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Diario Oficial de la Unión Europea, CA 190, 18 de mayo de 2021


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ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 190A

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

64.° año
18 de mayo de 2021


Sumario

Página

 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

 

Consejo

2021/C 190 A/01

Anuncio de vacante CONS/AD/169/21

1


ES

 


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Consejo

18.5.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 190/1


ANUNCIO DE VACANTE CONS/AD/169/21

(2021/C 190 A/01)

 

INFORMACIÓN GENERAL

Servicio

GSC.LING.2.

Lugar de trabajo

Bruselas, Edificio Justus Lipsius

Denominación del puesto

Director/Directora

Grupo de funciones y grado

AD 14

Habilitación de seguridad exigida

«EU SECRET»

FECHA LÍMITE PARA LA PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

8 de junio de 2021 — 12.00 (hora de Bruselas)

Quiénes somos

La Secretaría General del Consejo (SGC) presta asistencia al Consejo Europeo y al Consejo de la UE y a sus órganos preparatorios en todos sus ámbitos de actividad. Ofrece asesoramiento y apoyo a los miembros del Consejo Europeo y del Consejo y a sus presidentes en todos los sectores de actividad, incluido el asesoramiento estratégico y jurídico, la coordinación con otras instituciones, la elaboración de acuerdos transaccionales y la supervisión, además de ocuparse de todos los aspectos prácticos necesarios para la correcta preparación y el buen desarrollo del Consejo Europeo y del Consejo.

El Servicio de Traducción se encarga de proporcionar la traducción de los documentos del Consejo y del Consejo Europeo en todas las lenguas oficiales de la UE. Además, el Servicio de Traducción ofrece apoyo a la edición para los redactores internos y de la Presidencia, así como asistencia multilingüe para el seguimiento de los medios de comunicación, las sesiones de información del presidente del Consejo Europeo y otras iniciativas. En el marco de su Strategic approach for an evolving service 2020-2024 (enfoque estratégico para un servicio en evolución)(2020-2024), el Servicio de Traducción se centra en la creación de un servicio flexible preparado para el futuro, al tiempo que brinda apoyo al personal a lo largo del proceso de cambio. Consta de dos Direcciones: LING.1, que comprende 12 unidades lingüísticas y la Unidad de Operaciones, y LING.2, que comprende las otras 12 unidades lingüísticas y la Unidad de Recursos.

Qué ofrecemos

El puesto de director de la Dirección LING.2 es un cargo exigente en un entorno interesante, en el plano político, y en rápida evolución. Dirigirá un equipo de aproximadamente 450 personas de todos los grupos de funciones y será responsable de los aspectos operativos, financieros y estratégicos de los expedientes que gestionan.

Bajo la autoridad de la directora general adjunta, la persona seleccionada deberá gestionar su dirección y los recursos de esta de manera profesional, organizará las actividades de su dirección y apoyará y motivará al personal en su trabajo. Velará por la calidad de los servicios y productos de la Dirección y garantizará una comunicación y una cooperación eficaces tanto dentro de la propia Dirección como con la otra Dirección (LING.1) y con otros servicios de la SGC.

Facilitará asesoramiento de alto nivel en su ámbito de responsabilidad, tanto oralmente como por escrito, por iniciativa propia o previa solicitud, al Director General Adjunto en relación con todos los aspectos de los expedientes incluidos en el ámbito de competencias de la Dirección. En este contexto, deberá representar al Consejo Europeo y al Consejo en foros públicos y en las negociaciones con otras instituciones, agencias y órganos de la UE en los ámbitos de competencia de la Dirección.

Definirá los objetivos que deban alcanzarse y contribuirá a su consecución mediante la elaboración del programa de trabajo de la Dirección y la adecuada supervisión de su aplicación.

Podrá planificar y organizar el trabajo en el ámbito de actuación de la Dirección de manera flexible, atendiendo al horario de trabajo, al calendario de reuniones del Coreper, el Consejo Europeo y el Consejo y a las solicitudes de los medios de comunicación. Al igual que su personal, podrá acogerse a las modalidades de trabajo flexibles que ofrece la SGC, como el teletrabajo. Tendrá que realizar ocasionalmente misiones en el extranjero, generalmente dentro de la UE (aproximadamente dos veces al año).

Qué buscamos

Buscamos una persona experimentada en funciones directivas con capacidad para dirigir y motivar a un equipo grande, preferiblemente con experiencia de gestión en el ámbito de la traducción. Buscamos un directivo o una directiva con dinamismo y con capacidad para gestionar el cambio en un entorno sometido a un rápido desarrollo tecnológico, a la vez que se mantiene una producción de gran calidad. El director o la directora de LING.2 debe ser capaz de dirigir su proceso de modernización promoviendo una cultura de innovación, colaboración y comunicación y garantizando el uso óptimo de los recursos.

Se espera de todos los gestores de la SGC que asesoren a sus superiores y a las partes interesadas, gestionen sus recursos humanos y financieros y representen a la SGC. Estas expectativas se describen en el perfil horizontal del personal de gestión de la SGC que figura en el anexo I.

Además, es preciso que el titular del puesto tenga:

capacidad para razonar y planificar estratégicamente, para anticipar y detectar posibles problemas y proponer soluciones y acuerdos factibles;

capacidad de liderazgo y capacidad para orientar, motivar y responsabilizar al personal en un entorno multicultural y diverso, con especial hincapié en el desarrollo del personal;

excelentes aptitudes de comunicación, también para la comunicación interpersonal;

capacidad para fomentar un espíritu de equipo sólido y para mantener buenas relaciones de trabajo con muy diversos interlocutores internos y externos y aptitudes diplomáticas;

capacidad para gestionar los cambios y apoyar al personal a lo largo del proceso de cambio;

gran capacidad de planificación y organización del conjunto del trabajo de la Dirección para cumplir plazos estrictos y garantizar un reparto justo de la carga de trabajo dentro del equipo y una adecuada planificación de las sucesiones;

capacidad para alcanzar acuerdos u objetivos comunes ofreciendo asesoramiento específico a las partes interesadas y facilitando de manera eficaz y constructiva los debates que conduzcan a resultados beneficiosos para todos.

Dado que la SGC aplica una política de movilidad entre su personal de gestión, del que se espera una dilatada experiencia, los aspirantes deben estar dispuestos y capacitados para trabajar en diferentes ámbitos de actividad a lo largo de su carrera profesional en la SGC.

POLÍTICA DE CONTRATACIÓN

El aspirante deberá cumplir los siguientes requisitos en el momento de presentar su candidatura:

a)

Condiciones generales:

ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea;

estar en plena posesión de sus derechos civiles;

encontrarse en situación regular respecto de la legislación aplicable en materia de servicio militar.

b)

Condiciones específicas:

estar en posesión de un título universitario (1);

tener al menos quince años de experiencia profesional apropiada, de los cuales al menos tres años ejerciendo efectivamente responsabilidades de gestión y organización;

dado que el inglés y el francés son las lenguas más utilizadas para comunicarse en la SGC y con otras instituciones, se exige un excelente conocimiento de una de las dos lenguas y un buen conocimiento de la otra lengua. Se valorará el conocimiento de otras lenguas oficiales de la UE.

Nota:

1)

Este puesto exige una habilitación de seguridad que dé acceso a documentos clasificados (nivel «EU SECRET»). Los candidatos deben aceptar someterse a una investigación de seguridad de conformidad con la Decisión 2013/488/UE del Consejo (2). El nombramiento para el puesto solo surtirá efecto si el candidato seleccionado ha obtenido un certificado de habilitación de seguridad válido. A los candidatos sin habilitación de seguridad se les ofrecerá un contrato temporal en espera de los resultados de la investigación de seguridad.

2)

El candidato seleccionado debe estar dispuesto a participar en la formación para puestos de gestión de la SGC.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

Para elegir al candidato, la autoridad facultada para proceder a los nombramientos estará asistida por un comité consultivo de selección. El comité consultivo de selección estará respaldado por un centro de evaluación, gestionado por consultores externos de selección de personal. Los informes redactados por el centro de evaluación para el mismo tipo de puesto dejarán de ser válidos dos años después de la fecha de realización de los ejercicios correspondientes, o en el momento de la resolución del contrato marco entre la SGC y el centro de evaluación de que se trate, si esta fecha fuese anterior.

El comité consultivo de selección empezará por evaluar y comparar las cualificaciones, la experiencia y la motivación de todos los aspirantes a tenor de sus candidaturas. Basándose en esa evaluación comparativa, el comité consultivo de selección elaborará una lista preliminar de aquellos candidatos que, a su juicio, sean más idóneos para ser invitados a una primera entrevista. Puesto que esta primera selección se basa en una evaluación comparativa de las candidaturas, el cumplimiento de los requisitos exigidos para cubrir la presente vacante no garantiza que se sea invitado a la primera entrevista. El comité consultivo de selección hará una preselección de entre los candidatos entrevistados; los candidatos preseleccionados deberán pasar unas pruebas en un centro de evaluación y mantener después una segunda entrevista con el comité consultivo de selección.

La planificación provisional de la selección es la siguiente:

se prevé que los candidatos seleccionados para las entrevistas sean informados de ello a mediados de junio de 2021 a más tardar;

las primeras entrevistas están previstas para la segunda quincena de junio o principios de julio de 2021;

se prevé que las pruebas del centro de evaluación tengan lugar durante la primera quincena de julio de 2021;

se prevé que la segunda ronda de entrevistas tenga lugar durante la segunda quincena de julio de 2021.

Nota: Este calendario es meramente indicativo y está sujeto, en particular, a las consecuencias de las medidas restrictivas tomadas para afrontar la pandemia de COVID-19.

BASE JURÍDICA

Este puesto ha sido publicado en todas las instituciones de la Unión Europea y fuera de ellas, de conformidad con el artículo 29, apartados 1 y 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea (3).

CÓMO PRESENTAR LA CANDIDATURA

El plazo para la presentación de candidaturas concluye el 8 de junio de 2021 a las 12.00 (hora de Bruselas).

Solo se aceptarán las candidaturas presentadas por correo electrónico; estas deberán enviarse a: applications.management@consilium.europa.eu (4) a más tardar en la fecha límite. No se tendrán en cuenta las candidaturas presentadas fuera de plazo.

Para cualquier correspondencia relativa al procedimiento de selección deberá utilizarse la dirección de correo electrónico antes indicada (en el asunto del mensaje deberá figurar el siguiente título: CONS/AD/169/21 LING.2).

Antes de presentar su candidatura, los candidatos deberán comprobar cuidadosamente si cumplen todos los requisitos expuestos más arriba en la sección «Política de contratación», a fin de evitar la exclusión automática del procedimiento de selección.

Para ser válido, el expediente de candidatura debe incluir los siguientes documentos en formato pdf (Nota: no se aceptan documentos bloqueados, protegidos por contraseña o firmados electrónicamente):

a)

el formulario de candidatura (anexo V) debidamente cumplimentado y fechado; el formulario de candidatura electrónico puede obtenerse en la sede electrónica del Consejo con el siguiente enlace: http://www.consilium.europa.eu/en/general-secretariat/jobs/job-opportunities/ (el fichero debe denominarse así: «XXX (APELLIDO)-Application form.pdf»);

b)

un curriculum vitae detallado (5), en inglés o en francés, preferentemente en formato Europass (http://europass.cedefop.europa.eu), que abarque la totalidad de la carrera del aspirante y en el que consten, entre otros elementos, las cualificaciones del aspirante, sus conocimientos de idiomas, su experiencia y las funciones que desempeña actualmente (el fichero debe denominarse así: «XXX (APELLIDO)-CV.pdf»;

c)

una carta de motivación, en inglés o francés (el fichero debe denominarse así: «XXX (APELLIDO)-Motivation letter.pdf»;

d)

agrupadas en un solo documento pdf, copias de los títulos que acrediten la formación y de los documentos y certificados que acrediten la experiencia profesional. No basta con enviar simplemente el curriculum vitae mencionado en la letra b). Los documentos justificativos deben haber sido emitidos por un tercero (el fichero debe denominarse así: «XXX (APELLIDO)-Supporting documents.pdf»).

Si no se incluyen estos documentos, la candidatura no será válida.

Todos los documentos justificativos mencionados en la letra d) deben ir numerados consecutivamente (anexo 1, anexo 2, etc.) y estar agrupados como se ha mencionado anteriormente.

No se tendrán en cuenta las candidaturas enviadas por correo postal o a través de soluciones de almacenamiento de datos basadas en la nube o plataformas de puesta en común de ficheros.

Se pedirá al candidato seleccionado que presente los originales de dichos documentos.

Los candidatos recibirán un correo electrónico acusando recibo de su candidatura. No obstante, no puede descartarse la posibilidad de que surjan dificultades técnicas relacionadas con la transmisión de correos electrónicos. Por lo tanto, si no reciben ningún correo electrónico en el que se acuse recibo de la candidatura, se ruega a los candidatos que se pongan en contacto con applications.management@consilium.europa.eu Dado que el comité consultivo de selección iniciará sus trabajos poco después de la fecha límite para la presentación de candidaturas, las comprobaciones necesarias en cuanto al recibo de la candidatura deben hacerse en la semana siguiente a dicha fecha.

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

La SGC aplica una política de igualdad de oportunidades (véase el anexo II).

La SGC reconoce que un equilibrio saludable entre la vida profesional y la vida privada es un importante factor de motivación para muchas personas y cada vez existen mayores expectativas de que el trabajo flexible forme parte de un entorno de trabajo moderno. Ofrece, por lo tanto, un conjunto muy favorable de fórmulas estatutarias de trabajo flexible y de servicios como los cuidados postescolares y la guardería.

En su calidad de empleador, la SGC está resuelta a garantizar la igualdad entre hombres y mujeres y a prevenir la discriminación de cualquier tipo. Anima encarecidamente a todas las personas cualificadas, de horizontes diversos, con todo tipo de capacidades y con una procedencia geográfica tan amplia como sea posible entre los Estados miembros de la UE, a que presenten su candidatura. Con el fin de promover la igualdad entre hombres y mujeres, la SGC fomenta las candidaturas de mujeres.

Se puede prestar asistencia a las personas con discapacidad durante los procedimientos de contratación. Para más información al respecto, envíe un correo electrónico a Equal.opportunities@consilium.europa.eu

REVISIÓN DE LAS CANDIDATURAS

Los procedimientos aplicables a las reclamaciones, las vías de recurso y las reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo figuran en el anexo III de la presente convocatoria.

PROTECCIÓN DE DATOS

Las normas que regulan el tratamiento de datos personales en relación con el presente procedimiento de selección figuran en el anexo IV del presente anuncio de vacante.


(1)  El artículo 5, apartado 3, letra c), del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea requiere que los aspirantes posean al menos:

i)

un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea de cuatro años o más, o

ii)

un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título y una experiencia profesional adecuada de un año, como mínimo, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de tres años;

(2)  Decisión 2013/488/UE del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (DO L 274 de 15.10.2013, p. 1).

(3)  Reglamento (UE, Euratom) n.o 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (DO L 287 de 29.10.2013, p. 15).

(4)  Esta dirección de correo electrónico está vinculada a un buzón funcional y solo puede procesar mensajes con un nivel de confidencialidad «Normal»; no puede procesar los mensajes enviados con otro nivel de confidencialidad (por ejemplo, «Personal», «Privado» o «Confidencial»). Rogamos que se seleccione, por tanto, la opción de confidencialidad «Normal». El tamaño del mensaje de correo electrónico no podrá sobrepasar 25 MB. Si su correo electrónico, junto con los documentos adjuntos, supera este tamaño máximo, envíe los documentos adjuntos en varios correos electrónicos.

(5)  Se ruega a los candidatos que no incluyan fotos en su currículum.


ANEXO I

PERFIL HORIZONTAL DEL PERSONAL DE GESTIÓN DE LA SGC

Como miembro del personal de gestión de la SGC, el gestor aporta un valor añadido al actuar a la vez como asesor y como gestor, y representa siempre a la SGC.

Al desempeñar estas funciones se espera del gestor que:

Como representante

Actúe con integridad, tanto en la SGC como en el exterior.

Actúe en interés del Consejo Europeo y del Consejo, y de la Unión en su conjunto. Vele por que se detecte y se resuelva adecuadamente cualquier divergencia.

Establezca relaciones de confianza en un clima de apertura y se ocupe de crear redes de contactos.

Obtenga resultados y sea influyente, a la vez que respetuoso y con sentido de servicio.

Como asesor

Contribuya al desarrollo de la Unión. Sea proactivo y creativo. Se adelante a los acontecimientos y planifique para el futuro. Aporte soluciones.

Asesore a nuestros interlocutores para facilitar el logro de sus objetivos y en interés de nuestras dos instituciones. Sea objetivo y justo.

Esté al tanto de las interacciones entre el proceso decisorio y el debate público. Vele por que su asesoramiento tenga en cuenta la situación política de nuestros interlocutores e integre consideraciones de comunicación.

Facilite un proceso de decisión legítimo a través de la cooperación, el establecimiento de buenas relaciones de trabajo y la búsqueda de transacciones entre los Estados miembros y con las instituciones y otras partes interesadas.

Esté bien informado de los acontecimientos dentro de su ámbito de responsabilidad, incluso más allá de los trabajos inmediatos del Consejo Europeo y del Consejo. Tenga presente la situación de conjunto.

Como gestor

Responsabilice al personal, delegue y confíe, apoye y motive, ofrezca información y orientaciones, aliente la iniciativa y anime al personal a atreverse a pensar con creatividad; Reduzca al mínimo las relaciones jerárquicas y el control, velando a la vez por que se mantenga la calidad.

Comunique claramente sobre los objetivos y las expectativas, y garantice que la información fluya hacia, desde y entre su personal, así como con otras direcciones generales, direcciones y unidades.

Actúe siempre en interés del conjunto de la SGC, no solo en interés de su dirección general, dirección o unidad, y vele por que ofrezcamos resultados a nuestros interlocutores. Rompa los compartimentos estancos.

Tenga el valor de afrontar oportunamente los conflictos, los problemas de bajo rendimiento y otras dificultades; vele por el bienestar y el desarrollo de su personal, y cumpla su deber de diligencia para con su personal.

Al impulsar y facilitar el cambio, implique a su personal para asegurar que la SGC se mantenga al día y sea más dinámica, flexible y colaboradora. Predique con el ejemplo.

Se responsabilice de la utilización óptima de los recursos financieros y humanos de la SGC.


ANEXO II

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LA SECRETARÍA GENERAL DEL CONSEJO (SGC)

La Secretaría General del Consejo aplica una firme política de igualdad de oportunidades a todos sus empleados y solicitantes de empleo. En su calidad de empleador, la SGC está resuelta a garantizar la igualdad entre hombres y mujeres y a prevenir la discriminación de cualquier tipo. Anima encarecidamente a todas las personas cualificadas, de horizontes diversos, con todo tipo de capacidades y con una procedencia geográfica tan amplia como sea posible entre los Estados miembros de la UE, a que presenten su candidatura.

Los objetivos principales de la política de igualdad de oportunidades de la SGC son los siguientes:

lograr una representación equilibrada de hombres y mujeres. La SGC anima a las mujeres a que presenten su candidatura, especialmente para puestos directivos en los que actualmente están infrarrepresentadas;

mejorar la accesibilidad del entorno de trabajo y garantizar que sea inclusivo. Se pueden realizar ajustes razonables para el personal con discapacidades, a menos que supongan una carga indebida para los recursos de la institución. Se puede prestar asistencia a las personas con discapacidad durante el procedimiento de contratación;

garantizar que sus políticas de recursos humanos y de gestión de personal respeten los principios de igualdad y no discriminación;

proteger al personal del acoso en el trabajo;

conciliar la vida profesional y la vida privada. La SGC ofrece toda una serie de medidas de trabajo flexible, como el teletrabajo, horarios de trabajo individuales y la posibilidad de disfrutar la baja parental para madres y padres de acuerdo con el Estatuto de los funcionarios. La GSC dispone de una guardería para niños de hasta cuatro años de edad. La Comisión Europea organiza guarderías postescolares y dispone de instalaciones de acogida para los días de vacaciones para los hijos del personal de la SGC.

Para obtener más información, envíe un correo electrónico a Equal.opportunities@consilium.europa.eu


ANEXO III

RECLAMACIÓN INTERNA — RECURSO JUDICIAL — RECLAMACIÓN ANTE EL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

En todas las etapas del procedimiento de selección, el aspirante que no esté de acuerdo con la forma en que se tramita su solicitud, tiene derecho a reclamar.

Reclamación interna

Cuando el aspirante reciba una decisión con la que no esté de acuerdo, puede presentar, en un plazo de tres meses a partir de la notificación de la decisión, una reclamación al amparo del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea; la reclamación debe dirigirse a:

Consejo de la Unión Europea

Unidad de Asesores jurídicos de la Administración, ORG 1.F

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: legal.advisersHR@consilium.europa.eu

La autoridad facultada para proceder a los nombramientos facilitará por escrito la respuesta a la reclamación en un plazo de cuatro meses a partir de la recepción de la misma. No obstante, si la reclamación llega con suficiente antelación, cabrá la posibilidad de que el comité consultivo de selección revise la decisión objeto de reclamación y responda al aspirante en ese sentido.

Recurso judicial

Si el aspirante no está de acuerdo con la respuesta que reciba de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos con arreglo al procedimiento de reclamación interna, puede interponer un recurso judicial al amparo del artículo 91 del Estatuto de los funcionarios, dirigido a:

Tribunal General de la Unión Europea

Rue du Fort Niedergrünewlad

L-2925 Luxemburgo

LUXEMBURGO

Reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo

Tras haber agotado todas las vías de recurso existentes en la SGC, en particular el procedimiento de reclamación interna al amparo del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios, el aspirante puede, como cualquier otro ciudadano de la Unión, presentar una reclamación ante el:

Defensor del Pueblo Europeo

1, avenue du Président Robert Schuman — BP 403

67001 Estrasburgo Cedex

FRANCIA

de conformidad con el artículo 228, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en las condiciones establecidas en la Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y sobre las condiciones generales del ejercicio de sus funciones (1).

Obsérvese que la presentación de una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo no interrumpe el plazo establecido en el artículo 90, apartado 2, y el artículo 91 del Estatuto de los funcionarios para presentar una reclamación o interponer recurso ante el Tribunal General de la Unión Europea al amparo del artículo 270 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


(1)  DO L 113 de 4.5.1994, p. 15.


ANEXO IV

PROTECCIÓN DE DATOS

En su calidad de institución encargada de organizar el procedimiento de selección, la Secretaría General del Consejo garantiza que los datos personales de los aspirantes se tratarán conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (1).

La base jurídica para el procedimiento de selección es el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea, junto con la Decisión 2013/488/UE del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (2). El procedimiento de selección se realiza bajo la responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos (ORG.1), Unidad de Personal y Movilidad, y el responsable del tratamiento de datos es el jefe de dicha unidad. La información facilitada por los aspirantes estará a disposición del personal de la Oficina de Contratación y de sus superiores, de los miembros del comité consultivo de selección y, en caso necesario, de la Unidad de Asesores Jurídicos. La información administrativa que permita la identificación del aspirante y/o resulte necesaria para la organización práctica del procedimiento podrá transmitirse a un centro de evaluación.

La finalidad del tratamiento es recopilar datos con objeto de identificar a todos los aspirantes a un puesto en la Secretaría General del Consejo y de proceder a una selección entre ellos.

Los datos en cuestión son:

los datos personales que permiten identificar a los aspirantes (apellidos, nombre, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad);

la información proporcionada por los aspirantes para facilitar la organización práctica del procedimiento (dirección postal, dirección de correo electrónico, número de teléfono);

la información proporcionada por los aspirantes para que se pueda evaluar si cumplen las condiciones de admisión establecidas en el anuncio de vacante (nacionalidad; lenguas; cualificaciones de los aspirantes y año en que las obtuvieron, tipo de título o diploma, nombre de la institución que lo expidió, experiencia profesional);

cuando proceda, la información sobre el tipo y duración de la habilitación de seguridad del aspirante;

los resultados de las pruebas de selección a las que se sometan los aspirantes, incluidas las evaluaciones efectuadas por los asesores del centro de evaluación para el comité de selección.

El tratamiento da comienzo en la fecha de recepción de la candidatura. Las candidaturas recibidas se conservan y almacenan en los archivos durante dos años.

Todos los aspirantes pueden ejercer el derecho de acceso y de rectificación de sus datos de carácter personal. Para ello, enviarán una solicitud motivada por correo electrónico a la Oficina de Selección de Funcionarios a la dirección: selection.officials@consilium.europa.eu

Los aspirantes tienen derecho a recurrir al Supervisor Europeo de Protección de Datos en cualquier momento (edps@edps.europa.eu).


(1)  DO L 295 de 21.11.2018, p. 39.

(2)  DO L 274 de 15.10.2013, p. 1.


ANEXO V

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