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Dokument C:2019:143:FULL

Diario Oficial de la Unión Europea, C 143, 24 de abril de 2019


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ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 143

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

62.° año
24 de abril de 2019


Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2019/C 143/01

Tipo de cambio del euro

1

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2019/C 143/02

Nota informativa de la Comisión con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad — Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con las obligaciones de servicio público ( 1 )

2

2019/C 143/03

Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad — Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con las obligaciones de servicio público ( 1 )

2

2019/C 143/04

Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad — Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con las obligaciones de servicio público ( 1 )

3


 

V   Anuncios

 

OTROS ACTOS

 

Comisión Europea

2019/C 143/05

Anuncio a las empresas que tengan la intención de importar sustancias reguladas que agotan la capa de ozono a la Unión Europea o exportarlas desde esta en 2020 y a las empresas que tengan la intención de producir o importar esas sustancias para usos esenciales de laboratorio y análisis en 2020

4


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE.

ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

24.4.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/1


Tipo de cambio del euro (1)

23 de abril de 2019

(2019/C 143/01)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,1245

JPY

yen japonés

125,82

DKK

corona danesa

7,4659

GBP

libra esterlina

0,86450

SEK

corona sueca

10,5070

CHF

franco suizo

1,1470

ISK

corona islandesa

135,80

NOK

corona noruega

9,5845

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

25,743

HUF

forinto húngaro

320,85

PLN

esloti polaco

4,2864

RON

leu rumano

4,7611

TRY

lira turca

6,5390

AUD

dólar australiano

1,5814

CAD

dólar canadiense

1,5057

HKD

dólar de Hong Kong

8,8211

NZD

dólar neozelandés

1,6889

SGD

dólar de Singapur

1,5259

KRW

won de Corea del Sur

1 284,26

ZAR

rand sudafricano

15,9686

CNY

yuan renminbi

7,5557

HRK

kuna croata

7,4245

IDR

rupia indonesia

15 827,34

MYR

ringit malayo

4,6431

PHP

peso filipino

58,541

RUB

rublo ruso

71,6763

THB

bat tailandés

35,945

BRL

real brasileño

4,4201

MXN

peso mexicano

21,2357

INR

rupia india

78,3125


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

24.4.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/2


Nota informativa de la Comisión con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad

Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con las obligaciones de servicio público

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2019/C 143/02)

Estado miembro

Chequia

Ruta en cuestión

Brno (Chequia) — Múnich (Alemania)

Período de validez del contrato

Aproximadamente

del 27 de octubre de 2019 al 24 de marzo de 2022

Plazo de presentación de ofertas

24 de junio de 2019

Dirección en la que puede obtenerse el texto de la convocatoria y cualquier otra información o documentación relacionada con la licitación y con la obligación de servicio público

Para más información, puede dirigirse a:

Jihomoravský kraj — Krajský úřad

Žerotínovo nám. 449/3,

601 82 Brno

CHEQUIA

Tel. +420 541651338

Correo electrónico: megova.dana@kr-jihomoravsky.cz

www.kr-jihomoravsky.cz


24.4.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/2


Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad

Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con las obligaciones de servicio público

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2019/C 143/03)

Estado miembro

Francia

Ruta en cuestión

Quimper — París (Orly)

Período de validez del contrato

27 de octubre de 2019 — 26 de octubre de 2023

Plazo de presentación de solicitudes y ofertas

26 de junio de 2019 antes de las 12.00 h, hora local

Dirección en la que pueden obtenerse el texto del anuncio de licitación y cualquier otra información o documentación pertinente en relación con la licitación pública y la obligación de servicio público

RÉGION BRETAGNE

283 avenue du Général Patton

CS 21101

35711 Rennes Cedex 7

FRANCIA

Dirección del perfil de comprador: https://www.megalisbretagne.org


24.4.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/3


Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad

Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con las obligaciones de servicio público

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2019/C 143/04)

Estado miembro

Francia

Ruta en cuestión

La Rochelle — Poitiers — Lyon

Período de validez del contrato

1 de noviembre de 2019 — 31 de octubre de 2023

Plazo de presentación de solicitudes y ofertas

1 de julio de 2019 (17.00 h, hora de París)

Dirección en la que pueden obtenerse el texto del anuncio de licitación y cualquier otra información o documentación pertinente en relación con la licitación pública y la obligación de servicio público

Syndicat Mixte des Aéroports de La Rochelle — Île de Ré et Rochefort — Charente-Maritime

Rue du Jura

17000 La Rochelle

FRANCIA

Teléfono: +33 546428671

Fax: +33 546000484

Correo electrónico: aeroport@larochelle.aeroport.fr

Dirección del perfil de comprador:

http://www.e-marchespublics.com/


V Anuncios

OTROS ACTOS

Comisión Europea

24.4.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/4


Anuncio a las empresas que tengan la intención de importar sustancias reguladas que agotan la capa de ozono a la Unión Europea o exportarlas desde esta en 2020 y a las empresas que tengan la intención de producir o importar esas sustancias para usos esenciales de laboratorio y análisis en 2020

(2019/C 143/05)

1.   

El presente anuncio se dirige a las empresas a que se refiere el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (1) (en lo sucesivo «el Reglamento»), y que, en 2020, tengan la intención de:

a)

importar en la Unión Europea o exportar desde esta sustancias enumeradas en el anexo I del Reglamento, o

b)

producir o importar esas sustancias para usos esenciales de laboratorio y análisis.

Cuando la legislación de la UE deje de aplicarse al Reino Unido y en el Reino Unido, las empresas situadas en uno de los otros 27 Estados miembros necesitarán una licencia para importar sustancias reguladas desde el Reino Unido o para exportar sustancias reguladas al Reino Unido. Además, las empresas del Reino Unido que tengan previsto llevar a cabo estas actividades antes de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea siguen necesitando licencia.

2.   

Se trata de los siguientes grupos de sustancias:

Grupo I

:

CFC 11, 12, 113, 114 o 115

Grupo II

:

otros CFC totalmente halogenados

Grupo III

:

halón 1211, 1301 o 2402

Grupo IV

:

tetracloruro de carbono

Grupo V

:

1,1,1-tricloroetano

Grupo VI

:

bromuro de metilo

Grupo VII

:

hidrobromofluorocarburos

Grupo VIII

:

hidroclorofluorocarburos

Grupo IX

:

bromoclorometano.

3.   

Toda importación o exportación de sustancias reguladas (2) requiere una licencia de la Comisión, excepto en los casos de régimen de tránsito, régimen de depósito temporal, régimen de depósito aduanero o régimen de zona franca previstos en el Reglamento (CE) n.o 450/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece el código aduanero comunitario (código aduanero modernizado) (3) durante un período no superior a 45 días. Toda producción de sustancias reguladas para usos esenciales de laboratorio y análisis requiere una autorización previa.

4.   

Además, las siguientes actividades están sujetas a limitaciones cuantitativas:

a)

producción e importación para usos de laboratorio y análisis;

b)

importación para el despacho a libre práctica en la Unión Europea para usos críticos (halones);

c)

importación para el despacho a libre práctica en la Unión Europea para usos como materia prima;

d)

importación para despacho a libre práctica en la Unión Europea para usos como agente de transformación.

La Comisión asigna cuotas para a), b), c) y d). Esas cuotas se fijan sobre la base de las solicitudes de cuota y:

de conformidad con el artículo 10, apartado 6, del Reglamento y al Reglamento (UE) n.o 537/2011 de la Comisión, de 1 de junio de 2011, sobre el mecanismo de asignación de las cantidades de sustancias reguladas que se autorizan para usos de laboratorio y análisis en la Unión de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (4), en el caso de las actividades indicadas en la letra a),

de conformidad con el artículo 16 del Reglamento en el caso de las actividades indicadas en las letras b), c) y d).

Actividades contempladas en el punto 4

5.

Las empresas que deseen importar o producir en 2020 sustancias reguladas para usos esenciales de laboratorio y análisis o importar sustancias reguladas para usos críticos (halones), para usos como materia prima o para usos como agente de transformación deben seguir el procedimiento descrito en los puntos 6 a 9.

6.

Las empresas que aún no se hayan registrado en el sistema de concesión de licencias de SAO (ODS Licensing System) (https://webgate.ec.europa.eu/ods2) deberán hacerlo antes del 24 de mayo de 2019.

7.

Las empresas deben cumplimentar y presentar el formulario de solicitud de cuota disponible en línea en el sistema de concesión de licencias de SAO.

El formulario de solicitud de cuota estará disponible en línea a partir del 24 de mayo de 2019 en el sistema de concesión de licencias de SAO.

8.

La Comisión únicamente considerará válidos los formularios de solicitud de cuota debidamente cumplimentados que no contengan errores y se reciban a más tardar el 24 de junio de 2019.

Se invita a las empresas a que presenten los formularios de solicitud de cuota lo antes posible y con suficiente antelación respecto a la fecha límite prevista para que, de ser necesario, puedan corregirlos y presentarlos de nuevo en el plazo fijado.

9.

La mera presentación de un formulario de solicitud de cuota no confiere derecho alguno a importar o producir sustancias reguladas para usos esenciales de laboratorio y de análisis ni para importar sustancias reguladas para usos críticos (halones), para usos como materia prima o para usos como agente de transformación. Antes de proceder a la importación o producción de esas sustancias en 2020, las empresas deben solicitar una licencia por medio del formulario de solicitud de licencia disponible en línea en el sistema de concesión de licencias de SAO.

Importaciones para usos distintos de los contemplados en el punto 4 y exportaciones

10.

Las empresas que, en 2020, deseen exportar sustancias reguladas o importar sustancias reguladas para usos distintos de los contemplados en el punto 4 deben seguir el procedimiento descrito en los puntos 11 y 12.

11.

Las empresas que aún no se hayan registrado en el sistema de concesión de licencias de SAO deberán hacerlo lo antes posible.

12.

Antes de proceder, en 2020, a una importación para usos distintos de los contemplados en el punto 4 o a una exportación, las empresas deben solicitar una licencia por medio del formulario de solicitud de licencia disponible en línea en el sistema de concesión de licencias de SAO.

(1)  DO L 286 de 31.10.2009, p. 1.

(2)  Se recuerda que únicamente puede permitirse la importación o exportación de sustancias exentas de la prohibición general de importación o exportación establecida en los artículos 15 y 17.

(3)  DO L 145 de 4.6.2008, p. 1.

(4)  DO L 147 de 2.6.2011, p. 4.


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