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Document 52026XG02995

Anuncio a la atención de las personas, entidades y organismos sujetos a las medidas restrictivas establecidas en la Decisión (PESC) 2020/1999 del Consejo, modificada por la Decisión (PESC) 2026/1176 del Consejo, y en el Reglamento (UE) 2020/1998 del Consejo, aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1177 del Consejo, relativos a medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos

ST/12925/2025/INIT

DO C, C/2026/2995, 29.5.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/2995/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/2995/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2026/2995

29.5.2026

Anuncio a la atención de las personas, entidades y organismos sujetos a las medidas restrictivas establecidas en la Decisión (PESC) 2020/1999 del Consejo, modificada por la Decisión (PESC) 2026/1176 del Consejo, y en el Reglamento (UE) 2020/1998 del Consejo, aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1177 del Consejo, relativos a medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos

(C/2026/2995)

La presente información se pone en conocimiento de las personas, entidades y organismos que figuran en el anexo de la Decisión (PESC) 2020/1999 del Consejo (1), modificada por la Decisión (PESC) 2026/1176 del Consejo (2), y en el anexo I del Reglamento (UE) 2020/1998 del Consejo (3), aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1177 del Consejo (4), relativos a medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos.

El Consejo de la Unión Europea ha decidido que tales personas, entidades y organismos deben incluirse en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos sujetos a las medidas restrictivas establecidas en la Decisión (PESC) 2020/1999 y en el Reglamento (UE) 2020/1998. Los motivos que justifican la inclusión en la lista de tales personas, entidades y organismos figuran en las entradas correspondientes de los anexos.

Se pone en conocimiento de las personas, las entidades y los organismos afectados la posibilidad de presentar a las autoridades competentes de los Estados miembros correspondientes, indicadas en los sitios web que figuran en el anexo II del Reglamento (UE) 2020/1998, una solicitud para obtener la autorización de utilizar fondos inmovilizados para satisfacer necesidades básicas o efectuar determinados pagos (véase el artículo 4 del Reglamento).

Las personas, las entidades y los organismos afectados podrán presentar una solicitud al Consejo, antes del 31 de agosto de 2026 , junto con la documentación probatoria correspondiente, para que se reconsidere la decisión de incluirlos en la mencionada lista. Dicha solicitud debe enviarse a la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea

Secretaría General

RELEX.1

Asuntos Globales y Horizontales

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Todas las observaciones recibidas se tomarán en consideración a efectos de la revisión periódica que realiza el Consejo de la lista de personas y entidades objeto de medidas, de conformidad con el artículo 10 de la Decisión (PESC) 2020/1999.


(1)   DO L 410 I de 7.12.2020, p. 13, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2020/1999/oj.

(2)   DO L, 2026/1176, 28.5.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/1176/oj.

(3)   DO L 410 I de 7.12.2020, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2020/1998/oj.

(4)   DO L, 2026/1177, 28.5.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2026/1177/oj.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/2995/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)


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