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Jerarquía de las normas de la Unión Europea

La jerarquía de las normas se refiere a la idea de que, en un sistema jurídico, existe un orden vertical de los actos jurídicos, en el que los actos de los niveles inferiores de la jerarquía están sujetos a los de un nivel superior.

El Tratado de Lisboa mantuvo la jerarquía de los actos jurídicos propuestos por el Tratado constitucional no ratificado.

En la cumbre de la jerarquía de las normas de la Unión Europea (UE) es el Derecho primario, que consiste en:

  • los tratados constitutivos de la UE [el Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)] y sus protocolos;
  • la Carta de los Derechos Fundamentales [artículo 6 del Tratado de la Unión Europea (TUE)]; y
  • los principios generales establecidos por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Le siguen, en orden de jerarquía, los acuerdos internacionales con países no pertenecientes a la UE o con organizaciones internacionales. Estos acuerdos son independientes del Derecho primario y del Derecho derivado, además de conformar una categoría «sui generis».

La siguiente categoría es el Derecho secundario, que comprende todos los actos legislativos y no legislativos adoptados por las instituciones de la Unión que permiten que la UE ejerza sus competencias.

Los actos legislativos son los reglamentos, las directivas y las decisiones adoptados mediante un procedimiento legislativo ordinario o especial (artículo 289 del TFUE).

Están en un nivel superior que los actos no legislativos, los cuales incluyen, en particular, los actos delegados y los actos de ejecución.

Mientras que los actos delegados (artículo 290 del TFUE) permiten a la Comisión Europea complementar o modificar partes no esenciales de los actos legislativos de la UE, los actos de ejecución (artículo 291 del TFUE) establecen normas detalladas que permiten su aplicación uniforme.

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