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Document 22026D0960

Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 7/2026, de 6 de febrero de 2026, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE [2026/960]

DO L, 2026/960, 21.5.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/960/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/960/oj

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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2026/960

21.5.2026

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE N.o 7/2026

de 6 de febrero de 2026

por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE [2026/960]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1787 de la Comisión, de 8 de septiembre de 2025, relativo a la autorización de la L-arginina producida con Corynebacterium glutamicum KCCM 80387 como aditivo para piensos destinado a todas las especies animales (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(2)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1784 de la Comisión, de 9 de septiembre de 2025, relativo a la autorización de la capsaicina como aditivo para piensos destinado a todas las especies animales (2), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(3)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1795 de la Comisión, de 9 de septiembre de 2025, relativo a la autorización de la riboflavina (vitamina B2) producida por Bacillus subtilis CGMCC 7.449 y un preparado de riboflavina producida por Bacillus subtilis CGMCC 7.449 como aditivos para piensos destinados a todas las especies animales (3), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(4)

La presente Decisión se refiere a legislación sobre piensos. Dicha legislación no se aplica a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas incluya a dicho país, como se recoge en las adaptaciones sectoriales del anexo I del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein.

(5)

Procede, por tanto, modificar el anexo I del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Después del punto 679 [Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1782 de la Comisión] del capítulo II del anexo I del Acuerdo EEE, se insertan los puntos siguientes:

«680.

32025 R 1787: Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1787 de la Comisión, de 8 de septiembre de 2025, relativo a la autorización de la L-arginina producida con Corynebacterium glutamicum KCCM 80387 como aditivo para piensos destinado a todas las especies animales (DO L, 2025/1787, 9.9.2025).

681.

32025 R 1784: Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1784 de la Comisión, de 9 de septiembre de 2025, relativo a la autorización de la capsaicina como aditivo para piensos destinado a todas las especies animales (DO L, 2025/1784, 10.9.2025).

682.

32025 R 1795: Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1795 de la Comisión, de 9 de septiembre de 2025, relativo a la autorización de la riboflavina (vitamina B2) producida por Bacillus subtilis CGMCC 7.449 y un preparado de riboflavina producida por Bacillus subtilis CGMCC 7.449 como aditivos para piensos destinados a todas las especies animales (DO L, 2025/1795, 10.9.2025).».

Artículo 2

Los textos de los Reglamentos de Ejecución (UE) 2025/1787, (UE) 2025/1784 y (UE) 2025/1795 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 7 de febrero de 2026, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 6 de febrero de 2026.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Nicolas VON LINGEN


(1)   DO L, 2025/1787, 9.9.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/1787/oj.

(2)   DO L, 2025/1784, 10.9.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/1784/oj.

(3)   DO L, 2025/1795, 10.9.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/1795/oj.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/960/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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