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Document 22024D1094

Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 255/2023, de 27 de octubre de 2023, por la que se modifican el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) y el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2024/1094]

DO L, 2024/1094, 16.5.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/1094/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/1094/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2024/1094

16.5.2024

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 255/2023

de 27 de octubre de 2023

por la que se modifican el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) y el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2024/1094]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento Delegado (UE) 2022/1644 de la Comisión, de 7 de julio de 2022, por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo con requisitos específicos para la realización de controles oficiales del uso de sustancias farmacológicamente activas autorizadas como medicamentos veterinarios o como aditivos de piensos, y de sustancias farmacológicamente activas prohibidas o no autorizadas y sus residuos (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(2)

La presente Decisión se refiere a legislación sobre cuestiones veterinarias, piensos y productos alimenticios. Dicha legislación no se aplicará a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas sea extensiva a Liechtenstein, según se especifica en las adaptaciones sectoriales del anexo I y la introducción del capítulo XII del anexo II del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein.

(3)

Procede, por tanto, modificar los anexos I y II del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I del Acuerdo EEE se modifica como sigue:

1.

Después del punto 11g [Reglamento de Ejecución (UE) 2022/932 de la Comisión] de la parte 1.1 del capítulo 1, se inserta el punto siguiente:

«11h.

32022 R 1644: Reglamento Delegado (UE) 2022/1644 de la Comisión, de 7 de julio de 2022, por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo con requisitos específicos para la realización de controles oficiales del uso de sustancias farmacológicamente activas autorizadas como medicamentos veterinarios o como aditivos de piensos, y de sustancias farmacológicamente activas prohibidas o no autorizadas y sus residuos (DO L 248 de 26.9.2022, p. 3).».

2.

Después del punto 31v [Reglamento de Ejecución (UE) 2022/932 de la Comisión] del capítulo 2, se inserta el punto siguiente:

«31w.

32022 R 1644: Reglamento Delegado (UE) 2022/1644 de la Comisión, de 7 de julio de 2022, por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo con requisitos específicos para la realización de controles oficiales del uso de sustancias farmacológicamente activas autorizadas como medicamentos veterinarios o como aditivos de piensos, y de sustancias farmacológicamente activas prohibidas o no autorizadas y sus residuos (DO L 248 de 26.9.2022, p. 3).».

Artículo 2

Después del punto 164zd [Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2292 de la Comisión] del capítulo XII del anexo II del Acuerdo EEE, se inserta el punto siguiente:

«164ze.

32022 R 1644: Reglamento Delegado (UE) 2022/1644 de la Comisión, de 7 de julio de 2022, por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo con requisitos específicos para la realización de controles oficiales del uso de sustancias farmacológicamente activas autorizadas como medicamentos veterinarios o como aditivos de piensos, y de sustancias farmacológicamente activas prohibidas o no autorizadas y sus residuos (DO L 248 de 26.9.2022, p. 3).».

Artículo 3

El texto del Reglamento Delegado (UE) 2022/1644 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el 28 de octubre de 2023, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 5

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 27 de octubre de 2023.

Por el Comité Mixto del EEE,

El Presidente

Pascal SCHAFHAUSER


(1)   DO L 248 de 26.9.2022, p. 3.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/1094/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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