This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document C:2010:302A:FULL
Official Journal of the European Union, CA 302, 09 November 2010
Diario Oficial de la Unión Europea, CA 302, 09 de noviembre de 2010
Diario Oficial de la Unión Europea, CA 302, 09 de noviembre de 2010
|
ISSN 1725-244X doi:10.3000/1725244X.CA2010.302.spa |
||
|
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 302A |
|
|
||
|
Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
53o año |
|
Número de información |
Sumario |
Página |
|
|
V Anuncios |
|
|
|
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS |
|
|
|
Comisión Europea |
|
|
2010/C 302A/01 |
||
HISTORIAL DE LOS DIARIOS OFICIALES, SERIE C A, CONCURSOS
A continuación figura la lista de los Diarios Oficiales, serie C A, publicados en el año en curso.
Salvo indicación contraria, los Diarios Oficiales se publican en todas las versiones lingüísticas.
|
5 |
(FR) |
|
9 |
|
|
19 |
(FR) |
|
23 |
(DE/ES/PT) |
|
28 |
|
|
48 |
|
|
53 |
|
|
56 |
|
|
57 |
|
|
60 |
|
|
61 |
(DE/EN/FR) |
|
62 |
|
|
64 |
|
|
66 |
(BG/RO) |
|
67 |
(ES) |
|
70 |
(PT) |
|
73 |
(FI) |
|
74 |
(SV) |
|
91 |
|
|
95 |
|
|
104 |
|
|
110 |
|
|
116 |
(ET) |
|
119 |
|
|
129 |
(EL) |
|
137 |
(LT/LV/MT) |
|
138 |
(BG/CS/LT/PL/RO/SK) |
|
143 |
(DE/EN/FR) |
|
144 |
(DE/EN/FR) |
|
146 |
(DA/FI/MT) |
|
147 |
(FI) |
|
149 |
(IT) |
|
150 |
(BG/CS/LT/PL/RO/SK) |
|
151 |
|
|
155 |
|
|
156 |
(PL) |
|
157 |
|
|
163 |
|
|
164 |
|
|
171 |
(IT) |
|
178 |
(DE/EN/FR) |
|
184 |
|
|
188 |
(DA/DE/EN/FR/SL) |
|
190 |
|
|
191 |
|
|
192 |
(DE/EN/FR) |
|
196 |
(BG/EN/NL/RO/SL) |
|
201 |
|
|
204 |
(EN/FR) |
|
219 |
|
|
227 |
(EN/FR) |
|
236 |
|
|
238 |
|
|
242 |
(BG/LT/LV/MT/PL/RO/SK/SL) |
|
248 |
(DA/DE/EN/LT/NL/RO) |
|
249 |
|
|
253 |
|
|
254 |
(DE/EN/FR) |
|
256 |
(RO) |
|
257 |
(CS/PL) |
|
261 |
|
|
262 |
|
|
265 |
|
|
266 |
(RO) |
|
269 |
(BG/CS/LT/PL/RO/SK) |
|
278 |
|
|
285 |
(EN/ES/FR/NL) |
|
286 |
(HU) |
|
287 |
(DE/EN/FR) |
|
289 |
|
|
290 |
|
|
292 |
|
|
296 |
|
|
297 |
(EL/ES/NL/PT) |
|
298 |
(PL) |
|
299 |
(RO) |
|
300 |
(BG) |
|
302 |
|
|
ES |
|
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Comisión Europea
|
9.11.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CA 302/1 |
ANUNCIO DE PUESTO VACANTE
Director de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo
Bilbao (España)
(COM/2010/10285)
(2010/C 302 A/01)
La Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, con sede en Bilbao (España), es un organismo autónomo creado en virtud del Reglamento (CE) no 2062/94 del Consejo, modificado por los Reglamentos (CE) no 1643/95, (CE) no 1654 y (CE) no 1112.
Las principales tareas de la Agencia son la recogida, análisis y difusión de información técnica, científica y económica sobre la seguridad y la salud en el trabajo en los Estados miembros para los organismos de la Unión Europea, los Estados miembros y las partes interesadas, al objeto de fomentar el apoyo, la cooperación y el intercambio de información y de experiencia entre los Estados miembros, terceros países y organizaciones internacionales y, en particular, a fin de suministrar a la Comisión la información necesaria para llevar a cabo su tarea de identificación, preparación y evaluación de la legislación y de las medidas necesarias en este ámbito, principalmente por lo que se refiere al impacto de la legislación en las empresas, y, en particular, en las PYME.
El trabajo de la Agencia incluye la coordinación de una red formada por los principales elementos de las redes de información nacional, los centros de referencia nacionales y los centros temáticos con el fin de suministrar y difundir la información pertinente sobre salud y la seguridad en el trabajo a través de la Unión Europea y crear un «observatorio de riesgos» basado en ejemplos de buenas prácticas recogidos de empresas o sectores de actividad específicos.
La Agencia colabora de la forma más estrecha posible con los institutos, fundaciones, organismos especializados y programas que existen en la Unión Europea, con el fin de evitar cualquier duplicación del trabajo. En particular, vela por garantizar una cooperación adecuada con la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo.
En virtud del Reglamento en vigor, la Agencia dispone de un consejo de administración tripartito, compuesto por representantes nacionales de los gobiernos, de las organizaciones empresariales y de trabajadores y de la Comisión Europea. Su sede se encuentra en Bilbao (España), su presupuesto anual es actualmente de 14,1 millones EUR y el número autorizado de personal es de 64 personas.
Descripción y naturaleza de las funciones del Director
El Director es el representante legal de la Agencia. Rinde cuentas ante el consejo de dirección. Es responsable, en particular:
|
— |
de la elaboración y aplicación correctas de las decisiones y programas adoptados por el consejo de dirección y por la Mesa, |
|
— |
de la gestión y de la administración corriente de la Agencia, |
|
— |
de todas las cuestiones de gestión del personal de la Agencia, |
|
— |
de la preparación de las reuniones del consejo de dirección y de la Mesa, |
|
— |
de la elaboración de un programa de trabajo anual sometido a la aprobación del consejo de dirección, |
|
— |
de la preparación de un proyecto de informe anual sobre las actividades de la Agencia, sometido a la aprobación del consejo de dirección, |
|
— |
de la ejecución general del presupuesto y de toda la gestión financiera de la Agencia, de conformidad con el artículo 185 del Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas. |
Estas responsabilidades se describen de forma más exhaustiva en el artículo 11 del Reglamento (CE) no 2062/94, por el que se crea la Agencia.
Criterios de selección
Se tendrán en cuenta para la fase de selección los candidatos que, en la fecha de conclusión del plazo de presentación de las candidaturas, satisfagan los criterios siguientes:
|
— |
tener la nacionalidad de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, |
|
— |
contar con:
preferentemente en un ámbito relacionado con la misión de la Agencia, |
|
— |
poseer una experiencia profesional postuniversitaria de 15 años como mínimo en un nivel al que permitan acceder las cualificaciones mencionadas anteriormente, |
|
— |
contar con al menos cinco años de experiencia profesional en funciones de alta dirección (1) que implique responsabilidades en materia de gestión del personal y financiera, |
|
— |
poseer un conocimiento profundo de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea y un conocimiento satisfactorio de otra de ellas, |
|
— |
poseer un conocimiento y experiencia adecuados y certificados en el ámbito de la salud y la seguridad en el trabajo, |
|
— |
poder completar el mandato de cinco años antes de la edad de jubilación; para los funcionarios y los agentes temporales de la Unión Europea se define como el fin del mes en que la persona alcanza la edad de 65 años. |
Criterios de selección
Se evaluará a los candidatos con arreglo a los criterios de selección siguientes:
Visión y capacidad de liderazgo
|
— |
Una excelente comprensión y una visión clara de las políticas europeas en el ámbito de la seguridad y de la salud en el trabajo y de la función de la Agencia en el mismo. |
|
— |
Una capacidad probada para liderar y motivar un gran equipo de expertos en un entorno europeo multicultural y multilingüe, tanto en el plano estratégico como de gestión interna. |
Gestión
|
— |
Una experiencia sólida de nivel directivo en la gestión de los recursos presupuestarios, financieros y humanos en una organización nacional o internacional. |
Trabajo con otras instancias
|
— |
Capacidad demostrada para interactuar y negociar al más alto nivel con las instituciones de la Unión Europea, con las autoridades públicas y con los interlocutores sociales. |
|
— |
Capacidad para cooperar y comunicar con los interlocutores correspondientes, en particular con la Comisión Europea, las autoridades nacionales y los interlocutores sociales. |
Comunicación
|
— |
Excelente capacidad de comunicación interpersonal y de expresión escrita y oral. |
|
— |
Es fundamental el dominio del inglés; también se valorará un buen conocimiento del alemán, del español o del francés. |
Igualdad de oportunidades
Las instituciones europeas aplican una política de igualdad de oportunidades y aceptan las candidaturas sin discriminaciones en razón del sexo, la raza, el color, los orígenes étnicos o sociales, las características genéticas, la lengua, la religión o las convicciones, las opiniones políticas o cualquier otro tipo de opinión, la pertenencia a una minoría nacional, la fortuna, el nacimiento, la discapacidad, la edad o la orientación sexual.
Condiciones de empleo
El Director será nombrado como agente temporal en el grado AD 14, de conformidad con el artículo 2 bis del Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas, por un período de cinco años. Este mandato será renovable por un nuevo período de cinco años como máximo.
El lugar de trabajo es Bilbao (España). Es obligatorio residir a una distancia razonable de las oficinas de la Agencia.
Remuneración
La remuneración se calculará sobre la base del grado AD 14 de la escala de salarios prevista en el Estatuto de los funcionarios de la Comisión Europea.
La remuneración estará sujeta al impuesto de la Unión Europea y demás deducciones contempladas en el Estatuto. Sin embargo, estará exenta de impuestos nacionales.
Selección y nombramiento (2)
La Comisión Europea establecerá un jurado de preselección para el proceso de selección. Tras una primera evaluación de todas las candidaturas en función de los méritos y de los criterios antes expuestos, el jurado invitará a una primera entrevista a los candidatos que presenten el perfil que mejor se ajuste a las necesidades específicas del puesto.
El jurado de preselección elaborará una lista con los candidatos propuestos para una segunda entrevista con el Comité Consultivo de Nombramientos (CCN). No obstante, antes de esta entrevista, los candidatos deberán someterse a un día completo de pruebas en un centro de evaluación gestionado por consultores de contratación externos. Los candidatos seleccionados por el CCN podrán participar a continuación en una entrevista con el comisario competente.
Basándose en la propuesta del comisario competente, la Comisión Europea adoptará una lista final de candidatos seleccionados. Dicha lista final se comunicará al consejo de dirección de la Agencia, que designará al Director de entre los candidatos seleccionados de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento por el que se crea la Agencia.
Antes de su nombramiento, se pedirá al candidato seleccionado por el consejo de dirección que haga una declaración ante la comisión o las comisiones pertinentes del Parlamento Europeo y que responda a las preguntas de sus miembros.
La presente convocatoria de candidatos constituye la base para elaborar la lista restringida de la Comisión. La inclusión en esta lista no garantiza el nombramiento.
El candidato elegido debería tomar posesión de su cargo el 15 de septiembre de 2011.
Independencia y declaración de intereses
El Director deberá comprometerse a actuar con plena independencia en favor del interés público, y a facilitar declaraciones completas sobre todo interés directo o indirecto que pueda considerarse perjudicial para su independencia. Los candidatos deberán confirmar en su solicitud su disposición a hacer dicha declaración.
Procedimiento de solicitud
El puesto puede publicarse paralelamente a otros puestos de altos funcionarios. Los candidatos que deseen concurrir en más de un puesto deberán presentar una solicitud separada para cada uno.
Antes de presentar su solicitud, deberá comprobar si cumple todos los requisitos de admisión, especialmente por lo que respecta al tipo de titulación y a la experiencia profesional necesaria. No reunir alguno de estos criterios supone la exclusión automática del proceso de selección.
Las personas interesadas deben presentar sus candidaturas mediante:
|
— |
el formulario de candidatura, que puede telecargarse en el sitio de internet (http://ec.europa.eu/dgs/personnel_administration/working_senior_mgt_en.htm), debidamente completado, |
|
— |
una carta en la que exponga su interés, |
|
— |
y un curriculum vitae que se ajuste al formato estándar de CV europeo, que puede obtenerse en http://europass.cedefop.europa.eu/, |
a la dirección que se indica más adelante.
El formulario de candidatura solo está disponible en inglés. A fin de facilitar el proceso de selección, toda la correspondencia con los candidatos relacionada con el presente anuncio se mantendrá en esa lengua. Los tres documentos que componen el expediente de candidatura podrán redactarse en alemán, francés o inglés, pero preferentemente en inglés.
Las copias certificadas de los documentos justificantes de títulos, diplomas, referencias y experiencia deberán enviarse, si fueran solicitadas, en una fase posterior del procedimiento.
Fecha límite de presentación de candidaturas
Se aceptarán copias electrónicas de las candidaturas.
El expediente de candidatura completo, compuesto por el formulario de candidatura, la carta de motivación y el CV, deberá enviarse por correo electrónico el 7 de diciembre de 2010, a más tardar, a la siguiente dirección:
Empl-Avis-De-Vacance@ec.europa.eu
así como a:
|
Sr. Robert Verrue |
|
Director General de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades |
|
A la atención de la Sra. Emmanuelle GRANGE |
|
DG EMPL/H/1 |
|
Comisión Europea |
|
J27 Bureau 04/51 |
|
Rue de la Loi/Wetstraat 200 |
|
1049 Bruxelles/Brussels |
|
BÉLGICA. |
La no presentación de todos los documentos especificados más arriba significará el rechazo automático de la solicitud.
Información importante para los candidatos
|
— |
Las candidatos no podrán en ningún caso mencionar en su candidatura documentos, candidaturas u otros formularios presentados en el marco de candidaturas anteriores. |
|
— |
El candidato seleccionado, que recibirá una oferta de empleo, deberá presentar los originales de sus diplomas, títulos universitarios y certificados de empleo. |
|
— |
Los documentos justificativos que se adjunten a la candidatura no se devolverán a los candidatos. |
|
— |
Se ruega a los candidatos que comuniquen por escrito lo antes posible todo cambio de domicilio, mencionando el número de convocatoria. |
|
— |
El comité de selección contará con la asistencia de consultores externos para llevar a cabo las evaluaciones y las entrevistas. |
|
— |
Se recuerda a los candidatos que el trabajo y las deliberaciones del comité de selección son confidenciales. Se prohíbe cualquier contacto directo o indirecto de los candidatos o de quienes actúen en su nombre, con el comité de selección. Las preguntas y las peticiones de información o documentación en relación con el concurso deberán enviarse por escrito a la dirección anteriormente mencionada. |
Protección de los datos de carácter personal
La Comisión y la Agencia velarán por que los datos personales de los candidatos se traten de acuerdo con el Reglamento (CE) no 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, sobre la protección de las personas por lo que se refiere al tratamiento de datos personales por las instituciones y organismos comunitarios y sobre la libre circulación de tales datos (3).
(1) Los solicitantes deberán indicar en su curriculum vitae, al menos en relación con esos cinco años en que se ha adquirido una experiencia de gestión de alto nivel: 1) la denominación y función de los puestos de gestión desempeñados, 2) el número de personas a su cargo en esos puestos, 3) la cuantía del presupuesto gestionado, y 4) el número de niveles jerárquicos por encima y por debajo y el número de empleados del mismo nivel.
(2) El procedimiento de selección se pone en marcha en función de la disponibilidad de los créditos necesarios en el presupuesto de la Agencia y de los puestos pertinentes en su plantilla de personal.
(3) DO L 8 de 12.1.2001, p. 1.