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Fondos del mercado monetario

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2017/1131 sobre fondos del mercado monetario

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Establece normas a nivel de la Unión Europea (UE) para que los fondos del mercado monetario (FMM)* sean más resistentes y puedan soportar mejor las perturbaciones del mercado. Esto se lleva a cabo garantizando la aplicación de normas uniformes sobre los requisitos prudenciales, la gobernanza y la transparencia para los gestores de FMM.

PUNTOS CLAVE

La legislación se aplica a todos los FMM gestionados y/o comercializados en la UE. Existen tres tipos de FMM:

  • FMM de valor liquidativo variable, que dependen fundamentalmente de las fluctuaciones del mercado;
  • FMM de valor liquidativo constante de deuda pública, que mantienen un precio fijo para cada acción o participación;
  • FMM de valor liquidativo de baja volatilidad, una nueva categoría de FMM que puede ofrecer un precio fijo bajo condiciones estrictas y mayores requisitos de liquidez.

Exige que los FMM cuenten con activos líquidos suficientes para satisfacer cualquier retirada repentina de inversión.

  • Los FMM de valor liquidativo de baja volatilidad y los FMM de valor liquidativo constante deben contar al menos con un 10 % de activos que venzan (es decir, que deban ser reembolsados por el emisor) diariamente y con un 30 % de activos que venzan semanalmente.
  • Los FMM de valor liquidativo variable deben contar al menos con un 7,5 % de activos que venzan diariamente y con un 15 % de activos que venzan semanalmente.

Introduce normas sobre la diversificación de la cartera y la valoración de los activos. Un FMM no podrá invertir más de:

  • el 5 % de sus activos en instrumentos del mercado monetario emitidos por el mismo organismo;
  • el 10 % de sus activos en depósitos con la misma entidad de crédito;
  • el 17,5 % en otros FMM, para evitar las inversiones circulares.

El Reglamento establece:

  • un límite del 15 % para los pactos de recompra inversa* con la misma contraparte;
  • límites específicos para los bonos garantizados.

Impide que los FMM reciban apoyo financiero de otras instituciones, especialmente de los bancos.

Exige, asimismo, que los gestores de FMM:

  • apliquen procedimientos prudentes de evaluación de calidad a las posibles inversiones;
  • estén al tanto de las actividades de sus inversores;
  • proporcionen la información de vigilancia correspondiente a las autoridades competentes.

La Comisión Europea debe revisar la legislación antes del 21 de julio de 2022.

Actos de ejecución y delegados

  • El Reglamento de Ejecución (UE) 2018/708 establece las normas técnicas en relación con el modelo que deben utilizar los gestores de FMM al informar a las autoridades competentes, tal y como establece el artículo 37 del Reglamento (UE) 2017/1131.
  • El Reglamento Delegado (UE) 2018/990 modifica y complementa el Reglamento (UE) 2017/1131 en lo que respecta a las titulizaciones y los pagarés de titulización simples, transparentes y normalizados, los requisitos aplicables a los activos recibidos en el marco de pactos de recompra inversa y los métodos de evaluación de la calidad crediticia.
  • El Reglamento Delegado (UE) 2021/1383 modifica el Reglamento Delegado (UE) 2018/990 en lo que respecta a los requisitos aplicables a los activos recibidos por los FMM en el marco de pactos de recompra inversa.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 21 de julio de 2018, aparte de algunas normas que están en vigor desde el 20 de julio de 2017 (artículo 11, apartado 4; artículo 15, apartado 7; artículo 22, y artículo 37, apartado 4). Se aplica plenamente a los fondos que deben cambiar sus normas a partir del 21 de enero de 2019 (artículo 44).

ANTECEDENTES

  • Los FMM se utilizan fundamentalmente como alternativa a los depósitos bancarios para invertir el excedente de efectivo durante cortos períodos de tiempo. Permiten que los inversores diversifiquen sus participaciones financieras, brindándoles la posibilidad de recuperarlas en plazos breves. En la UE, los fondos gestionan activos por valor de aproximadamente un billón de euros, que se utilizan para financiar la economía real.
  • Sin embargo, las perturbaciones del mercado pueden agotar los fondos, tal y como se constató en la crisis financiera de 2007-2008 y más recientemente en marzo de 2020. Si grandes grupos de inversores empiezan a retirar su efectivo, es posible que les sigan otros agentes de la UE, de forma que el sistema financiero sufre daños.
  • La legislación de la UE realiza un seguimiento de este tipo de movimientos mediante el G20 (grupo de los veinte países industrializados) y el Consejo de Estabilidad Financiera, con el fin de reforzar la supervisión y regulación del sistema financiero paralelo.
  • Para más información, véanse:

TÉRMINOS CLAVE

Fondo del mercado monetario. Un fondo de inversión que emite acciones a los inversores para financiar sus actividades.
Pacto de recompra inversa. Donde el comprador de valores acuerda revenderlos al vendedor a un precio acordado y en una fecha establecida.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2017/1131 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre fondos del mercado monetario (DO L 169 de 30.6.2017, pp. 8-45).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2017/1131 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento de Ejecución (UE) 2018/708 de la Comisión, de 17 de abril de 2018, por el que se establecen normas técnicas de ejecución en relación con el modelo que deben utilizar los gestores de fondos del mercado monetario al informar a las autoridades competentes, tal como establece el artículo 37 del Reglamento (UE) n.o 2017/1131 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 119 de 15.5.2018, pp. 5-28).

última actualización 16.11.2021

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