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Asociaciones público-privadas en el marco de Horizonte Europa

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2021/2085 por el que se establecen las empresas comunes en el marco de Horizonte Europa

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

El Reglamento:

El Reglamento de modificación (UE) 2023/1782 se basa en la Empresa Común para las Tecnologías Digitales Clave existente y la deroga con la Empresa Común para los Chips. Se adoptó paralelamente con el Reglamento (UE) 2023/1781 (conocido como la Ley de Chips), que tiene como objetivo reforzar el sector de los semiconductores de la Unión Europea (UE).

PUNTOS CLAVE

Objetivos generales

Las nueve empresas conjuntas se han diseñado colectivamente para:

  • reforzar e integrar las capacidades científicas, de innovación y tecnológicas, así como la colaboración;
  • respaldar la creación de conocimientos y competencias;
  • materializar desafíos mundiales;
  • mejorar la competitividad, la resiliencia y la sostenibilidad;
  • ayudar a conseguir un Espacio Europeo de Investigación más sólido;
  • asegurar la resiliencia y el liderazgo mundial orientados a la sostenibilidad en tecnologías y sectores importantes en consonancia con las estrategias de la industria y la pequeña y mediana empresa (PYME), el Pacto Verde Europeo, el Plan de Recuperación para Europa y otras políticas;
  • mejorar la adopción de soluciones innovadoras que aborden los retos climáticos, medioambientales, sanitarios y otros retos mundiales;
  • contribuir a las prioridades estratégicas y el crecimiento europeo de la UE;
  • ayudar a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y la neutralidad climática a más tardar en 2050, en consonancia con el Acuerdo de París.

Las siguientes empresas comunes se crean como órganos de la UE para un período que finaliza el 31 de diciembre de 2031, financiadas en el contexto del marco financiero plurianual para 2021-2027.

La Empresa Común para una Europa Circular de Base Biológica, diseñada para:

  • acelerar el desarrollo de soluciones innovadoras de base biológica;
  • acelerar el despliegue en el mercado de soluciones ya existentes;
  • garantizar que los sistemas industriales de base biológica tengan un alto nivel de desempeño ambiental.

La Empresa Común para una Aviación Limpia, diseñada para:

  • ayudar a reducir la huella ecológica de la aviación acelerando el desarrollo de tecnologías aeronáuticas climáticamente neutras;
  • garantizar que la investigación y la innovación (I+D) relacionadas con la aeronáutica contribuyen a la competitividad de la industria de la aviación de la UE;
  • impulsar la capacidad europea de I+D en el ámbito de la aviación.

La Empresa Común para un Hidrógeno Limpio, diseñada para:

  • contribuir a las ambiciones de la UE para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero a través de la estrategia del hidrógeno para una Europa climáticamente neutra de 2020;
  • reforzar la competitividad de la cadena de valor del hidrógeno limpio de la UE, llevando al mercado de forma más rápida las soluciones limpias e innovadoras;
  • estimular la I+D sobre el hidrógeno limpio.

La Empresa Común para el Ferrocarril Europeo, diseñada para:

  • contribuir a la realización del espacio ferroviario europeo único;
  • garantizar una transición rápida hacia un sistema ferroviario europeo más atractivo, fácil de utilizar, competitivo, asequible, fácil de mantener, eficiente, integrado y sostenible;
  • apoyar el desarrollo de una industria ferroviaria europea fuerte y competitiva a escala mundial.

La Empresa Común para la Salud Mundial EDCTP 3, diseñada para:

  • ayudar a reducir la carga socioeconómica de las enfermedades infecciosas en el África subsahariana fomentando tecnologías sanitarias nuevas o mejoradas;
  • reforzar la preparación y respuesta a enfermedades infecciosas para contribuir a la seguridad sanitaria en el África subsahariana y en todo el mundo.

La Empresa Común para la Iniciativa de Salud Innovadora, diseñada para:

  • crear un ecosistema de I+D sanitarias que ayude a traducir los conocimientos científicos en innovaciones;
  • desarrollar innovaciones seguras, rentables y eficaces para responder a necesidades estratégicas de salud pública no satisfechas;
  • impulsar la innovación en favor de una industria sanitaria europea competitiva a escala mundial, una estrategia industrial europea y una estrategia farmacéutica para Europa.

La Empresa Común para la Investigación sobre ATM en el Cielo Único Europeo 3, diseñada para:

  • reforzar e integrar la capacidad de I+D de la UE en materia de gestión del tráfico aéreo, haciendo que sea más resiliente y escalable;
  • reforzar, a través de la innovación, la competitividad del transporte aéreo tripulado y no tripulado;
  • desarrollar y acelerar la adopción por el mercado de soluciones innovadoras para establecer el cielo único europeo como el espacio aéreo más eficiente y respetuoso con el medio ambiente del mundo.

La Empresa Común para las Redes y los Servicios Inteligentes, diseñada para:

  • fomentar el liderazgo tecnológico de Europa en las redes y los servicios inteligentes del futuro;
  • conseguir una mejor alineación estratégica con la industria de las telecomunicaciones, junto con el internet de las cosas, la nube y los componentes y dispositivos;
  • impulsar el liderazgo tecnológico y científico europeo para configurar y dominar los sistemas 6G* para 2030;
  • reforzar el despliegue de infraestructuras digitales y la adopción de soluciones digitales en los mercados europeos;
  • apoyar la armonización de las redes y los servicios inteligentes del futuro con los objetivos políticos, incluidos el Pacto Verde Europeo, la seguridad, la ética y la privacidad, junto con una internet centrada en las personas y sostenible.

La Empresa Común para los Chips, diseñada para:

  • reforzar las capacidades avanzadas de diseño para tecnologías de semiconductores integradas;
  • mejorar las líneas piloto existentes y desarrollar nuevas líneas piloto de carácter avanzado en toda la UE para propiciar el desarrollo y el despliegue de tecnologías de semiconductores de vanguardia y de próxima generación;
  • desarrollar capacidades tecnológicas y de ingeniería avanzadas para acelerar el desarrollo innovador de chips cuánticos de vanguardia y de las tecnologías de semiconductores asociadas;
  • establecer una red de centros de competencias en toda la UE mediante la mejora de las instalaciones existentes o la creación de otras nuevas;
  • emprender actividades del «Fondo de Chips», a fin de facilitar el acceso a la financiación mediante deuda y al capital, por ejemplo proporcionando orientaciones claras, en particular a las empresas emergentes, las empresas emergentes en expansión, las pymes y las pequeñas empresas de mediana capitalización de la cadena de valor de los semiconductores, a través de un mecanismo de financiación mixta en el marco del Fondo InvestEU (véase la síntesis) y a través del Consejo Europeo de Innovación.

Seguimiento y evaluación

Las empresas comunes se someten a un seguimiento continuo a fin de garantizar la mayor repercusión posible, su excelencia científica y el uso más eficaz y eficiente posible de los recursos. Los resultados se utilizarán en el programa Horizonte Europa.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 30 de noviembre de 2021.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

6G.La próxima generación de sistemas y servicios móviles/celulares se encuentra en desarrollo, y se espera que esté disponibles para 2030.Ofrecerá velocidades de comunicación más rápidas, operará en radiofrecuencias ultraaltas y utilizará tecnologías como la inteligencia artificial.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2021/2085 del Consejo, de 19 de noviembre de 2021, por el que se establecen las empresas comunes en el marco de Horizonte Europa y se derogan los Reglamentos (CE) n.o 219/2007, (UE) n.o 557/2014, (UE) n.o 558/2014, (UE) n.o 559/2014, (UE) n.o 560/2014, (UE) n.o 561/2014 y (UE) n.o 642/2014 (DO L 427 de 30.11.2021, pp. 17-119).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2021/2085 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (UE) 2023/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de septiembre de 2023 por el que se establece un marco de medidas para reforzar el ecosistema europeo de semiconductores y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/694 (Ley de Chips) (DO L 229 de 18.9.2023, pp. 1-53).

Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte Europa, se establecen sus normas de participación y difusión, y se derogan los Reglamentos (UE) n.o 1290/2013 y (UE) n.o 1291/2013 (DO L 170 de 12.5.2021, pp. 1-68).

Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (DO L 198 de 22.6.2020, pp. 13-43).

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: El Pacto Verde Europeo [COM(2019) 640 final de 11.12.2019].

Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (DO L 193 de 30.7.2018, pp. 1-222).

Véase la versión consolidada.

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Tercera parte — Políticas y acciones internas de la Unión — Título XIX — Investigación y desarrollo tecnológico y espacio — Artículo 187 (antiguo artículo 171 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 131).

última actualización 13.12.2023

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