el ataque a su honorabilidad y reputación, que fija en 50 000 euros, a los que se añadirán sus intereses legales y cualquier otro importe justificado.

    Condene al Consejo de la Unión Europea a otorgar al demandante un importe establecido en 500 euros por cada mes en que su nombre haya estado incluido en las listas controvertidas, como reparación por los perjuicios morales causados deparados a su vida cotidiana y por el ataque perpetrado contra su salud, a los que se añadirán sus intereses legales y cualquier otro importe justificado.

    Condene en costas al Consejo.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su recurso, el demandante invoca dos motivos:

    1.

    Primer motivo: motivación insuficiente, que supone violar el principio del respeto del derecho de defensa y vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva.

    2.

    Segundo motivo: error de apreciación como consecuencia del incumplimiento por parte del Consejo de la obligación de acreditar el fundamento de las medidas restrictivas adoptadas.


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